Bolivia: Decreto Presidencial Nº 27398, 12 de marzo de 2004

CARLOS D. MESA GISBERT
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

CONSIDERANDO:

  • Que es atribución constitucional del Presidente de la República, nombrar a los Prefectos y Comandantes Generales de Departamento, según lo establecido por el artículo 109 de la Constitución Política del Estado y el Artículo 4 de la Ley Nº 1654 de 28 de julio de 1995, debiendo hacerse la correspondiente designación por Decreto Presidencial de conformidad con el Artículo 2 del Decreto Supremo Nº 24314 de 12 de junio de 1996.

DECRETA:

Artículo 1°.- Desígnase Prefecto y Comandante General del Departamento de Tarija, al ciudadano Javier Castellanos Vásquez.

Artículo 2°.- La Autoridad designada tomará posesión de su cargo, ante la Corte Superior del Distrito Judicial de Tarija, con las formalidades de ley.


Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los doce días del mes de marzo del año dos mil cuatro.
Fdo. CARLOS D. MESA GISBERT, José Antonio Galindo Neder, Alfonso Ferrufino Valderrama.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Decreto Presidencial Nº 27398, 12 de marzo de 2004
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoDP
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioDesígnase Prefecto y Comandante General del Departamento de Tarija, al ciudadano Javier Castellanos Vásquez.
KeywordsGaceta 2576, 2004-03-12, Decreto Presidencial, marzo/2004
Origenhttp://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/24952
Referencias2004.lexml
CreadorFdo. CARLOS D. MESA GISBERT, José Antonio Galindo Neder, Alfonso Ferrufino Valderrama.
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

Enlaces con otros documentos

Véase también

[BO-CPE-19940812] Bolivia: Constitución política de 1994, 12 de agosto de 1994
Constitución política de 1967 con reformas de 1994
[BO-L-1654] Bolivia: Ley de Descentralización Administrativa, 28 de julio de 1995
Ley de Descentralización Administrativa
[BO-DS-24314] Bolivia: Decreto Supremo Nº 24314, 12 de junio de 1996
De conformidad con el artículo segundo de la Ley de Descentralización Administrativa, se distingue la administración en el Estado.

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