Bolivia: Decreto Presidencial Nº 22920, 8 de octubre de 1991

JAIME PAZ ZAMORA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

  • Que el Lic. Samuel Doria Medina Auza, Ministro de Planeamiento y Coordinación, debe viajar en misión oficial del 9 al 20 de octubre de 1991 a la ciudad de Bangkok - Tailandia, para participar en la Reunión Anual de Gobernadores del Banco Mundial y el Fondo Monetario Internacional, y posteriormente a la ciudad de Tokio - Japón como miembro de la delegación que acompañara a S. E. el señor Presidente de la Republica, Lic. Jaime Paz Zamora, a esa ciudad.
  • Que para no interrumpir las labores administrativas del citado Portafolio de Estado es necesario designar Ministro interino, de acuerdo con el Decreto Ley Nº 10460 de 12 de septiembre de 1972.

DECRETA:

Artículo Único.- Desígnase Ministro Interino de Planeamiento y Coordinación al Lic. Mario Requena, Subsecretario de Política Económica y Coordinación mientras dure la ausencia del titular.


Es dado en Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, el día ocho de octubre de mil novecientos noventa y un años.
Fdo. JAIME PAZ ZAMORA, PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Decreto Presidencial Nº 22920, 8 de octubre de 1991
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoDP
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioDesignase Ministro Interino de Planeamiento y Coordinación al Lic. Mario Requena Subsecretario de Política Económica y Coordinación mientras dure la ausencia del titular.
KeywordsGaceta 1713, 1991-10-08, Decreto Presidencial, octubre/1991
Origenhttp://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/9634
Referencias1991.lexml
CreadorFdo. JAIME PAZ ZAMORA, PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA.
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

Enlaces con otros documentos

Véase también

[BO-DL-10460] Bolivia: Ley de Organización Administrativa del Poder Ejecutivo, DL Nº 10460, 12 de septiembre de 1972
Aprueba la Ley de Organización del Poder Ejecutivo en sus 6 títulos, 17 capítulos y 112 artículos.

Nota importante

Lexivox ofrece esta publicación de normas como una ayuda para facilitar su identificación en la búsqueda conceptual vía WEB.

El presente documento, de ninguna manera puede ser utilizado como una referencia legal, ya que dicha atribución corresponde a la Gaceta Oficial de Bolivia.

Lexivox procura mantener el texto original de la norma; sin embargo, si encuentra modificaciones o alteraciones con respecto al texto original, sírvase comunicarnos para corregirlas y lograr una mayor perfección en nuestras publicaciones.

Toda sugerencia para mejorar el contenido de la norma, en cuanto a fidelidad con el original, etiquetas, metainformación, gráficos o prestaciones del sistema, estamos interesados en conocerla e implementarla.

La progresiva mejora en la calidad de Lexivox, es un asunto de la comunidad. Los resultados, son de uso y beneficio de la comunidad.

LexiVox es un Sistema Web de Información desarrollado utilizando herramientas y aplicaciones de software libre, por Devenet SRL en el Estado Plurinacional de Bolivia.