Bolivia: Decreto Presidencial Nº 25692, 3 de marzo de 2000

HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

CONSIDERANDO:

  • Que la señora Ministra de Justicia y Gracia de la República de Costa Rica, ha cursado invitación al señor Ministro de Justicia y Derechos Humanos de Bolivia, a fin de que participe en la III reunión de Ministros de Justicia y/o Procuradores Generales, evento que se llevará a cabo entre los días 1, 2 y 3 de marzo en la ciudad de San José de Costa Rica.
  • Que es necesario designar Ministro interino para la continuidad administrativa del mencionado despacho de Estado, de conformidad a lo dispuesto por el artículo 10, numeral II de la Ley Nº 1788 de 16 de septiembre de 1997.

DECRETA:

Artículo Único.- Desígnase Ministro interino de Justicia y Derechos Humanos al Viceministro de Derechos Humanos, Dr. LUIS EDUARDO SERRATE CESPEDES, mientras dure la ausencia del titular.


Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los tres dias del mes de marzo del año dosmil.
Fdo. HUGO BANZER SUAREZ PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Decreto Presidencial Nº 25692, 3 de marzo de 2000
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoDP
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioDesígnase Ministro interino de Justicia y Derechos Humanos al Viceministro de Derechos Humanos, LUIS EDUARDO SERRATE CESPEDES.
KeywordsGaceta 2203, 2000-03-14, Decreto Presidencial, marzo/2000
Origenhttp://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/12981
Referencias2000.lexml
CreadorFdo. HUGO BANZER SUAREZ PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

Enlaces con otros documentos

Véase también

[BO-L-1788] Bolivia: Ley de Organización del Poder Ejecutivo, 16 de septiembre de 1997
Ley de Organización del Poder Ejecutivo

Nota importante

Lexivox ofrece esta publicación de normas como una ayuda para facilitar su identificación en la búsqueda conceptual vía WEB.

El presente documento, de ninguna manera puede ser utilizado como una referencia legal, ya que dicha atribución corresponde a la Gaceta Oficial de Bolivia.

Lexivox procura mantener el texto original de la norma; sin embargo, si encuentra modificaciones o alteraciones con respecto al texto original, sírvase comunicarnos para corregirlas y lograr una mayor perfección en nuestras publicaciones.

Toda sugerencia para mejorar el contenido de la norma, en cuanto a fidelidad con el original, etiquetas, metainformación, gráficos o prestaciones del sistema, estamos interesados en conocerla e implementarla.

La progresiva mejora en la calidad de Lexivox, es un asunto de la comunidad. Los resultados, son de uso y beneficio de la comunidad.

LexiVox es un Sistema Web de Información desarrollado utilizando herramientas y aplicaciones de software libre, por Devenet SRL en el Estado Plurinacional de Bolivia.