Bolivia: Ley Nº 347, 26 de febrero de 2013

LEY DE 26 DE FEBRERO DE 2013
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,
DECRETA:

Artículo Único.- De conformidad a lo establecido en la atribución 10ª, parágrafo I del Artículo 158 de la Constitución Política del Estado, apruébase el Contrato de Préstamo suscrito en fecha 19 de diciembre de 2012, entre el Estado Plurinacional de Bolivia y la Corporación Andina de Fomento - CAF, por la suma de hasta $us.33.600.100,00.- (TREINTA Y TRES MILLONES SEISCIENTOS mil CIEN 00/100 DÓLARES ESTADOUNIDENSES), destinados al financiamiento parcial del “Proyecto Construcción de la Doble Vía Ruta F-04 entre Sacaba - Chiñata y Quillacollo - Suticollo”.


Remítase al Órgano Ejecutivo para fines constitucionales.
Es dado en la Sala de Sesiones de la Asamblea Legislativa Plurinacional, a los seis días del mes de febrero del año dos mil trece.
Fdo. Lilly Gabriela Montaño Viaña, Betty Asunta Tejada Soruco, Andrés Agustín Villca Daza, Marcelina Chavez Salazar, Galo Silvestre Bonifaz, Angel David Cortéz Villegas.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley del Estado Plurinacional de Bolivia.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintiséis días del mes de febrero del año dos mil trece.
Fdo. EVO MORALES AYMA, David Choquehuanca Céspedes, Juan Ramón Quintana Taborga, Elba Viviana Caro Hinojosa, Arturo Vladimir Sánchez Escobar, Amanda Dávila Torres.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Ley Nº 347, 26 de febrero de 2013
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoL
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioAprueba el Contrato de Préstamo suscrito en fecha 19 de diciembre de 2012, entre el Estado Plurinacional de Bolivia y la Corporación Andina de Fomento – CAF, por la suma de hasta $us.33.600.100,00, destinados al financiamiento parcial del “Proyecto Construcción de la Doble Vía Ruta F-04 entre Sacaba – Chiñata y Quillacollo - Suticollo”.
KeywordsGaceta 493NEC, Ley, febrero/2013
Origenhttp://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/141684
ReferenciasGaceta Oficial de Bolivia 493NEC, 201303c.lexml
CreadorFdo. Lilly Gabriela Montaño Viaña, Betty Asunta Tejada Soruco, Andrés Agustín Villca Daza, Marcelina Chavez Salazar, Galo Silvestre Bonifaz, Angel David Cortéz Villegas. Fdo. EVO MORALES AYMA, David Choquehuanca Céspedes, Juan Ramón Quintana Taborga, Elba Viviana Caro Hinojosa, Arturo Vladimir Sánchez Escobar, Amanda Dávila Torres.
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

Enlaces con otros documentos

Véase también

[BO-CPE-20090207] Bolivia: Constitución Política del Estado de 2009, 7 de febrero de 2009
Constitución Política del Estado de 2009

Referencias a esta norma

[BO-DS-N1660] Bolivia: Decreto Supremo Nº 1660, 24 de julio de 2013
Autoriza a la Ministra de Planificación del Desarrollo o en su defecto al funcionario del Ministerio de Relaciones Exteriores acreditado en Viena Austria a suscribir con el Fondo OPEC para el Desarrollo Internacional – OFID, en nombre y representación del Estado Plurinacional de Bolivia, el Acuerdo de Préstamo por un monto de hasta $us20.000.000, destinados al financiamiento parcial del “Proyecto Construcción de la Doble Vía Ruta F-04 entre Sacaba - Chiñata y Quillacollo - Suticollo”.

Nota importante

Lexivox ofrece esta publicación de normas como una ayuda para facilitar su identificación en la búsqueda conceptual vía WEB.

El presente documento, de ninguna manera puede ser utilizado como una referencia legal, ya que dicha atribución corresponde a la Gaceta Oficial de Bolivia.

Lexivox procura mantener el texto original de la norma; sin embargo, si encuentra modificaciones o alteraciones con respecto al texto original, sírvase comunicarnos para corregirlas y lograr una mayor perfección en nuestras publicaciones.

Toda sugerencia para mejorar el contenido de la norma, en cuanto a fidelidad con el original, etiquetas, metainformación, gráficos o prestaciones del sistema, estamos interesados en conocerla e implementarla.

La progresiva mejora en la calidad de Lexivox, es un asunto de la comunidad. Los resultados, son de uso y beneficio de la comunidad.

LexiVox es un Sistema Web de Información desarrollado utilizando herramientas y aplicaciones de software libre, por Devenet SRL en el Estado Plurinacional de Bolivia.