Bolivia: Ley del Presupuesto General del Estado Gestión 2019, 20 de diciembre de 2018

Ley Nº 1135
LEY DE 20 DE DICIEMBRE DE 2018
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley:
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,
DECRETA:
Ley del Presupuesto General del Estado Gestión 2019

Capítulo PRIMERO
Disposiciones generales

Artículo 1°.- (Objeto) La presente Ley tiene por objeto aprobar el Presupuesto General del Estado - PGE del sector público para la Gestión Fiscal 2019, y otras disposiciones específicas para la administración de las finanzas públicas.

Artículo 2°.- (Presupuesto agregado y consolidado) Se aprueba el Presupuesto General del Estado - PGE, para su vigencia durante la Gestión Fiscal del 1 de enero al 31 de diciembre de 2019, por un importe total agregado de Bs286.277.622.492.- (Doscientos Ochenta y Seis mil Doscientos Setenta y siete Millones Seiscientos Veintidós mil Cuatrocientos Noventa y Dos 00/100 Bolivianos), y un consolidado de Bs214.724.291.393.- (Doscientos Catorce mil novecientos vienticuatro Millones Doscientos Noventa y Un mil Trescientos Noventa y Tres 00/100 Bolivianos), según detalle de recursos y gastos consignados en los Tomos I y II adjuntos.

Artículo 3°.- (Ámbito de aplicación) La presente Ley se aplica a todas las instituciones del sector público que comprenden los Órganos del Estado Plurinacional, instituciones que ejercen funciones de control, de defensa de la sociedad y del Estado, gobiernos autónomos departamentales, regionales, municipales e indígena originario campesinos, universidades públicas, empresas públicas, instituciones financieras bancarias y no bancarias, instituciones públicas de seguridad social y todas aquellas personas naturales y jurídicas que perciban, generen y/o administren recursos públicos.

Artículo 4°.- (Responsabilidad) La Máxima Autoridad Ejecutiva - MAE de cada entidad pública, es responsable del uso, administración, destino, cumplimiento de objetivos, metas, resultados de los recursos públicos y la aprobación, ejecución, seguimiento, evaluación y cierre de proyectos, a cuyo efecto deberá observar las disposiciones contenidas en la presente Ley y las establecidas en las normas legales vigentes. CAPÍTULO SEGUNDO DISPOSICIONES ESPECÍFICAS

Artículo 5°.- (Proyectos de inversión pública de continuidad en las entidades territoriales autónomas) Las modificaciones presupuestarias correspondientes a proyectos de inversión de continuidad, que se encuentren previamente aprobados por los órganos deliberativos de las Entidades Territoriales Autónomas, podrán ser aprobadas mediante norma expresa de la Máxima Instancia Ejecutiva bajo su responsabilidad y proseguir con el trámite al interior de su entidad, ante el Ministerio de Economía y Finanzas Públicas y/o Ministerio de Planificación del Desarrollo, según corresponda.

Artículo 6°.- (Compromisos de gastos plurianuales) Las entidades públicas podrán registrar en el presupuesto plurianual y comprometer gastos por periodos mayores a un (1) año, siempre y cuando cuenten con el financiamiento asegurado mediante norma expresa (Ley o Decreto Supremo) o debidamente certificado por el Viceministerio de Inversión Pública y Financiamiento Externo, dependiente del Ministerio de Planificación del Desarrollo, cuando se trate de recursos externos; por la misma entidad en caso de recursos propios; o por el Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, cuando la fuente de financiamiento sea el Tesoro General de la Nación (fuente 10 y 41, organismo 111), para:

  1. Proyectos de inversión.
  2. Gastos en bienes y servicios que esté destinado a asegurar la continuidad y atención de las actividades institucionales que por sus características no puedan ser interrumpidas.

Artículo 7°.- (Ampliación de plazo en la presentación de información financiera) Se autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas y al Ministerio de Planificación del Desarrollo, ampliar el plazo de presentación de información financiera establecida en Ley, hasta noventa (90) días calendario, en favor de las entidades públicas que han sido declaradas en emergencia por desastres naturales, mediante normativa específica, así como otros por fuerza mayor.

Artículo 8°.- (Sistema Oficial de Gestión Financiera y Administrativa para las entidades del sector público)

  1. El Sistema de Gestión Pública (SIGEP) es el sistema oficial para la gestión financiera y administrativa de todas las entidades públicas del Estado Plurinacional de Bolivia.
  2. Las entidades públicas deberán utilizar obligatoriamente los módulos administrativos y financieros del SIGEP conforme la Reglamentación y/o instructivos emitidos por el Ministerio de Economía y Finanzas Públicas. El Ministerio de Economía y Finanzas Públicas podrá autorizar excepcionalmente el uso de otros sistemas, proceso que será reglamentado mediante Resolución Ministerial.
  3. La entidad pública y los usuarios que se consignen como autores de las operaciones, información y/o documentos digitales registrados en el SIGEP, son responsables de su contenido, veracidad, oportunidad, efectos y resultados que puedan generar, así como del cumplimiento de la normativa vigente.
  4. La información y documentos digitales registrados en el SIGEP por las entidades públicas tienen validez y fuerza probatoria, generando los efectos jurídicos y responsabilidades correspondientes; así como los reportes o información generada de gestiones pasadas por el Sistema Integrado de Gestión y Modernización Administrativa (SIGMA).

Artículo 9°.- (Capacidad para comprometer recursos para contrapartes locales de proyectos de inversión)

  1. Las Entidades Territoriales Autónomas de forma previa a suscribir Convenios que comprometan recursos para contrapartes locales de proyectos de inversión o sus Adendas, deberán solicitar al Viceministerio del Tesoro y Crédito Público, el cálculo de su Capacidad de Endeudamiento Referencial.
  2. Las Entidades Ejecutoras de proyectos de inversión con contrapartes locales o las Entidades Territoriales Autónomas beneficiarias de los mismos, deberán registrar ante el Viceministerio del Tesoro y Crédito Público, el o los Convenios de Contrapartes Locales y sus Adendas, en un plazo máximo de quince (15) días hábiles después de su puesta en vigencia.
  3. Las Entidades Ejecutoras de proyectos de inversión con contrapartes locales no podrán realizar desembolsos sin que se haya cumplido el registro señalado en el Parágrafo precedente.
  4. El Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, en el marco de la normativa vigente, dará curso a solicitudes de débito automático por incumplimiento a Convenios de Contrapartes Locales cuando los mismos se encuentren registrados.

Artículo 10°.- (Recursos provenientes de procesos judiciales a favor del Estado)

  1. Las entidades y empresas públicas del nivel central del Estado, deberán depositar los recursos recuperados dentro de procesos judiciales cuyo patrocinio y gestión está a su cargo, a una cuenta corriente fiscal recaudadora de titularidad del Tesoro General de la Nación. ISe exceptúan de la aplicación de las disposiciones precedentes, los recursos cuyo destino está regulado por Ley especial.

