CONSIDERANDO:
DECRETA:
Artículo 1°.- Deróganse las disposiciones contenidas en el Decreto Supremo Nº 748 de 7 de marzo de 1947 y todas las que sean contrarias al espíritu y fines de reconocimiento de beneficios sociales en favor del magisterio de escuelas y colegios particulares reconocidos por el Decreto Supremo Nº 2569 de 12 de junio de 1951.
Artículo 2°.- Exclúyense de los efectos del citado Decreto Supremo de 12 de junio de 1951 a los colegios y escuelas particulares que proporcionan enseñanza gratuita así como a los establecimientos que, desde la fecha y por un periodo de cinco años, sean fundados en la República, a los cuales se exonera del pago de impuestos nacionales, departamentales y municipales, por el mismo período.
Artículo 3°.- La interpretación señalada en la Ley de 20 de diciembre de 1948. sobre retroactividad de las leyes de beneficio social no alcanza a las prescripciones contenidas en el Decreto Supremo Nº 2569 de 12 de junio de 1951.
Norma | Bolivia: Decreto Ley Nº 2895, 13 de diciembre de 1951 | ||||
---|---|---|---|---|---|
Fecha | 2015-10-22 | Formato | Text | Tipo | DL |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Deróganse las disposiciones contenidas en el Decreto Supremo No 748 de 7 de marzo de 1947 | ||||
Keywords | Decreto Ley, diciembre/1951 | ||||
Origen | Arch. /1880-1959/PDF 1951/DL-13-12-1951-5.pdf | ||||
Referencias | 1825-1960.lexml | ||||
Creador | (Fdo.) Gral. de Brig. HUGO BALLIVIAN. Tcnl. Sergio Sánchez. Tcnl. Carlos Ocampo. Gral. Antonio Seleme. Gral. Donato Cardozo. Tcnl. Facundo Moreno. Cnl. Carlos Montero. Tcnl. Luis Martínez. Cnl. Tomás A. Suárez. Cnl. Valentín Gómez. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
Lexivox ofrece esta publicación de normas como una ayuda para facilitar su identificación en la búsqueda conceptual vía WEB.
El presente documento, de ninguna manera puede ser utilizado como una referencia legal, ya que dicha atribución corresponde a la Gaceta Oficial de Bolivia.
Lexivox procura mantener el texto original de la norma; sin embargo, si encuentra modificaciones o alteraciones con respecto al texto original, sírvase comunicarnos para corregirlas y lograr una mayor perfección en nuestras publicaciones.
Toda sugerencia para mejorar el contenido de la norma, en cuanto a fidelidad con el original, etiquetas, metainformación, gráficos o prestaciones del sistema, estamos interesados en conocerla e implementarla.
La progresiva mejora en la calidad de Lexivox, es un asunto de la comunidad. Los resultados, son de uso y beneficio de la comunidad.
LexiVox es un Sistema Web de Información desarrollado utilizando herramientas y aplicaciones de software libre, por Devenet SRL en el Estado Plurinacional de Bolivia.