Bolivia: Decreto Supremo Nº 22121, 2 de febrero de 1989

VICTOR PAZ ESTENSSORO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

  • Que el Consejo Nacional de Vivienda Policial (COVIPOL), mediante licitación 01/87 convocó públicamente para la compra de un terreno urbano en la ciudad de La Paz, con destino a la construcción de viviendas de apoyo para los jefes y oficiales de la Policía Nacional, declarados en comisión de servicios.
  • Que efectuadas los publicaciones de ley, en órganos de circulación nacional, se han presentado dentro del plazo establecido siete ofertas, habiendo quedado habilitada la propuesta correspondiente a la sucesión de Humberto Peinado Ibáñez.
  • Que la Junta Directiva del Consejo Nacional de Vivienda Policial (COVIPOL) de conformidad a las normas establecidas en el Decreto Supremo Nº 20221 de 30 de abril de 1984 y Reglamento de Obras y Adquisiciones aprobado por Decreto Supremo Nº 20306 de 27 de julio de 1987, mediante resolución 08/87 de 14 de diciembre de 1987, acordó adjudicar la compra de un terreno urbano en la ciudad de La Paz, zona de Miraflores, perteneciente a la sucesión de Humberto Peinado Ibáñez, con una superficie de 2.947.05 m2., por la suma de $us.240.000.-, por considerarla la más conveniente a los intereses de la entidad.
  • Que dado el monto alcanzado, en cumplimiento al art.22-b-3 del Decreto Supremo Nº 21364 de 13 de agosto de 1986, ampliado en su vigencia por Decreto Supremo Nº 21781 de 3 de diciembre de 1987, corresponde para su validez plena aprobar la adjudicación efectuada mediante decreto supremo.

EN CONSEJO DE MINISTROS,

DECRETA:

Artículo 1°.- Se aprueba la adjudicación efectuada por el Consejo Nacional de Vivienda Policial (COVIPOL), para la compra de un terreno urbano en la zona de Miraflores de la ciudad de La Paz, con destino a la construcción de viviendas de apoyo para los jefes y oficiales de la Policia Nacional, declarados en comisión de servicios, con una superficie de 2.947.05 m2. perteneciente a la sucesión de Humberto Peinado Ibáñez, por el precio total de $us.240.000.-

Artículo 2°.- Se autoriza al Director Ejecutivo de COVIPOL, suscribir el respectivo contrato con los representantes legales de la sucesión de Humberto Peinado Ibáñez, bajo las cláusulas y garantías de ley, con intervención del Fiscal de Goobierno y refrenda del Contralor General de la República.


Los señores Ministros de Estado en los despachos del Interior Migración y Justicia y Finanzas quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente decreto supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los dos días del mes de febrero de mil novecientos ochenta y nueve años.
Fdo. VICTOR PAZ ESTENSSORO, Jorge Gumucio Granier Min. RR. EE. y Culto a. i., Juan Carlos Duran Saucedo, Alfonso Revollo Thenier, Ramiro Cabezas Masses Min. Planeamiento a. i., Enrique Ipiña Melgar, Andres Petricevic Raznatovic, Luis F. Palenque Cordero, Luis Alfonso Peña Rueda, Joaquin Arce Lema, Jaime Villalobos Sanjines, José G. Justiniano Sandoval, Fernando Illanes de la Riva, Franklin Anaya Vásquez, Wálter H. Zuleta Roncal, Herman Antelo Laughlin, Jaime Zegada Hurtado.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Decreto Supremo Nº 22121, 2 de febrero de 1989
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoDS
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioSe aprueba la adjudicación efectuada por el Consejo Nacional de Vivienda Policial (COVIPOL), para la compra de un terreno urbano en la zona de Miraflores de la ciudad de La Paz, con destino a la construcción de viviendas de apoyo para los jefes y oficiales de la Policia Nacional, declarados en comisión de servicios, con una superficie de 2.947.05 m2. perteneciente a la sucesión de Humberto Peinado Ibáñez, por el precio total de Sus. 240.000.-
KeywordsGaceta 1581, 1989-02-09, Decreto Supremo, febrero/1989
Origenhttp://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/8445
ReferenciasGaceta Oficial de Bolivia 1581 - Publicado el: 1989-02-09, 1989.lexml
CreadorFdo. VICTOR PAZ ESTENSSORO, Jorge Gumucio Granier Min. RR. EE. y Culto a. i., Juan Carlos Duran Saucedo, Alfonso Revollo Thenier, Ramiro Cabezas Masses Min. Planeamiento a. i., Enrique Ipiña Melgar, Andres Petricevic Raznatovic, Luis F. Palenque Cordero, Luis Alfonso Peña Rueda, Joaquin Arce Lema, Jaime Villalobos Sanjines, José G. Justiniano Sandoval, Fernando Illanes de la Riva, Franklin Anaya Vásquez, Wálter H. Zuleta Roncal, Herman Antelo Laughlin, Jaime Zegada Hurtado.
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

Enlaces con otros documentos

Véase también

[BO-DS-21364] Bolivia: Reglamento de la Ley Financial, DS Nº 21364, 20 de agosto de 1986
Reglamento de la Ley Financial
[BO-DS-21781] Bolivia: Decreto Supremo Nº 21781, 3 de diciembre de 1987
Se amplia la vigencia del decreto supremo 21364 de, 13 de agosto do 1986 por la presente gestión fiscal y hasta que se promulgue una nueva disposición legal substitutiva sobre administración financiera.

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