Artículo 11°.- (Endeudamiento público mediante emisión de títulos valor en mercados de capital externos)

  1. Se autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, en el marco de lo establecido en los numerales 8 y 10 del Parágrafo I del Artículo 158, y el Artículo 322 de la Constitución Política del Estado, en representación del Estado Plurinacional de Bolivia, celebrar operaciones de deuda pública en los mercados de capital externos por un monto de hasta USD1.000.000.000.- (Un mil Millones 00/100 Dólares Estadounidenses) o su equivalente en otras monedas, para apoyo presupuestario.
  2. Se autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, la contratación directa en el ámbito nacional y/o internacional, de servicios de asesoría legal y financiera, y de otros servicios especializados vinculados a la operación de deuda pública en mercados de capital externos, señalada en el Parágrafo I del presente Artículo, de acuerdo a prácticas internacionales.
  3. Por las características especiales de la operación financiera, la contratación a la que hace referencia el Parágrafo precedente, será realizada mediante invitación directa, la cual permitirá la adjudicación del o los servicios respectivos.
  4. Los intereses a favor de acreedores de deuda pública mediante emisión de títulos valor en mercados de capital externos, conforme al presente Artículo, están exentos del Impuesto sobre las Utilidades de las Empresas - IUE.
  5. Los pagos por la prestación de servicios de asesoría legal y financiera, y de otros servicios especializados, vinculados a la operación de deuda pública en los mercados de capital externos, conforme al presente Artículo, están exentos del Impuesto sobre las Utilidades de las Empresas - IUE.

Artículo 12°.- (Crédito fiscal por la compra de gasolina o diesel) Las personas naturales o jurídicas, que compren gasolina o diésel de cualquier origen a las estaciones de servicio, a los fines de la liquidación del Impuesto al Valor Agregado, computarán como crédito fiscal sólo el setenta por ciento (70%) sobre el crédito fiscal del valor de la compra. Este tratamiento también es aplicable en la compensación del Régimen Complementario al Impuesto al Valor Agregado.

Artículo 13°.- (Recursos del Tesoro General de la Nación)

  1. Los recursos asignados por el Tesoro General de la Nación - TGN, a entidades del sector público, para gasto corriente y/o proyectos de inversión, deberán ser ejecutados exclusivamente para el fin autorizado, los cuales no podrán ser reasignados a otros programas, sin previa evaluación y autorización del Ministerio de Economía y Finanzas Públicas; los saldos no ejecutados deben ser revertidos al TGN.
  2. Las asignaciones presupuestarias de recursos adicionales efectuadas por el Tesoro General de la Nación - TGN, a entidades del sector público, para gasto corriente y/o nuevos proyectos de inversión, deberán ser autorizadas mediante Decreto Supremo, exceptuándose recursos emergentes de Apoyos Presupuestarios Sectoriales, norma específica o casos excepcionales. ARTÍCULO 14.(ESCALAS SALARIALES DEL SECTOR PÚBLICO).
  3. A efecto de establecer la planilla de pago mensual del personal permanente, las entidades públicas deberán considerar el “haber básico” establecido en su escala salarial vigente, en cumplimiento a lo dispuesto en la Ley Nº 2042 de 21 de diciembre de 1999, de Administración Presupuestaria; siendo responsabilidad de la Máxima Autoridad Ejecutiva de cada entidad, su aplicación y cumplimiento.
  4. Los recursos inscritos en la partida de gasto 12100 “Personal Eventual” se constituyen en el límite máximo de gasto anual para el pago del personal bajo dependencia de cada entidad, siendo de exclusiva responsabilidad de la Máxima Autoridad Ejecutiva su aplicación y cumplimiento.
  5. El Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, a través del Viceministerio del Tesoro y Crédito Público, efectuará los controles respectivos, debiendo informar a la Contraloría General del Estado en caso de incumplimiento.

Artículo 15°.- (Subvención a las universidades públicas autónomas) El incremento en la Subvención Ordinaria será otorgado previa evaluación y cumplimiento de los compromisos asumidos en los Convenios con cada Universidad Pública Autónoma.

Artículo 16°.- (Crédito interno a favor de la Caja del Servicio Nacional de Caminos y ramas anexas)

  1. En cumplimiento al numeral 10 del Parágrafo I del Artículo 158 de la Constitución Política del Estado, se aprueba el Contrato de Crédito Interno DIV LEG Nº 1291/2018 de fecha 25 de septiembre de 2018, suscrito entre la Caja de Salud del Servicio Nacional de Caminos y Ramas Anexas y el Banco Bisa S. A., por Bs34.292.953,10 (Treinta y Cuatro Millones Doscientos Noventa y Dos mil novecientos Cincuenta y Tres 10/100 Bolivianos) destinados a Hospitales de Segundo Nivel de las Regionales de La Paz y Oruro.
  2. El servicio de la deuda contraída con el Banco Bisa S. A., será asumido en su integridad por la Caja de Salud del Servicio Nacional de Caminos y Ramas Anexas. ARTÍCULO 17.(PROGRAMA DE INTERVENCIONES URBANAS). En el marco del Programa de Intervenciones Urbanas, se autoriza al Ministerio de Planificación del Desarrollo, y las entidades públicas beneficiarias de los recursos previstos en el Artículo 3 de la Ley Nº 1099 de 17 de septiembre de 2018, ejecutar programas y/o proyectos en bienes inmuebles públicos que no sean de su propiedad, para lo cual se suscribirán los convenios correspondientes, cuyo contenido será reglamentado por el Ministerio de Planificación del Desarrollo.

Artículo 18°.- (Compensación económica por la lucha contra el contrabando) Se autoriza al Ministerio de Defensa otorgar una compensación económica mensual a favor de los miembros de las Fuerzas Armadas y la Policía Boliviana, que conforman el Comando Estratégico Operacional de lucha contra el contrabando y las actividades ilícitas, misma que será financiada con recursos provenientes de las transferencias efectuadas por la Aduana Nacional al Viceministerio de Lucha Contra el Contrabando, dependiente del Ministerio de Defensa, cuyo pago no será considerado doble percepción.

Artículo 19°.- (Asignación de recursos para el nuevo edificio de la Asamblea Legislativa Plurinacional)

  1. Se autoriza al Órgano Ejecutivo, a través del Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, transferir recursos del Tesoro General de la Nación a la Asamblea Legislativa Plurinacional en la gestión 2019, correspondientes al importe de los saldos presupuestarios institucionales no ejecutados ni comprometidos de la partida 41 100 “Edificios”, acumulados al cierre de la gestión 2018, inscritos en la Vicepresidencia del Estado y en la Asamblea Legislativa Plurinacional, destinados a la construcción del “Nuevo Edificio de la Asamblea Legislativa Plurinacional”. ISe autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, a través del Tesoro General de la Nación, asignar los recursos necesarios para la ejecución del proyecto, construcción, funcionalización y equipamiento del nuevo Edificio de la Asamblea Legislativa Plurinacional, adicionalmente a los ahorros generados durante las gestiones pasadas.
  2. Se autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, al Ministerio de Planificación del Desarrollo y a la Cámara de Diputados, en el marco de sus competencias, efectuar las modificaciones presupuestarias necesarias, que incluye Servicios Personales y Consultorías, a objeto de ejecutar el referido proyecto de inversión.

