Bolivia: Decreto Presidencial Nº 26924, 19 de enero de 2003

GONZALO SANCHEZ DE LOZADA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

CONSIDERANDO:

  • Que mediante Ley Nº 2427 de 28 de noviembre de 2002 (Ley del BONOSOL), se crea la Superintendencia General del Sistema de Regulación Financiera -SIREFI, como órgano autárquico y persona jurídica de Derecho Público con jurisdicción nacional, a cargo del Superintendente General del SIREFI.
  • Que de conformidad a lo dispuesto por el parágrafo IV del Artículo 23 de la Ley Nº 2427, para los nombramientos de los Superintendentes del SIREFI, son aplicables las disposiciones establecidas en la Ley Nº 1600 de 28 de octubre de 1994.
  • Que de acuerdo lo dispuesto por el Artículo 4 de la Ley Nº 1600, el Superintendente General será elegido por el Presidente de la República, de la terna propuesta por la Cámara de Senadores.
  • Que es necesario designar al Superintendente General del SIREFI, entretanto la H. Cámara de Senadores eleve la terna correspondiente al Presidente de la República.

DECRETA:

Artículo Único.- Designase SUPERINTENDENTE GENERAL INTERINO DEL SISTEMA DE REGULACION FINANCIERA -SIREFI, al ciudadano JUAN CRISTOBAL URIOSTE NARDIN, entretanto la Cámara de Senadores eleve la terna correspondiente al Presidente de la República, quien tomará posesión del cargo con las formalidades de ley.


Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los diecinueve días del mes de enero del año dos mil tres.
Fdo. GONZALO SANCHEZ DE LOZADA, Carlos Sánchez Berzain.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Decreto Presidencial Nº 26924, 19 de enero de 2003
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoDP
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioDesignase Superintendente General Interino del Sistema de Regulación Financiera -SIREFI, al ciudadano Juan Cristóbal Urioste Nardin.
KeywordsGaceta 2458, 2003-01-20, Decreto Presidencial, enero/2003
Origenhttp://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/24479
Referencias2003.lexml
CreadorFdo. GONZALO SANCHEZ DE LOZADA, Carlos Sánchez Berzain.
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

Enlaces con otros documentos

Véase también

[BO-L-1600] Bolivia: Ley del sistema de regulación sectorial (SIRESE), 28 de octubre de 1994
Ley del sistema de regulación sectorial (SIRESE)
[BO-L-2427] Bolivia: Ley del BONOSOL, 28 de noviembre de 2002
Todos los ciudadanos bolivianos residentes en el territorio nacional que hubieren cumplido veintiún años al 31 de diciembre de 1995, tienen derecho, a partir de los sesenta y cinco años de edad y hasta su muerte, al beneficio anual y vitalicio denominado Bono Solidario BONOSOL

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