Bolivia: Decreto Supremo Nº 22158, 20 de marzo de 1989

VICTOR PAZ ESTENSSORO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

  • Que la Ley Nº 1052 de 8 de febrero de 1989 aprobó el presupuesto consolidado del sector público, para su vigencia durante el periodo fiscal 1989.
  • Que el Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral es el organismo encargado de precautelar los intereses sociales de los trabajadores del país.
  • Que el presupuesto aprobado del Ministerio de Finanzas gestión 1989, evidencia que existen los fondos necesarios que permiten efectuar traspaso interinstitucional de recursos, de conformidad al artículo 19 del Decreto Supremo Nº 21364 de 13 de agosto de 1986 y 9 de la Ley Nº 1052 de 8 de febrero de 1989

EN CONSEJO DE MINISTROS,

DECRETA:

Artículo Único.- Autorizar al Ministerio de Finanzas, para que efectúe transferencia interinstitucional de recursos, de su presupuesto aprobado gestión 1989, en favor del Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral, por la suma de CIENTO CINCUENTA mil 00/100 BOLIVIANOS (Bs.150.000.-) financiados por el Tesoro Nacional de acuerdo al siguiente detalle:
DE:

ORGANISMO:MINISTERIO DE FINANZAS
CAPÍTULO:I FUNCIONAMIENTO
PROGRAMA:01
SUBPROGRAMA:FORMULACION Y EJECUCION DE POLITICA ECONOMICA
RECURSOS:TESORO NACIONAL
GESTIÓN:1989

(En bolivianos)
200SERVICIOS NO PERSONALES150.000
250Otros Servicios No Personales150.000
262Asignaciones Globales15.000
TOTAL:150.000

A:
ORGANISMO:MINISTERIO DE TRABAJO Y DESARROLLO LABORAL
CAPÍTULO:I FUNCIONAMIENTO
PROGRAMA:01
SUBPROGRAMA:TRABAJO Y DESARROLLO LABORAL
RECURSOS:TESORO NACIONAL
GESTIÓN:1989

(En bolivianos)
700TRANSFERENCIAS150.000
710al Sector Privado150.000
713Subsidios o Subvenciones150.000
TOTAL:150.000


Los señores ministros de Estado en los Despachos de Trabajo y Desarrollo Laboral y finanzas, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veinte días del mes de marzo de mil novecientos ochenta y nueve años.
Fdo. VICTOR PAZ ESTENSSORO, Valentín Abecia Baldiviezo, Eduardo Pérez Beltrán, Alfonso Revollo Thenier, Ramiro Cabezas Masses, Fernando Romero Moreno, Enrique Ipiña Melgar, Alfonso Balderrama Maldonado, Luis F. Palenque Cordero, Luis Alfonso Peña Rueda, Joaquín Arce Lema, Jaime Villalobos Sanjinez, José Guillermo Justiniano, Fernando Illanes de la Riva, Roberto Roca Iriarte, Wálter Zuleta Roncal, Herman Antelo Laughlin, Jaime Zegada Hurtado.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Decreto Supremo Nº 22158, 20 de marzo de 1989
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoDS
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioAUTORIZAR AL MINISTERIO DE FINANZAS, PARA QUE EFCTUE TRANSFERENCIA INTERINSTITUCIONAL DE RECURSOS, DE SU PRESUPUESTO APROBADO GESTIÓN 1989, EN FAVOR DEL MINISTERIO DE TRABAJO Y DESARROLLO LABORAL POR LA SUMA DE (Bs. 150.000.-)
KeywordsGaceta 1591, 1989-03-30, Decreto Supremo, marzo/1989
Origenhttp://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/8494
ReferenciasGaceta Oficial de Bolivia 1591 - Publicado el: 1989-03-30, 1989.lexml
CreadorFdo. VICTOR PAZ ESTENSSORO, Valentín Abecia Baldiviezo, Eduardo Pérez Beltrán, Alfonso Revollo Thenier, Ramiro Cabezas Masses, Fernando Romero Moreno, Enrique Ipiña Melgar, Alfonso Balderrama Maldonado, Luis F. Palenque Cordero, Luis Alfonso Peña Rueda, Joaquín Arce Lema, Jaime Villalobos Sanjinez, José Guillermo Justiniano, Fernando Illanes de la Riva, Roberto Roca Iriarte, Wálter Zuleta Roncal, Herman Antelo Laughlin, Jaime Zegada Hurtado.
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Enlaces con otros documentos

Véase también

[BO-DS-21364] Bolivia: Reglamento de la Ley Financial, DS Nº 21364, 20 de agosto de 1986
Reglamento de la Ley Financial
[BO-L-1052] Bolivia: Ley Financial - Presupuesto General del Estado - Gestión 1989, 8 de febrero de 1989
Presupuesto general de la nación. Apruébase el presupuesto consolidado del sector público de la gestión fiscal de 1989

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