    Disposiciones adicionales

Primera .- Se modifica el Parágrafo I del Artículo 11 de la Ley Nº 317 de 11 de diciembre de 2011, con el siguiente texto:

“I. Se autoriza a las Entidades Territoriales Autónomas el registro en su presupuesto institucional de los recursos de saldos de Caja y Bancos al 31 de diciembre de la gestión anterior, por concepto de Coparticipación Tributaria, Impuesto Directo a los Hidrocarburos - IDH, Fondo de Compensación Departamental, Regalías y Recursos Específicos, de acuerdo a los saldos disponibles declarados en sus Estados Financieros.”

Segunda .- Se modifica el Artículo 12 de la Ley Nº 856 de 28 de noviembre de 2016, complementada por la Ley Nº 1006 de 20 de diciembre de 2017, con el siguiente texto:

“ARTÍCULO 12.(PASAJES Y VIÁTICOS A PERSONAS QUE NO SEAN SERVIDORES PÚBLICOS).
I. Se autoriza al Ministerio de Relaciones Exteriores, cubrir el costo de pasajes y viáticos de representantes de organizaciones sociales, personalidades intelectuales y notables del exterior y de Bolivia, que se encuentren debidamente acreditados, exclusivamente en eventos oficiales en materia de diplomacia de los pueblos, mismo que deberá ser reglamentado mediante Resolución Biministerial, emitida por los Ministerios de Relaciones Exteriores, y de Economía y Finanzas Públicas.
II. Los Ministerios de Estado en el marco de los convenios o acuerdos bilaterales comerciales para homologar la acreditación o validación de procesos de certificación de calidad de productos o servicios, quedan autorizados a cubrir los pasajes y viáticos de la representación verificadora, con cargo a su presupuesto institucional, previa reglamentación aprobada por Resolución Multiministerial conjuntamente con los Ministerios de Relaciones Exteriores, y de Economía y Finanzas Públicas.
III. La Asamblea Legislativa Plurinacional, a través de sus Cámaras, podrá cubrir el costo de pasajes y viáticos de personas que no sean servidores públicos o no sean servidores públicos de sus entidades, con cargo a su presupuesto institucional, previa reglamentación aprobada por Resolución de Directiva Camaral.
IV. Se autoriza al Ministerio de Educación a cubrir los pasajes y viáticos, exclusivamente para la participación y representación en eventos oficiales deportivos y científicos, encuentros y congresos educativos de:
a) Estudiantes que representen al Estado Plurinacional de Bolivia en eventos internacionales;
b) Representantes de organizaciones sociales, comunitarias, y padres y madres de familia;
c) Personalidades notables, científicos, académicos e investigadores de Bolivia y del Exterior, involucradas en el ámbito educativo.
El pago de pasajes y viáticos deberá ser efectuado con cargo al presupuesto institucional del Ministerio de Educación y reglamentado mediante Resolución Biministerial, emitida por la precitada entidad y el Ministerio de Economía y Finanzas Públicas.
V. Se autoriza al Ministerio de Justicia y Transparencia Institucional, cubrir el costo de pasajes y viáticos de consultores por producto, exclusivamente para llevar adelante eventos de socialización de los Anteproyectos de Ley del Código Civil, Código de Comercio, Código Procesal Administrativo, Ley General del Trabajo y Código de Ejecución Penal, previa reglamentación aprobada mediante Resolución Ministerial del Ministerio de Justicia y Transparencia Institucional.
VI. Se autoriza al Ministerio de Planificación del Desarrollo cubrir el pago de pasajes y viáticos al interior de su presupuesto, a favor de invitados especiales que formen parte de los Comités o Consejos previstos en los Fondos Concursables del “Programa de Intervenciones Urbanas”
, de acuerdo a reglamentación aprobada mediante Resolución Biministerial, emitida por los Ministerios de Planificación del Desarrollo, y de Economía y Finanzas Públicas.
  1. A efecto de llevar adelante eventos internacionales de capacitación, seminarios y otros en el ámbito de su competencia, se autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas cubrir el costo de pasajes y viáticos de representantes de organismos internacionales e invitados especiales nacionales o extranjeros, misma que deberá ser reglamentada mediante Resolución expresa.
  2. Se autoriza a la Procuraduría General del Estado, cubrir el costo de alimentación, hospedaje, transporte, pasajes aéreos y/o terrestres, así como los gastos requeridos por asociaciones, organismos u organizaciones internacionales, para delegaciones nacionales e internacionales debidamente acreditadas, sólo y exclusivamente en eventos oficiales que promuevan políticas de defensa legal del Estado, previa reglamentación aprobada mediante resolución expresa de la Procuraduría General del Estado.”

Tercera .- Se modifica el Parágrafo III del Artículo 6 de la Ley Nº 232 de 9 de abril de 2012, del Fondo para la Revolución Industrial Productiva (FINPRO), con el siguiente texto:

“III. Los recursos líquidos disponibles del Fondo para la Revolución Industrial Productiva que se encuentren pendientes de ser utilizados a los fines de su creación, se mantendrán depositados en moneda nacional en el Banco Central de Bolivia en un centro de administración independiente del balance del ente emisor, los mismos no serán remunerados.”

Cuarta .-

  1. Se modifica el Artículo 1 de la Ley Nº 3446 de 21 de julio de 2006, modificada por la Ley Nº 713 de 1° de julio de 2015, con el siguiente texto:
    “Artículo 1.(CREACIÓN Y VIGENCIA). Créase un Impuesto a las Transacciones Financieras de carácter transitorio, que se aplicará hasta el 31 de diciembre de 2023.”
  2. Se modifica el Artículo 6 de la Ley Nº 3446 de 21 de julio de 2006, modificada por la Ley Nº 713 de 1° de julio de 2015, con el siguiente texto:
    “Artículo 6.(ALÍCUOTA). La alícuota del Impuesto a las Transacciones Financieras - ITF, será del cero punto treinta por ciento (0.30 %).”
  3. La modificación establecida en la presente Disposición Adicional, entrará en vigencia a partir del 1° de enero de 2019 y se mantendrán vigentes las normas reglamentarias correspondientes a la aplicación de la Ley Nº 3446 de 21 de julio de 2006, modificada por la Ley Nº 713 de 1° de julio de 2015, pudiendo las mismas ser modificadas a través de un instrumento legal de igual o mayor jerarquía normativa.

