Bolivia: Ley Nº 574, 25 de septiembre de 2014

Ley Nº 574
LEY DE 11 DE SEPTIEMBRE DE 2014
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley:
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,
DECRETA:

Artículo 1°.- Se exenciona a los “Beneméritos de la Patria”, de manera personalísima y vitalicia, el cien por ciento (100%) del pago de los Servicios Básicos, que comprenden Energía Eléctrica, Gas Domiciliario y Agua Potable.

Artículo 2°.- El Órgano Ejecutivo, mediante decreto Supremo, reglamentará la presente Ley, en el plazo de sesenta (60) días a partir de su promulgación.


Remítase al Órgano Ejecutivo para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones de la Asamblea Legislativa Plurinacional, a los veinte días del mes de agosto de dos mil catorce años.
Fdo. Eugenio Rojas Apaza, Quintín Quispe Chura, Efrain Condori Lopez, Roxana Camargo Fernández, Nelson Virreira Meneces, Ángel David Cortés Villegas.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley del Estado Plurinacional de Bolivia.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los once días del mes de septiembre del año dos mil catorce.
FDO. EVO MORALES AYMA, Juan Ramón Quintana Taborga, Luis Alberto Arce Catacora, Juan José Hernando Sosa Soruco, José Antonio Zamora Gutiérrez, Amanda Dávila Torres.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Ley Nº 574, 25 de septiembre de 2014
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoL
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioExenciona a los “Beneméritos de la Patria”, de manera personalísima y vitalicia, el cien por ciento (100%) del pago de los Servicios Básicos, que comprenden Energía Eléctrica, Gas Domiciliario y Agua Potable.
KeywordsGaceta 680NEC, Ley, septiembre/2014
Origenhttp://gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/descargar/152715
ReferenciasGaceta Oficial de Bolivia 680NEC, 201910b.lexml
CreadorFdo. Eugenio Rojas Apaza, Quintín Quispe Chura, Efrain Condori Lopez, Roxana Camargo Fernández, Nelson Virreira Meneces, Ángel David Cortés Villegas. FDO. EVO MORALES AYMA, Juan Ramón Quintana Taborga, Luis Alberto Arce Catacora, Juan José Hernando Sosa Soruco, José Antonio Zamora Gutiérrez, Amanda Dávila Torres.
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PublicadorDeveNet.net

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Véase también

[BO-L-N574] Bolivia: Ley Nº 574, 25 de septiembre de 2014
Exenciona a los “Beneméritos de la Patria”, de manera personalísima y vitalicia, el cien por ciento (100%) del pago de los Servicios Básicos, que comprenden Energía Eléctrica, Gas Domiciliario y Agua Potable.

Referencias a esta norma

[BO-DS-N2268] Bolivia: Decreto Supremo Nº 2268, 18 de febrero de 2015
18 DE FEBRERO DE 2015.- Reglamenta la Ley N° 574, de 11 de septiembre de 2014 que exenciona a los “Beneméritos de la Patria”, de manera personalísima y vitalicia, el cien por ciento (100%) del pago de los Servicios Básicos, que comprenden Energía Eléctrica, Gas Domiciliario y Agua Potable.

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