Bolivia: Decreto Presidencial Nº 22839, 17 de junio de 1991

JAIME PAZ ZAMORA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

  • Que el Ministro de Planeamiento y Coordinación, Lic. Enrique García Rodríguez, debe viajar en misión oficial del 17 al 19 de junio del año en curso a la ciudad de Bogotá-Colombia para participar en la Segunda Cumbre Empresarial Andina y asistir a la reunión de Directorio de la Corporación Andina de Fomento.
  • Que para no interrumpir las labores administrativas del citado Portafolio de Estado es necesario designar Ministro Interino, de acuerdo con el Decreto Ley Nº 10460 de 12 de septiembre de 1972.

DECRETA:

Artículo Único.- Desígnase Ministro interino de Planeamiento y Coordinación al Lic. Marcelo Zalles Barriga, Subsecretario de Planeamiento y Coordinación, mientras dure la ausencia del titular.


Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, el día diecisiete de junio de mil novecientos noventa y un años.
Fdo. JAIME PAZ ZAMORA, Presidente Constitucional de la Republica

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Decreto Presidencial Nº 22839, 17 de junio de 1991
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoDP
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioDesígnase Ministro interino de Planeamiento y Coordinación al. Lie. Marcelo Zalles Barriga, Subsecretario de Planeamiento y Coordinación.
KeywordsGaceta 1699, 1991-07-12, Decreto Presidencial, junio/1991
Origenhttp://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/16858
Referencias1990a.lexml
CreadorFdo. JAIME PAZ ZAMORA, Presidente Constitucional de la Republica
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

Enlaces con otros documentos

Véase también

[BO-DL-10460] Bolivia: Ley de Organización Administrativa del Poder Ejecutivo, DL Nº 10460, 12 de septiembre de 1972
Aprueba la Ley de Organización del Poder Ejecutivo en sus 6 títulos, 17 capítulos y 112 artículos.

Nota importante

Lexivox ofrece esta publicación de normas como una ayuda para facilitar su identificación en la búsqueda conceptual vía WEB.

El presente documento, de ninguna manera puede ser utilizado como una referencia legal, ya que dicha atribución corresponde a la Gaceta Oficial de Bolivia.

Lexivox procura mantener el texto original de la norma; sin embargo, si encuentra modificaciones o alteraciones con respecto al texto original, sírvase comunicarnos para corregirlas y lograr una mayor perfección en nuestras publicaciones.

Toda sugerencia para mejorar el contenido de la norma, en cuanto a fidelidad con el original, etiquetas, metainformación, gráficos o prestaciones del sistema, estamos interesados en conocerla e implementarla.

La progresiva mejora en la calidad de Lexivox, es un asunto de la comunidad. Los resultados, son de uso y beneficio de la comunidad.

LexiVox es un Sistema Web de Información desarrollado utilizando herramientas y aplicaciones de software libre, por Devenet SRL en el Estado Plurinacional de Bolivia.