Bolivia: Decreto Presidencial Nº 22980, 21 de noviembre de 1991

LUIS OSSIO SANJINES
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL INTERINO DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

  • Que el Lic. Carlos Saavedra Bruno, Ministro del Interior, Migración, Justicia y Defensa Social, viajará el 21 de noviembre del presente año, a París-Francia en representación oficial del Gobierno Boliviano a la reunión Ministerial encargada de reformar el programa de las Naciones Unidas en materia de justicia y prevención del delito, que será patrocinada por la Asamblea General de las Naciones Unidas.
  • Que es necesario designar Ministro subrogante para la continuidad administrativa en dicha Secretaría de Estado, de acuerdo con lo establecido en el Decreto Ley Nº 10460 de 12 de septiembre de 1972.

DECRETA:

Artículo Único.- Desígnase Ministro interino del Interior, Migración, Justicia y Defensa Social, al Sr. Marco Antonio Oviedo Huerta, Subsecretario del Interior, mientras dure la ausencia del titular.


Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad da La Paz, a los veintiún días del mes de noviembre de mil novecientos noventa y un años.
Fdo. LUIS OSSIO SANJINES, PRESIDENTE CONSTITUCIONAL INTERINO DE LA REPÚBLICA.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Decreto Presidencial Nº 22980, 21 de noviembre de 1991
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoDP
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioDesígnase Ministro interino del Interior, Migración, Justicia y Defensa Social, al Sr. Marco Antonio Oviedo Huerta, Subsecretario del Interior, mientras dure la ausencia del titular.
KeywordsDecreto Presidencial, noviembre/1991
Origenhttp://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/9735
Referencias1992.lexml
CreadorFdo. LUIS OSSIO SANJINES, PRESIDENTE CONSTITUCIONAL INTERINO DE LA REPÚBLICA.
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

Enlaces con otros documentos

Véase también

[BO-DL-10460] Bolivia: Ley de Organización Administrativa del Poder Ejecutivo, DL Nº 10460, 12 de septiembre de 1972
Aprueba la Ley de Organización del Poder Ejecutivo en sus 6 títulos, 17 capítulos y 112 artículos.

Nota importante

Lexivox ofrece esta publicación de normas como una ayuda para facilitar su identificación en la búsqueda conceptual vía WEB.

El presente documento, de ninguna manera puede ser utilizado como una referencia legal, ya que dicha atribución corresponde a la Gaceta Oficial de Bolivia.

Lexivox procura mantener el texto original de la norma; sin embargo, si encuentra modificaciones o alteraciones con respecto al texto original, sírvase comunicarnos para corregirlas y lograr una mayor perfección en nuestras publicaciones.

Toda sugerencia para mejorar el contenido de la norma, en cuanto a fidelidad con el original, etiquetas, metainformación, gráficos o prestaciones del sistema, estamos interesados en conocerla e implementarla.

La progresiva mejora en la calidad de Lexivox, es un asunto de la comunidad. Los resultados, son de uso y beneficio de la comunidad.

LexiVox es un Sistema Web de Información desarrollado utilizando herramientas y aplicaciones de software libre, por Devenet SRL en el Estado Plurinacional de Bolivia.