    Disposiciones transitorias

Primera .- En tanto las entidades públicas adecúen sus sistemas a los módulos de Administración de Personal, Almacenes y Compras del Sistema de Gestión Pública (SIGEP), se autoriza el uso de dichos módulos en el Sistema Integrado de Gestión y Modernización Administrativa (SIGMA).

Segunda .- En el marco del Presupuesto Plurianual de Inversión Pública, se autoriza a los Ministerios de Planificación del Desarrollo, y de Economía y Finanzas Públicas, según sus competencias, realizar el registro de las modificaciones presupuestarias de las entidades del nivel central del Estado en el Presupuesto General del Estado de la gestión fiscal 2019, que correspondan a la reprogramación de los saldos de recursos comprometidos y no ejecutados en la gestión 2018. Este registro será realizado a solicitud de las Entidades Ejecutoras.

Disposiciones finales

Primera .- Las disposiciones contenidas en la presente Ley, se adecúan de manera automática, en cuanto sean aplicables, a la nueva estructura organizacional y definición de entidades del sector público, emergente de la Constitución Política del Estado y demás disposiciones legales.

Segunda .-

  1. El pago del Segundo Aguinaldo “Esfuerzo por Bolivia” podrá ser financiado con los saldos presupuestarios de gasto corriente de todas las fuentes de financiamiento, para lo cual se autoriza a las entidades del sector público efectuar las modificaciones presupuestarias correspondientes.
  2. Excepcionalmente, siempre y cuando no existan saldos presupuestarios de gasto corriente, se autoriza a las entidades del sector público el uso de saldos de proyectos de inversión, independientemente la fuente de financiamiento, para el pago de este beneficio.
  3. Se autoriza a las Universidades Públicas Autónomas, realizar modificaciones presupuestarias en los montos necesarios para el pago del segundo aguinaldo “Esfuerzo por Bolivia” independientemente de la fuente de financiamiento, las cuales serán aprobadas mediante Resolución de la Máxima Instancia Ejecutiva bajo su responsabilidad, y proseguir con el trámite y registro en su entidad.

Tercera .- En el marco de la organización, realización de actividades deportivas nacionales e internacionales, se autoriza al Ministerio de Deportes, previa reglamentación aprobada por Resolución Biministerial emitida por los Ministerios de Deportes, y de Economía y Finanzas Públicas, a cubrir gastos por concepto de alimentación, hospedaje, transporte, pasajes aéreos y/o terrestres, seguros de:

  1. Delegaciones de atletas, nacionales e internacionales, dentro y fuera del territorio boliviano.
  2. Delegados de Confederaciones Nacionales Internacionales acreditadas, Representantes de Comités Olímpicos, Comités Técnicos y Comités Médicos, Jueces, Inspectores de Deporte, Invitados Especiales, Representantes Internacionales, Oficiales de Control de Dopaje, Oficiales Técnicos, nacionales e internacionales.
  3. Especialistas capacitadores: Técnicos deportivos acreditados, Técnicos en jueceo, acreditados y especialistas en planificación, organización y ejecución de eventos deportivos.

Cuarta .- Quedan vigentes para su aplicación:

  1. Artículo 10 de la Ley Nº 3302 de 16 de diciembre de 2005.
  2. Artículos 13, 14, 17, 22, 23, 24, 28, 42, 43, 46, 50, 53, 56 y 62 de la Ley del Presupuesto General del Estado 2010.c) Artículos 6, 11 y 13 de la Ley Nº 050 de 9 de octubre de 2010.
  3. Artículos 5, 9, 10, 11, 18, 22, 25, 26, 27, 33 y 40 de la Ley Nº 062 de 28 de noviembre de 2010.
  4. Disposición Adicional Primera de la Ley Nº 111 de 7 de mayo de 2011.
  5. Artículo 13 de la Ley Nº 169 de 9 de septiembre de 2011.
  6. Artículos 5, 8, 18, 24, 30 y Disposición Transitoria Primera de la Ley Nº 211 de 23 de diciembre de 2011.
  7. Disposición Adicional Segunda de la Ley Nº 233 de 13 de abril de 2012.
  8. Artículos 6, 10 y Disposiciones Adicionales Primera, Cuarta y Décima Tercera de la Ley Nº 291 de 22 de septiembre de 2012.
  9. Artículos 5, 7, 9, 10, 11, 12, 13, 15, 17, 19 y Disposición Adicional Segunda de la Ley Nº 317 de 11 de diciembre de 2012.
  10. Artículos 4, 10, 15, 16, 18, 19 y 20 de la Ley Nº 396 de 26 de agosto de 2013.
  11. Artículos 7, 9, 11, 12, 17 y Disposición Adicional Novena de la Ley Nº 455 de 11 de diciembre de 2013.
  12. Artículos 6, 7 y 10 de la Ley Nº 550 de 21 de julio de 2014.
  13. Artículos 6, 7, 8, 9, 10, 12, 15, 17 y Disposiciones Adicionales Segunda y Sexta de la Ley Nº 614 de 13 de diciembre de 2014.
  14. Artículos 4, 7 y 8 de la Ley Nº 742 de 30 de septiembre de 2015.
  15. Artículos 5, 7, 10 y 11 de la Ley Nº 769 de 17 de diciembre de 2015.
  16. Artículos 6, 11, 12 y Disposición Adicional Cuarta de la Ley Nº 840 de 27 de septiembre de 2016.
  17. Artículos 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 14, 15, 16 y 18 de la Ley Nº 856 de 28 de noviembre de 2016.
  18. Artículos 4, 8, 9, 10, 11, 12, 13 y Disposiciones Transitorias Primera y Segunda de la Ley Nº 975 de 13 de septiembre de 2017.
  19. Artículos 5, 6, 7, 8, 10, 11, 12, Disposiciones Adicionales Primera, Segunda, Tercera, Disposiciones Finales Segunda y Tercera de la Ley Nº 1006 de 20 de diciembre de 2017.
  20. Artículos 5, 7, 8, Disposiciones Adicionales Primera y Segunda, Disposiciones Transitorias Tercera y Cuarta, Disposiciones Finales Primera, Segunda y Tercera de la Ley Nº 1103 de 25 de septiembre de 2018.

Quinta .- El Órgano Ejecutivo mediante Decreto Supremo, reglamentará la presente Ley.

Disposición Derogatoria.- Y ABROGATORIA

Única .- Se derogan y abrogan todas las disposiciones de igual o inferior jerarquía normativa, contrarias a la presente Ley.


