CONSIDERANDO:
DECRETA:
Artículo 1°.- Se dispone la disolución de la Empresa Nacional del Arroz, ENA, creada por Decreto Supremo Nº 10394 de 31 de julio de 1,972, por no adecuarse ya a las bases ni normas de la nueva política económica del país establecidas en los decretos supremos Nº 21060 de 29 de agosto de 1,985 y Nº 21660 de 10 de julio de 1,987.
Artículo 2°.- El Ministerio de Industria Comercio y Turismo es responsable de la disolución determinada en el artículo precedente, a cuyo fin designará un gerente que efectuará toda la operación administrativa de liquidación en un plazo máximo de ciento veinte días, con las facultades y deberes siguientes:
Artículo 3°.- El liquidador asumirá todas las facultades del gerente general de la Empresa Nacional del Arroz, conforme a sus estatutos, pudiendo realizar operaciones en la venta de los productos almacenados en los centros de acopio (silos). Enviará todos los antecedentes a la Contraloría General de la República para su revisión, verificación y evaluación, una vez procesada la operación administrativa señalada en el primer párrafo de este artículo.
Artículo 4°.- Los fondos producto de las subastas públicas, recuperación de activos y otros que hubieren serán depositados en las cuentas fiscales del Tesoro General de al Nación, para el pago de las obligaciones de la entidad, previa verificación e informe de la Contraloría General de la República, facultándose al Ministerio de Finanzas a favor del Ministerio de Industria Comercio y Turismo los remanentes que resultasen.
Artículo 5°.- Se deroga los decretos supremos Nº 10394 de 31 de Julio de 1,972, Nº 10709 de 1 de febrero de 1,973, Nº 11151 de 26 de octubre de 1,983 y Nº 19279 de 5 de noviembre de 1,982 asi como toda disposición legal que sea contraria a este decreto.
Norma | Bolivia: Decreto Supremo Nº 22255, 19 de julio de 1989 | ||||
---|---|---|---|---|---|
Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | DS |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Se dispone la disolución de la Empresa Nacional del Arroz ENA. | ||||
Keywords | Gaceta 1608, 1989-07-31, Decreto Supremo, julio/1989 | ||||
Origen | http://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/18550 | ||||
Referencias | Gaceta Oficial de Bolivia 1608 - Publicado el: 1989-07-31, 1989.lexml | ||||
Creador | Fdo. VICTOR PAZ ESTENSSORO, Valentin Abecia Baldivieso, Eduardo Pérez Beltrán, Alfonso Revollo Thenier, Fernando Romero Moreno, Ramiro Cabezas Masses, Enrique Ipiña Melgar, Alfonso Balderrama Maldonado, Luis F. Palenque Cordero, Luis A. Peña Rueda, Joaquin Arce Lema, Jaime Villalobos Sanjinés, José G. Justiniano Sandoval, Fernando Illanes de la Riva, Roberto Roca Iriarte, Walter H. Zuleta Roncal, Herman Antelo Laughlin, Carlos Jaldín Guevara Min Aeronáutica a. i. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
Lexivox ofrece esta publicación de normas como una ayuda para facilitar su identificación en la búsqueda conceptual vía WEB.
El presente documento, de ninguna manera puede ser utilizado como una referencia legal, ya que dicha atribución corresponde a la Gaceta Oficial de Bolivia.
Lexivox procura mantener el texto original de la norma; sin embargo, si encuentra modificaciones o alteraciones con respecto al texto original, sírvase comunicarnos para corregirlas y lograr una mayor perfección en nuestras publicaciones.
Toda sugerencia para mejorar el contenido de la norma, en cuanto a fidelidad con el original, etiquetas, metainformación, gráficos o prestaciones del sistema, estamos interesados en conocerla e implementarla.
La progresiva mejora en la calidad de Lexivox, es un asunto de la comunidad. Los resultados, son de uso y beneficio de la comunidad.
LexiVox es un Sistema Web de Información desarrollado utilizando herramientas y aplicaciones de software libre, por Devenet SRL en el Estado Plurinacional de Bolivia.