Bolivia: Decreto Presidencial Nº 716, 1 de diciembre de 2010

EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

CONSIDERANDO:

  • Que el Parágrafo I del Artículo 12 de la Constitución Política del Estado, establece que el Estado se organiza y estructura su poder público a través de los Órganos Legislativo, Ejecutivo, Judicial y Electoral. La organización del Estado está fundamentada en la independencia, separación, coordinación y cooperación de estos órganos.
  • Que el Parágrafo I del Artículo 205 del Texto Constitucional, señala que el Órgano Electoral Plurinacional está compuesto por el Tribunal Supremo Electoral, los Tribunales Electorales Departamentales, los Juzgados Electorales, los Jurados de las Mesas de Sufragio y los Notarios Electorales.
  • Que el Parágrafo I del Artículo 31 de la Ley Nº 018, de 16 de junio de 2010, del Órgano Electoral Plurinacional, dispone que los Tribunales Electorales Departamentales son el máximo nivel y autoridad del Órgano Electoral Plurinacional a nivel departamental, con jurisdicción y atribuciones en sus respectivos departamentos, bajo las directrices del Tribunal Supremo Electoral. Su sede está en la capital del respectivo departamento.
  • Que el Artículo 32 de la Ley Nº 018, establece que para cada departamento se establece un Tribunal Electoral Departamental integrado por cinco (5) Vocales, de los cuales al menos uno (1) será de una nación o pueblo indígena originario campesino del departamento. Del total de Vocales de cada Tribunal al menos dos (2) serán mujeres.
  • Que el numeral 1 del Artículo 33 de la Ley Nº 018, señala que la Presidenta o el Presidente del Estado Plurinacional designará a una o un (1) Vocal en cada Tribunal Electoral Departamental.

DECRETA:

Artículo Único.-

  1. Se designan como VOCALES DE LOS TRIBUNALES ELECTORALES DEPARTAMENTALES, en representación del Órgano Ejecutivo, a los siguientes ciudadanos:
    ANA EDIT BENAVIDES CLAVIJOTribunal Electoral Departamental de La Paz
    IDA OLENDER MEJIATribunal Electoral Departamental de Santa Cruz
    RAFAELA MARIA GORETTI DEL CONSUELO GRIGORIU ROCHATribunal Electoral Departamental de Cochabamba
    ZENAIDA NAVARRO RAMOSTribunal Electoral Departamental de Chuquisaca
    TANIA AMPARO ZAMORANO TÓRREZTribunal Electoral Departamental de Oruro
    BETZABE ZEGARRA MAMANITribunal Electoral Departamental de Tarija
    CELIA ARIAS ANTONIOTribunal Electoral Departamental de Potosí
    JENNY DELY SUÁREZ OJOPITribunal Electoral Departamental del Beni
    OLGA DURAN DESTRETribunal Electoral Departamental de Pando
  2. Los Vocales de los Tribunales Electorales Departamentales designados, tomarán posesión del cargo con las formalidades de rigor, previo cumplimiento de lo establecido por Ley.


Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, al primer día del mes de diciembre del año dos mil diez.
Fdo. EVO MORALES AYMA, Oscar Coca Antezana.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Decreto Presidencial Nº 716, 1 de diciembre de 2010
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoDP
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioDesigna VOCALES DE LOS TRIBUNALES ELECTORALES DEPARTAMENTALES.
KeywordsGaceta 196NEC, 2010-12-02, Decreto Presidencial, diciembre/2010
Origenhttp://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/138807
Referencias2010.lexml
CreadorFdo. EVO MORALES AYMA, Oscar Coca Antezana.
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

Enlaces con otros documentos

Véase también

[BO-CPE-20090207] Bolivia: Constitución Política del Estado de 2009, 7 de febrero de 2009
Constitución Política del Estado de 2009
[BO-L-N18] Bolivia: Ley del Órgano Electoral Plurinacional, 16 de junio de 2010
Ley del Órgano Electoral Plurinacional

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