Remítase al Órgano Ejecutivo para fines constitucionales.
Es dado en la Sala de Sesiones de la Asamblea Legislativa Plurinacional, a los diecinueve días del mes de diciembre del año dos mil dieciocho.
FDO. Leónidas Milton Barón Hidalgo, Lilly Gabriela Montaño Viaña, Patricia M. Gómez Andrade, Erwin Rivero Ziegler, Alicia Canqui Condori, Sebastián Texeira Rojas.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley del Estado Plurinacional de Bolivia.
Casa Grande del Pueblo de la ciudad de La Paz, a los veinte días del mes de diciembre del año dos mil dieciocho.
FDO. EVO MORALES AYMA, Diego Pary Rodríguez, Alfredo Rada Vélez, Javier Eduardo Zavaleta López, Mariana Prado Noya, Mario Alberto Guillén Suárez, Luis Alberto Sanchez Fernandez, Eugenio Rojas Apaza, Héctor Enrique Arce Zaconeta, Rodolfo Edmundo Rocabado Benavides, Roberto Iván Aguilar Gómez, Gisela Karina López Rivas, Tito Rolando Montaño Rivera.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Ley del Presupuesto General del Estado Gestión 2019, 20 de diciembre de 2018
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoL
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
Sumario20 DE DICIEMBRE DE 2018.- LEY DEL PRESUPUESTO GENERAL DEL ESTADO GESTIÓN 2019.
KeywordsGaceta 1130NEC, Ley, diciembre/2018
Origenhttp://gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/descargar/160777
ReferenciasGaceta Oficial de Bolivia 1130NEC, 201902a.lexml
CreadorFDO. Leónidas Milton Barón Hidalgo, Lilly Gabriela Montaño Viaña, Patricia M. Gómez Andrade, Erwin Rivero Ziegler, Alicia Canqui Condori, Sebastián Texeira Rojas. FDO. EVO MORALES AYMA, Diego Pary Rodríguez, Alfredo Rada Vélez, Javier Eduardo Zavaleta López, Mariana Prado Noya, Mario Alberto Guillén Suárez, Luis Alberto Sanchez Fernandez, Eugenio Rojas Apaza, Héctor Enrique Arce Zaconeta, Rodolfo Edmundo Rocabado Benavides, Roberto Iván Aguilar Gómez, Gisela Karina López Rivas, Tito Rolando Montaño Rivera.
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

Enlaces con otros documentos

Véase también

[BO-L-1006] Bolivia: Ley Nº 1006, 13 de julio de 1988
Contratos de Préstamo. Apruébase el suscrito con el BID N° 542/OC-BO y 816/SF-BO
[BO-L-1099] Bolivia: Ley Nº 1099, 5 de agosto de 1989
Presidente y vicepresidente constitucional de la República. Proclamase a Jaime paz Zamora y Luis Ossio Sanjines
[BO-L-1103] Bolivia: Ley Nº 1103, 22 de septiembre de 1989
Puente sobre el río Piraí. Declarase de prioridad nacional su construcción, sobre la carretera Santa Cruz-Warnes- la Bélgica
[BO-L-1135] Bolivia: Ley Nº 1135, 6 de febrero de 1990
Camino Muyupampa - Machareti - Carandaiti - Fortín Villazón. Declárase de prioridad regional su construcción, Departamento de Chuquisaca
[BO-L-2042] Bolivia: Ley de Administracion Presupuestaria, 21 de diciembre de 1999
Ley de Administracion Presupuestaria. Publicada en Gaceta Oficial de Bolivia N° 2193
[BO-L-3302] Bolivia: Ley Financial - Presupuesto General del Estado - Gestión 2006, 16 de diciembre de 2005
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[BO-L-3446] Bolivia: Impuesto a las transacciones financieras, 21 de julio de 2006
Créase un Impuesto a las Transacciones Financieras de carácter transitorio, que se aplicará durante treinta y seis (36) meses
[BO-CPE-20090207] Bolivia: Constitución Política del Estado de 2009, 7 de febrero de 2009
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[BO-L-N50] Bolivia: Ley Nº 50, 9 de octubre de 2010
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[BO-L-N62] Bolivia: Ley Financial - Presupuesto General del Estado - Gestión 2011, 29 de noviembre de 2010
28 DE NOVIEMBRE DE 2010.- LEY DEL PRESUPUESTO GENERAL DEL ESTADO – GESTIÓN 2011.
[BO-L-N111] Bolivia: Ley Nº 111, 11 de mayo de 2011
LEY DE MODIFICACIONES AL PRESUPUESTO GENERAL DEL ESTADO GESTION 2011 - ENTIDADES TERRITORIALES AUTÓNOMAS.
[BO-L-N169] Bolivia: Modificaciones al Presupuesto General del Estado (PGE - 2011), 9 de septiembre de 2011
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[BO-L-N211] Bolivia: Ley Financial - Presupuesto General del Estado - Gestión 2012, 23 de diciembre de 2011
LEY DEL PRESUPUESTO GENERAL DEL ESTADO – GESTIÓN 2012.
[BO-L-N232] Bolivia: Ley Nº 232, 9 de abril de 2012
LEY DEL FONDO PARA LA REVOLUCION INDUSTRIAL PRODUCTIVA (FINPRO).
[BO-L-N233] Bolivia: Ley Nº 233, 13 de abril de 2012
LEY DE MODIFICACIONES AL PRESUPUESTO GENERAL DEL ESTADO (PGE – 2012).
[BO-L-N291] Bolivia: Ley de modificaciones al Presupuesto General del Estado (PGE – 2012), 24 de septiembre de 2012
Ley de modificaciones al Presupuesto General del Estado (PGE – 2012).
[BO-L-N317] Bolivia: Ley Financial - Presupuesto General del Estado - Gestión 2013, 12 de diciembre de 2012
Ley del Presupuesto General del Estado Gestión 2013
[BO-L-N396] Bolivia: Ley de modificaciones al Presupuesto General del Estado (PGE - 2013), 26 de agosto de 2013
Ley de modificaciones al Presupuesto General del Estado (PGE - 2013)
[BO-L-N455] Bolivia: Ley del Presupuesto General del Estado - Gestión 2014, 11 de diciembre de 2013
Ley del Presupuesto General del Estado - Gestión 2014.
[BO-L-N550] Bolivia: Ley Nº 550, 23 de julio de 2014
Aprueba la modificación al Presupuesto General del Estado Gestión 2014, para las entidades del sector público, y establece otras disposiciones financieras específicas para su aplicación.
[BO-L-N614] Bolivia: Ley del Presupuesto General del Estado Gestión 2015, 15 de diciembre de 2014
13 DE DICIEMBRE DE 2014.- LEY DEL PRESUPUESTO GENERAL DEL ESTADO GESTIÓN 2015
[BO-L-N713] Bolivia: Ley Nº 713, 1 de julio de 2015
01 DE JULIO DE 2015.- Amplía hasta el 31 de diciembre de 2018, la vigencia del Impuesto a las Transacciones Financieras – ITF, creado mediante Ley N° 3446 de 21 de julio de 2006.
[BO-L-N742] Bolivia: Ley Nº 742, 30 de septiembre de 2015
29 DE SEPTIEMBRE DE 2015.- LEY DE MODIFICACIONES AL PRESUPUESTO GENERAL DEL ESTADO GESTIÓN 2015.
[BO-L-N769] Bolivia: Ley Nº 769, 17 de diciembre de 2015
17 DE DICIEMBRE DE 2015.- LEY DEL PRESUPUESTO GENERAL DEL ESTADO GESTIÓN 2016.
[BO-L-N840] Bolivia: Ley Nº 840, 27 de septiembre de 2016
27 DE SEPTIEMBRE DE 2016.- LEY DE MODIFICACIONES AL PRESUPUESTO GENERAL DEL ESTADO - GESTIÓN 2016.
[BO-L-N856] Bolivia: Ley Nº 856, 28 de noviembre de 2016
28 DE NOVIEMBRE DE 2016.- LEY DEL PRESUPUESTO GENERAL DEL ESTADO GESTIÓN 2017.
[BO-L-N975] Bolivia: Ley de modificaciones al Presupuesto General del Estado - Gestión 2017, 13 de septiembre de 2017
13 DE SEPTIEMBRE DE 2017.- LEY DE MODIFICACIONES AL PRESUPUESTO GENERAL DEL ESTADO - GESTIÓN 2017.
[BO-L-N1006] Bolivia: Ley Nº 1006, 20 de diciembre de 2017
20 DE DICIEMBRE DE 2017.- LEY DEL PRESUPUESTO GENERAL DEL ESTADO GESTIÓN 2018.
[BO-L-N1099] Bolivia: Ley Nº 1099, 17 de septiembre de 2018
17 DE SEPTIEMBRE DE 2018.- Modifica y establece las condiciones y destino de los recursos que recauda la Autoridad de Regulación y Fiscalización de Telecomunicaciones y Transportes – ATT, en el sector de telecomunicaciones.
[BO-L-N1103] Bolivia: Ley de modificaciones al Presupuesto General del Estado - Gestión 2018, 25 de septiembre de 2018
25 DE SEPTIEMBRE DE 2018.- LEY DE MODIFICACIONES AL PRESUPUESTO GENERAL DEL ESTADO - GESTIÓN 2018.
[BO-L-N1135] Bolivia: Ley del Presupuesto General del Estado Gestión 2019, 20 de diciembre de 2018
20 DE DICIEMBRE DE 2018.- LEY DEL PRESUPUESTO GENERAL DEL ESTADO GESTIÓN 2019.

