Bolivia: Decreto Supremo Nº 22254, 19 de julio de 1989

VICTOR PAZ ESTENSSORO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

  • Que la Ley Nº 1052 de 8 de febrero de 1989 ha aprobado el Presupuesto consolidado del sector público, para su vigencia durante la presente gestión fiscal;
  • Que la Corte Nacional Electoral solicita traspaso- de recursos, a fin de regularizar un desfase ocurrido en el grupo 100 “Servicios personales” de su presupuesto de funcionamiento gestión 1989, a causa del pago a los notarios electorales correspondiente al periodo 1988;
  • Que es posible conforme al artículo 9 de la Ley Nº 1052, supra citada, dar curso a tal solicitud, teniendo el organismo impetrante la suficiente apropiación presupuestaria y no contravenir al artículo 12 inciso b) del Decreto Supremo Nº 21364 de 13 de agosto de 1986, ampliado en su vigencia mediante decreto Nº 21781 de 3 diciembre de 1987. EN CONSEJO DE MINISTERIOS,

DECRETA:

Artículo Único.- Se autoriza a la Corte Nacional Electoral, efectuar en su presupuesto de funcionamiento gestión 1989, el siguiente traspaso de recursos por la suma de UN MILLON DOSCIENTOS CINCUENTA Y OCHO mil 00/100 BOLIVIANOS (Bs.1.258.000) financiados por el Tesoro General de la Nación:

ORGANISMO:CORTE NACIONAL ELECTORAL
CAPÍTULO:FUNCIONAMIENTO
PROGRAMA 01:ELECCIONES GENERALES
RECURSOS:TESORO NACIONAL
GESTIÓN:1989

(en bolivianos)
DE:
100SERVICIOS PERSONALES58.000
130Previsión social58.000
131Aporte patronal al seguro social58.000
200SERVICIOS NO PERSONALES1.200.000
210Servicios básicos1.200.000
214Imprenta1.200.000
TOTAL:1.200.000

A:
100SERVICIO PERSONALES58.000
110Empleados permanentes58.000
112Categorías25.500
113Bonificaciones32.500
120Empleados no permanentes1.200.000
TOTAL:1.258.000


El señor Ministro de Estado en el despacho de Finanzas queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente decreto supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los diecinueve días del mes de julio de mil novecientos ochenta y nueve años.
Fdo. VICTOR PAZ ESTENSSORO, Valentín Abecia Baldivieso, Eduardo Pérez Beltrán, Alfonso Revollo Thenier, Fernando Romero Moreno, Ramiro Cabezas Masses, Enrique Ipiña Melgar, Alfonso Balderrama Maldonado, Luis F. Palenque Cordero, Luis A. Peña Rueda, Joaquin Arce Lema, Jaime Villalobos Sanjinés, José G. Justiniano Sandoval, Fernando Illanes de la Riva, Roberto Roca Iriarte, Walter H. Zuleta Roncal, Herman Antelo Laughlin, Carlos Jaldín Guevara Min Aeronáutica a. i.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Decreto Supremo Nº 22254, 19 de julio de 1989
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoDS
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioSe autoriza a la Corte Nacional Electoral efectuar en su presupuesto de funcionamiento gestión 1989, el traspaso de recursos por la suma (Bs. 1.258.000.-).
KeywordsGaceta 1608, 1989-07-31, Decreto Supremo, julio/1989
Origenhttp://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/18549
ReferenciasGaceta Oficial de Bolivia 1608 - Publicado el: 1989-07-31, 1989.lexml
CreadorFdo. VICTOR PAZ ESTENSSORO, Valentín Abecia Baldivieso, Eduardo Pérez Beltrán, Alfonso Revollo Thenier, Fernando Romero Moreno, Ramiro Cabezas Masses, Enrique Ipiña Melgar, Alfonso Balderrama Maldonado, Luis F. Palenque Cordero, Luis A. Peña Rueda, Joaquin Arce Lema, Jaime Villalobos Sanjinés, José G. Justiniano Sandoval, Fernando Illanes de la Riva, Roberto Roca Iriarte, Walter H. Zuleta Roncal, Herman Antelo Laughlin, Carlos Jaldín Guevara Min Aeronáutica a. i.
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Enlaces con otros documentos

Véase también

[BO-DS-21364] Bolivia: Reglamento de la Ley Financial, DS Nº 21364, 20 de agosto de 1986
Reglamento de la Ley Financial
[BO-DS-21781] Bolivia: Decreto Supremo Nº 21781, 3 de diciembre de 1987
Se amplia la vigencia del decreto supremo 21364 de, 13 de agosto do 1986 por la presente gestión fiscal y hasta que se promulgue una nueva disposición legal substitutiva sobre administración financiera.
[BO-L-1052] Bolivia: Ley Financial - Presupuesto General del Estado - Gestión 1989, 8 de febrero de 1989
Presupuesto general de la nación. Apruébase el presupuesto consolidado del sector público de la gestión fiscal de 1989

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