Bolivia: Decreto Supremo Nº 22249, 14 de julio de 1989

VICTOR PAZ ESTENSSORO
PRESIDENTE CONTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

  • Que la Ley Nº 1052 de 8 de febrero de 1989 aprobó el presupuesto consolidado del sector público, para su vigencia durante la presente gestión fiscal;
  • Que la Junta Nacional de Solidaridad y Desarrollo Social solicita un presupuesto adicional, setenta la percepción de ingresos superiores a los previstos por la citada ley financial 1052;
  • Que el artículo 96 inciso 7 de la Constitución Política del Estado faculta al poder Ejecutivo proponer modificaciones durante la vigencia del presupuesto aprobado, en concordancia con el artículo 64 del Decreto Supremo Nº 21364 de 13 de agosto de 1986 y el artículo 9 de la Ley Nº 1052 de 8 de febrero de 1989.

EN CONSEJO DE MINISTROS,

DECRETA:

Artículo Único.- Se autoriza en favor de la Junta Nacional de Solidaridad y Desarrollo Social, sin perjuicio de la aprobación legislativa que fue necesaria, el siguiente presupuesto adicional por la suma de UN MILLON 00/100 DE BOLIVIANOS (Bs 1.000.000.-), financiados por el rubro “Otros”, en razón de la percepción de ingresos superiores a los previstos en la Ley Nº 1052 de 8 de febrero de 1989;

ORGANISMO:JUNTA NACIONAL DE SOLIDARIDAD Y DESARROLLO SOCIAL
CAPÍTULO:I FUNCIONAMIENTO
SUBPROGRAMA 01:ACCION SOCIAL
ACTIVIDAD 01:ADMINISTRACION GENERAL
RECURSOS:OTROS (SALDO GESTION ANTERIOR)
GESTIÓN:1989

INGRESOS
(en bolivianos)
Financiamiento por origen de los recursos
CODIGOFUENTE DE FINANCIAMIENTOPRESUPUESTO ADICIONAL 1989
INACIONALES1.000.000.-
5OTROS1.000.000.-
5.2.Saldo gestión anterior1.000.000.-
TOTAL:1.000.000.-

EGRESOS
(en bolivianos)
Clasificación por el objeto del gasto
CODIGODESCRIPCIONPRESUPUESTO ADICIONAL 1989
200SERVICIO NO PERSONALES262.254.-
210Servicios básicos4.000.-
214.5.2Imprenta4.000.-
220Servicios de transporte y seguros129.696.-
221.5.2Pasajes65.691.-
222.5.2Viáticos22.044.-
223.5.2Fletes y almacenamiento41.961.-
240Mantenimiento y reparaciones44.543.-
241.5.2Edificios y equipos44.543.-
250Servicios profesionales y comerciales16.049.-
252.5.2Estudios, investigaciones y proyectos16.049.-
260Otros servicios no personales67.966.-
262.5.2Asignaciones globales67.966.-
300MATERIALES Y SUMINISTROS460.005.-
310Para oficina57.423.-
311.5.2Papeleria y suministros varios57.423.-
320Para usos varios402.582.-
325.5.2.Lubricantes y combustibles104.211.-
327.5.2Construcción y edificación158.924.-
328.5.2Accesorios, respuestos y herramientas menores123.320.-
329.5.2.Otros materiales y suministros16.127.-
400ACTIVOS FIJOS Y FINANCIEROS277.741.-
430Maquinaria y equipo277.741.-
434.5.2.Equipo médico y de laboratorio68.512.-
435.5.2.Equipo de comunicaciones29.600.-
436.5.2Equipo Educacional y recreativo179.629.-
TOTAL:1.000.000.-


Los señores Ministros de Estado en los despachos de Secretaría General de la Presidencia de la República y Finanzas quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente decreto supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de la Paz, a los catorce días del mes de Julio de mil novecientos ochenta y nueve años.
Fdo. VICTOR PAZ ESTENSSORO, Valentín Abecia Baldivieso., Eduardo Pérez Beltrán, Alfonso Revollo Thenier, Fernando Romero Moreno, Ramiro Cabezas Masses, Enrique Ipiña Melgar, Alfonso Balderrama Maldonado, Luís F. Palenque Cordero, Luís A. Peña Rueda, Joaquín Arce Lema, Jaime Villalobos Sanjinés, José G. Justiniano Sandoval, Fernando Illanes de la Riva, Roberto Roca Iriarte, Wálter Zuleta Roncal, Herman Antelo Lauglin, Carlos Jaldín Guevara, Min. Aeronáutica a. i.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Decreto Supremo Nº 22249, 14 de julio de 1989
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoDS
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioSe autoriza en favor de la Junta Nacional de Solidaridad y Desarrollo Social el siguiente presupuesto adicional por la suma de UN MILLON 00/100 BOLIVIANOS (Bs. 1.000.000.-), financiados por el rubro "otros"
KeywordsGaceta 1608, 1989-07-31, Decreto Supremo, julio/1989
Origenhttp://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/18544
ReferenciasGaceta Oficial de Bolivia 1608 - Publicado el: 1989-07-31, 1989.lexml
CreadorFdo. VICTOR PAZ ESTENSSORO, Valentín Abecia Baldivieso., Eduardo Pérez Beltrán, Alfonso Revollo Thenier, Fernando Romero Moreno, Ramiro Cabezas Masses, Enrique Ipiña Melgar, Alfonso Balderrama Maldonado, Luís F. Palenque Cordero, Luís A. Peña Rueda, Joaquín Arce Lema, Jaime Villalobos Sanjinés, José G. Justiniano Sandoval, Fernando Illanes de la Riva, Roberto Roca Iriarte, Wálter Zuleta Roncal, Herman Antelo Lauglin, Carlos Jaldín Guevara, Min. Aeronáutica a. i.
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PublicadorDeveNet.net

Enlaces con otros documentos

Véase también

[BO-CPE-19670202] Bolivia: Constitución política de 1967, 2 de febrero de 1967
Constitución de 2 de febrero de 1967
[BO-DS-21364] Bolivia: Reglamento de la Ley Financial, DS Nº 21364, 20 de agosto de 1986
Reglamento de la Ley Financial
[BO-L-1052] Bolivia: Ley Financial - Presupuesto General del Estado - Gestión 1989, 8 de febrero de 1989
Presupuesto general de la nación. Apruébase el presupuesto consolidado del sector público de la gestión fiscal de 1989

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