Referencias a esta norma

[BO-DS-N3766] Bolivia: Decreto Supremo Nº 3766, 2 de enero de 2019
02 DE ENERO DE 2019.- Reglamenta la aplicación de la Ley N° 1135, de 20 de diciembre de 2018, que aprueba el Presupuesto General del Estado Gestión 2019.
[BO-DS-N3776] Bolivia: Decreto Supremo Nº 3776, 16 de enero de 2019
16 DE ENERO DE 2019.- Autoriza la asignación presupuestaria de recursos adicionales a favor del Ministerio de Deportes.
[BO-DS-N3778] Bolivia: Decreto Supremo Nº 3778, 16 de enero de 2019
16 DE ENERO DE 2019.- Aprueba la subvención a la producción y comercialización de productos agropecuarios y sus derivados a precio justo en el mercado interno, que será implementada a través de la Empresa de Apoyo a la Producción de Alimentos – EMAPA, para la Gestión 2019, en el marco de la Ley Nº 1135, de 20 de diciembre de 2018, del Presupuesto General del Estado Gestión 2019.
[BO-DS-N3777] Bolivia: Decreto Supremo Nº 3777, 16 de enero de 2019
16 DE ENERO DE 2019.- Autoriza las acciones necesarias para la realización del 171° Período Extraordinario de Sesiones de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, en el Estado Plurinacional de Bolivia.
[BO-DS-N3775] Bolivia: Decreto Supremo Nº 3775, 16 de enero de 2019
16 DE ENERO DE 2019.- Autoriza al Ministerio de Deportes el incremento de la subpartida de Auditorías Externas.
[BO-DS-N3781] Bolivia: Decreto Supremo Nº 3781, 23 de enero de 2019
23 DE ENERO DE 2019.- Autoriza la asignación presupuestaria de recursos adicionales a favor del Órgano Electoral Plurinacional.
[BO-L-N1147] Bolivia: Ley Nº 1147, 24 de enero de 2019
18 DE FEBRERO DE 2019.- Aprueba el Contrato de Préstamo Nº 8868-BO, suscrito entre el Estado Plurinacional de Bolivia y el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento – BIRF del Banco Mundial, en fecha 21 de diciembre de 2018, por un monto de hasta $us252.000.000; destinados a financiar parcialmente el “Proyecto de Redes de Servicios de Salud”.
[BO-DS-N3787] Bolivia: Decreto Supremo Nº 3787, 30 de enero de 2019
30 DE ENERO DE 2019.- Autoriza al Ministerio de Justicia y Transparencia Institucional el incremento de la subpartida de Consultores Individuales de Línea con el objeto de conformar un equipo técnico multidisciplinario que será parte de la Comisión Interinstitucional de Acción Inmediata.
[BO-DS-N3796] Bolivia: Decreto Supremo Nº 3796, 6 de febrero de 2019
06 DE FEBRERO DE 2019.- Tiene por objeto:Declarar de interés del nivel central del Estado las obras públicas de infraestructura hospitalaria con su equipamiento, en Establecimientos de Salud de Tercer Nivel priorizados a nivel nacional;b) Para la implementación del Sistema Único de Salud, se autoriza a la Agencia de Infraestructura en Salud y Equipamiento Médico – AISEM, excepcionalmente para la gestión 2019, la contratación directa de obras, bienes y servicios con el propósito de ejecutar las obras públicas de infraestructura hospitalaria con su equipamiento.
[BO-DS-N3795] Bolivia: Decreto Supremo Nº 3795, 6 de febrero de 2019
06 DE FEBRERO DE 2019.- Autoriza la asignación presupuestaria de recursos adicionales a favor del Ministerio de Gobierno para fortalecer el Servicio de Control Migratorio.
[BO-DS-N3800] Bolivia: Decreto Supremo Nº 3800, 13 de febrero de 2019
13 DE FEBRERO DE 2019.- Autoriza al Ministerio de Obras Públicas, Servicios y Vivienda, el incremento de la subpartida de Consultores Individuales de Línea para el Programa de Desarrollo Aeroportuario.
[BO-DS-N3808] Bolivia: Decreto Supremo Nº 3808, 20 de febrero de 2019
20 DE FEBRERO DE 2019.- El Gobierno del Estado Plurinacional de Bolivia, en solidaridad con la hermana República de Cuba, autoriza la donación de cuarenta coma cinco (40,5) toneladas de calamina ondulada galvanizada; cero coma cincuenta y cuatro (0,54) toneladas de clavos de calaminas y tres coma seis (3,6) toneladas de colchonetas de una plaza.
[BO-DS-N3805] Bolivia: Decreto Supremo Nº 3805, 20 de febrero de 2019
20 DE FEBRERO DE 2019.- Autoriza al Servicio Plurinacional de Asistencia a la Víctima el incremento de la subpartida de consultores individuales de línea para garantizar la continuidad del servicio en las Coordinaciones Departamentales de Tarija y Potosí y el fortalecimiento de las Coordinaciones de Chuquisaca, Oruro y Cochabamba a través de la asistencia jurídica en el área penal, psicológica y social a las víctimas de escasos recursos.
[BO-DS-N3804] Bolivia: Decreto Supremo Nº 3804, 20 de febrero de 2019
20 DE FEBRERO DE 2019.- Autoriza la asignación presupuestaria de recursos adicionales a favor del Ministerio de Desarrollo Rural y Tierras para perfeccionar la adjudicación de un bien inmueble ubicado en la ciudad de Santa Cruz.
[BO-DS-N3807] Bolivia: Decreto Supremo Nº 3807, 20 de febrero de 2019
20 DE FEBRERO DE 2019.- Autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas la emisión de Notas de Crédito Fiscal a favor del Ministerio de Gobierno.
[BO-DS-N3806] Bolivia: Decreto Supremo Nº 3806, 20 de febrero de 2019
20 DE FEBRERO DE 2019.- Autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas la asignación presupuestaria de recursos adicionales del Tesoro General de la Nación – TGN a favor del Ministerio de Relaciones Exteriores.
[BO-DS-N3819] Bolivia: Decreto Supremo Nº 3819, 6 de marzo de 2019
