Bolivia: Decreto Presidencial Nº 29426, 23 de enero de 2008

EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

CONSIDERANDO:

  • Que de conformidad a lo establecido por el Artículo 99 de la Constitución Política del estado, es atribución privativa del Presidente de la República designar Ministros de Estado mediante Decreto Presidencial.
  • Que la Ley Nº 3351 de 21 de febrero de 2006, de Organización del Poder Ejecutivo y el Decreto Supremo Nº 28631 de 8 de marzo de 2006, Reglamento a la Organización del Poder Ejecutivo, establecen el número y atribuciones de los Ministros de Estado, así como la estructura orgánica y funcional del Poder Ejecutivo.
  • Que la organización del Poder Ejecutivo constituye un proceso dinámico de ajustes y adecuaciones que se generan a partir de las políticas a implementarse por parte del Gobierno Nacional, motivo por el cual se hace necesario dictar el presente Decreto Presidencial.

DECRETA:

Artículo Único.-

  1. Se designa a los siguientes ciudadanos como Ministros de Estado:
    MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTOSDavid Choquehuanca Céspedes
    MINISTRO DE LA PRESIDENCIAJuan Ramón Quintana Taborga
    MINISTRO DE GOBIERNOAlfredo Octavio Rada Vélez
    MINISTRO DE DEFENSA NACIONALWalker San Miguel Rodríguez
    MINISTRA DE JUSTICIACelima Torrico Rojas
    MINISTRA DE PLANIFICACIÓN DEL DESARROLLOGraciela Toro Ibáñez
    MINISTRO DE HACIENDALuís Alberto Arce Catacora
    MINISTRO DEL AGUAWalter Valda Rivera
    MINISTRO DE PRODUCCIÓN Y MICROEMPRESAÁngel Gonzalo Javier Hurtado Mercado
    MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS, SERVICIOS Y VIVIENDAOscar Coca Antezana
    MINISTRA DE DESARROLLO RURAL, AGROPECUARIO Y MEDIO AMBIENTESusana Rivero Guzmán
    MINISTRO DE HIDROCARBUROS Y ENERGÍACarlos Villegas Quiroga
    MINISTRO DE MINERÍA Y METALURGIALuís Alberto Echazú Alvarado
    MINISTRO DE TRABAJOWalter Juvenal Delgadillo Terceros
    MINISTRA DE EDUCACIÓN Y CULTURASMaria Magdalena Cajias de la Vega
    MINISTRO DE SALUD Y DEPORTESWalter Selum Rivero
  2. Los Ministros de Estado designados tomarán posesión de sus cargos en el día y en acto especial a celebrarse en Palacio de Gobierno.


Es dado en Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintitrés días del mes de enero del año dos mil ocho.
Fdo. EVO MORALES AYMA. PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Decreto Presidencial Nº 29426, 23 de enero de 2008
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoDP
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioDesignación de Ministros de Estado.
KeywordsGaceta 3061, 2008-01-24, Decreto Presidencial, enero/2008
Origenhttp://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/26940
Referencias2008.lexml
CreadorFdo. EVO MORALES AYMA. PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

Enlaces con otros documentos

Véase también

[BO-CPE-20040413] Bolivia: Constitución Política del Estado de 2004, 13 de abril de 2004
Constitución Política del Estado de 2004
[BO-L-3351] Bolivia: Ley de Organización del Poder Ejecutivo (LOPE), 10 de febrero de 2006
Ley de Organización del Poder Ejecutivo. Publicada en Gaceta N° 2863
[BO-DS-28631] Bolivia: Reglamento a la Ley de Organización del Poder Ejecutivo, DS Nº 28631, 8 de marzo de 2006
reglamentar la Ley Nº 3351, de 21 febrero de 2006, de Organización del Poder Ejecutivo, en el marco de la política definida por el Gobierno Nacional

Referencias a esta norma

[BO-DP-29663] Bolivia: Decreto Presidencial Nº 29663, 30 de julio de 2008
Complementa el Parágrafo I del Artículo Único del Decreto Supremo N° 29426 de 23 de enero de 2008, referido a la designación como Ministro de Estado en la Cartera de Defensa Nacional, del ciudadano Walker San Miguel Rodríguez, adicionándose su segundo nombre “Sixto” en el referido Decreto Presidencial, debiendo figurar: “MINISTRO DE DEFENSA NACIONAL Walker Sixto San Miguel Rodríguez.”

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