Bolivia: Decreto Presidencial Nº 24021, 1 de junio de 1995

GONZALO SANCHEZ DE LOZADA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

  • Que el Dr. Reynaldo Peters Arzabe, Ministro de Trabajo debe ausentarse a la ciudad de Ginebra-Suiza para asistir a la 82a. Reunión de la Conferencia Internacional del Trabajo, convocada por la Organización Internacional del Trabajo, del 6 al 23 de junio del año en curso;
  • Que de conformidad al artículo 12 de la Ley Nº 1493 de 17 de septiembre de 1993, es necesario designar Ministro suplente para la continuidad administrativa del mencionado Despacho de Estado.

DECRETA:

Artículo Único.- Designase Ministro Suplente de Trabajo al ciudadano Dr. Jorge España Smith, Subsecretario de Cooperativas, mientras dure la ausencia del titular.


Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, al primer día del mes de junio de mil novecientos noventa y cinco años.
Fdo. GONZALO SANCHEZ DE LOZADA, Presidente Constitucional de la República, José G. Justiniano Sandoval, Ministro de la Presidencia

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Decreto Presidencial Nº 24021, 1 de junio de 1995
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoDP
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioDesignase Ministro Suplente de Trabajo al ciudadano Dr. Jorge España Smith, Subsecretario de Cooperativas.
KeywordsGaceta 1884, 1995-06-23, Decreto Presidencial, junio/1995
Origenhttp://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/16756
Referencias1995.lexml
CreadorFdo. GONZALO SANCHEZ DE LOZADA, Presidente Constitucional de la República, José G. Justiniano Sandoval, Ministro de la Presidencia
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

Enlaces con otros documentos

Véase también

[BO-L-1493] Bolivia: Ley de Ministerios del Poder Ejecutivo, 17 de septiembre de 1993
Ley de Ministerios del Poder Ejecutivo

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