06 DE MARZO DE 2019.- Autoriza al Ministerio de Educación el incremento de las subpartidas de Auditorías Externas, Consultorías por Producto y Consultores Individuales de Línea, para dar continuidad a sus actividades.
[BO-DS-N3817] Bolivia: Decreto Supremo Nº 3817, 6 de marzo de 2019
06 DE MARZO DE 2019.- Autoriza a la Dirección Departamental de Educación Chuquisaca, el incremento de la subpartida de Auditorías Externas para la revalorización técnica e inventariación de activos fijos.
[BO-DS-N3831] Bolivia: Decreto Supremo Nº 3831, 13 de marzo de 2019
13 DE MARZO DE 2019.- Autoriza la asignación presupuestaria de recursos adicionales a favor del Ministerio de Gobierno, para dar continuidad a la modernización de aeronaves de ala rotatoria que serán empleadas en la lucha contra el narcotráfico.
[BO-DS-N3829] Bolivia: Decreto Supremo Nº 3829, 13 de marzo de 2019
13 DE MARZO DE 2019.- Autoriza la asignación presupuestaria de recursos adicionales a favor del Ministerio de Gobierno para dar continuidad a la Política de Lucha Integral Contra el Narcotráfico.
[BO-DS-N3852] Bolivia: Decreto Supremo Nº 3852, 3 de abril de 2019
03 DE ABRIL DE 2019.- Autoriza, en la gestión 2019, la asignación presupuestaria de recursos adicionales y el incremento de la subpartida de Auditorías Externas a favor del Observatorio Plurinacional de la Calidad Educativa – OPCE.
[BO-DS-N3851] Bolivia: Decreto Supremo Nº 3851, 3 de abril de 2019
03 DE ABRIL DE 2019.- Autoriza, en la gestión 2019, la asignación presupuestaria de recursos adicionales a favor del Ministerio de Desarrollo Rural y Tierras, para dar continuidad al funcionamiento y operaciones del Viceministerio de Coca y Desarrollo Integral.
[BO-DS-N3855] Bolivia: Decreto Supremo Nº 3855, 3 de abril de 2019
03 DE ABRIL DE 2019.- Autoriza la constitución de un fideicomiso en favor de Gobiernos Autónomos Departamentales, Gobiernos Autónomos Municipales y Gobiernos Autónomos Regionales.
[BO-DS-N3850] Bolivia: Decreto Supremo Nº 3850, 3 de abril de 2019
03 DE ABRIL DE 2019.- Autoriza, en la gestión 2019, la asignación presupuestaria de recursos adicionales a favor del Ministerio de Culturas y Turismo.
[BO-DS-N3866] Bolivia: Decreto Supremo Nº 3866, 10 de abril de 2019
10 DE ABRIL DE 2019.- Incorpora el inciso i) en el Parágrafo II del Artículo 31 del Decreto Supremo N° 3766, de 2 de enero de 2019.
[BO-DS-N3864] Bolivia: Decreto Supremo Nº 3864, 10 de abril de 2019
10 DE ABRIL DE 2019.- Autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas a través del Tesoro General de la Nación – TGN, la emisión de Notas de Crédito Fiscal, a favor del Ministerio de Desarrollo Rural y Tierras.
[BO-DS-N3873] Bolivia: Decreto Supremo Nº 3873, 18 de abril de 2019
17 DE ABRIL DE 2019.- Autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas a través del Tesoro General de la Nación – TGN, la emisión de Notas de Crédito Fiscal, a favor del Ministerio de Comunicación.
[BO-DS-N3869] Bolivia: Decreto Supremo Nº 3869, 18 de abril de 2019
17 DE ABRIL DE 2019.- Autoriza en la gestión 2019, la asignación presupuestaria de recursos adicionales y el incremento de la subpartida de Consultorías por Producto a favor del Ministerio de Educación.
[BO-DS-N3871] Bolivia: Decreto Supremo Nº 3871, 18 de abril de 2019
17 DE ABRIL DE 2019.- Autoriza al Servicio Geológico Minero – SERGEOMIN el incremento de la subpartida de Consultoría de Línea, para la ejecución de proyectos de Prospección y Exploración Geológica Minera en dos (2) áreas del Departamento de Potosí.
[BO-DS-N3881] Bolivia: Decreto Supremo Nº 3881, 24 de abril de 2019
24 DE ABRIL DE 2019.- Autoriza a la Entidad Ejecutora de Medio Ambiente y Agua – EMAGUA el incremento de las subpartidas de Consultorías por Producto.
[BO-DS-N3883] Bolivia: Decreto Supremo Nº 3883, 24 de abril de 2019
24 DE ABRIL DE 2019.- Autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas a través del Tesoro General de la Nación – TGN, la emisión de Notas de Crédito Fiscal, a favor del Ministerio de Obras Públicas, Servicios y Vivienda.
[BO-DS-N3886] Bolivia: Decreto Supremo Nº 3886, 29 de abril de 2019
29 DE ABRIL DE 2019.- Autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas a través del Tesoro General de la Nación – TGN, la emisión de Notas de Crédito Fiscal, a favor del Ministerio de Salud.
[BO-DS-N3888] Bolivia: Decreto Supremo Nº 3888, 2 de mayo de 2019
01 DE MAYO DE 2019.- Tiene por objeto:a) Establecer el Incremento Salarial para la gestión 2019, para los profesionales y trabajadores en Salud; personal de los Servicios Departamentales de Gestión Social – SEDEGES; personal docente y administrativo del Magisterio Fiscal, miembros de las Fuerzas Armadas y de la Policía Boliviana;b) Establecer el Incremento Salarial en el sector privado;c) Establecer el Salario Mínimo Nacional para la gestión 2019..
[BO-DS-N3894] Bolivia: Decreto Supremo Nº 3894, 8 de mayo de 2019
08 DE MAYO DE 2019.- Autoriza en la gestión 2019, la asignación presupuestaria de recursos adicionales a favor del Ministerio de Defensa, para dar continuidad al cumplimiento de sus objetivos institucionales.
[BO-DS-N3900] Bolivia: Decreto Supremo Nº 3900, 8 de mayo de 2019
15 DE MAYO DE 2019.- Autoriza a la Agencia de Gobierno Electrónico y Tecnologías de Información y Comunicación – AGETIC, para la implementación del Programa de Inclusión Digital:a) El incremento en la gestión 2019, de la subpartida 25220 “Consultores Individuales de Línea”;b) Dotaciones a entidades públicas; yc) Las transferencias público-privadas.
[BO-DS-N3895] Bolivia: Decreto Supremo Nº 3895, 8 de mayo de 2019
08 DE MAYO DE 2019.- Autoriza al Ministerio de Medio Ambiente y Agua, el incremento de la subpartida de Consultorías por Producto para la realización de la Auditoría Ambiental por Peligro Inminente del “Relleno Sanitario Nuevo Jardín”.
[BO-DS-N3907] Bolivia: Decreto Supremo Nº 3907, 22 de mayo de 2019
22 DE MAYO DE 2019.- Autoriza, en la gestión 2019, el incremento de la subpartida de Consultorías por Producto a favor del Ministerio de Salud.
[BO-DS-N3908] Bolivia: Decreto Supremo Nº 3908, 22 de mayo de 2019
22 DE MAYO DE 2019.- Regula y determina las condiciones de la disposición temporal mediante comodato, de los bienes inmuebles bajo administración del Servicio Nacional de Patrimonio del Estado – SENAPE o del Liquidador de los ex Entes Gestores de la Seguridad Social.
[BO-DS-N3918] Bolivia: Decreto Supremo Nº 3918, 29 de mayo de 2019
Autoriza en la gestión 2019, al Órgano Electoral Plurinacional - Tribunal Supremo Electoral el incremento de las subpartidas de consultorías y la contratación directa de bienes y servicios, para el desarrollo del proceso de Elecciones Generales 2019.
[BO-DS-N3917] Bolivia: Decreto Supremo Nº 3917, 29 de mayo de 2019
Autoriza al Ministerio de Desarrollo Rural y Tierras y a la Institución Pública Desconcentrada “SOBERANÍA ALIMENTARIA”, incrementar las subpartidas de Auditorías Externas y Consultorías por Producto a través de traspasos presupuestarios intrainstitucionales.
[BO-DS-N3916] Bolivia: Decreto Supremo Nº 3916, 29 de mayo de 2019
Autoriza la transferencia de recursos y el incremento de la subpartida de Consultores Individuales de Línea a favor del Ministerio de Culturas y Turismo, a fin de coadyuvar con las acciones necesarias para presidir la Secretaría Pro Tempore del Qhapaq Ñan - Sistema Vial Andino.
[BO-DS-N3924] Bolivia: Decreto Supremo Nº 3924, 4 de junio de 2019
Autoriza, en la gestión 2019, la asignación presupuestaria de recursos adicionales a favor de la Asamblea Legislativa Plurinacional destinados a la Cámara de Diputados.
[BO-DS-N3940] Bolivia: Decreto Supremo Nº 3940, 24 de junio de 2019
Autoriza en la gestión 2019, la asignación presupuestaria de recursos adicionales a favor del Ministerio de Educación.
[BO-DS-N3941] Bolivia: Decreto Supremo Nº 3941, 24 de junio de 2019
Autoriza al Ministerio de Desarrollo Rural y Tierras a través del Fondo Nacional de Desarrollo Integral – FONADIN, incrementar la subpartida de Consultoría por Producto para asistencia técnica en proyectos de riego y microriego.
[BO-DS-N3943] Bolivia: Decreto Supremo Nº 3943, 24 de junio de 2019
Autoriza al Ministerio de la Presidencia el incremento de la subpartida de Auditorías Externas para cumplir con los objetivos institucionales programados para la presente gestión.
[BO-DS-N3939] Bolivia: Decreto Supremo Nº 3939, 24 de junio de 2019
Autoriza al Ministerio de Educación, a realizar la donación de veinte (20) Computadoras Portátiles, modelo Classmate Kuaa, a favor de la República del Paraguay en beneficio de las y los estudiantes de la “ESCUELA BÁSICA N° 1609 “ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA”.
[BO-DS-N3942] Bolivia: Decreto Supremo Nº 3942, 24 de junio de 2019
Autoriza la asignación presupuestaria de recursos adicionales a favor del Instituto Nacional de Innovación Agropecuaria y Forestal – INIAF para fortalecimiento institucional.
[BO-DS-N3944] Bolivia: Decreto Supremo Nº 3944, 24 de junio de 2019
Autoriza, en la gestión 2019, la asignación presupuestaria de recursos adicionales en favor del Ministerio de Defensa.
[BO-DS-N3958] Bolivia: Decreto Supremo Nº 3958, 26 de junio de 2019
Autoriza al Ministerio de Gobierno el incremento de la subpartida de Auditorías Externas, para la consultoría “Revalúo Técnico de Activos Fijos del Viceministerio de Defensa Social y Sustancias Controladas”.
[BO-DS-N3967] Bolivia: Decreto Supremo Nº 3967, 5 de julio de 2019
Autoriza, en la gestión 2019, la asignación presupuestaria de recursos adicionales a favor del Ministerio de la Presidencia.
[BO-DS-N3968] Bolivia: Decreto Supremo Nº 3968, 5 de julio de 2019
Autoriza la asignación presupuestaria de recursos adicionales a favor del Servicio de Impuestos Nacionales – SIN para la ejecución de proyectos de desarrollo e infraestructura tecnológica .
[BO-DS-N3965] Bolivia: Decreto Supremo Nº 3965, 5 de julio de 2019
Modifica el Parágrafo I del Artículo 2 del Decreto Supremo Nº 1277, de 30 de junio de 2012, que autoriza al Ministerio de Salud efectuar el pago único de “Viático de Vacunación” a favor de servidores públicos del sector público de salud.
[BO-DS-N3976] Bolivia: Decreto Supremo Nº 3976, 10 de julio de 2019
Autoriza la asignación presupuestaria de recursos adicionales y el incremento de la subpartida de Consultores Individuales de Línea, a favor del Instituto Nacional de Estadística – INE.
[BO-DS-N3988] Bolivia: Decreto Supremo Nº 3988, 25 de julio de 2019
Autoriza al Ministerio de Comunicación, el incremento de la subpartida de Consultorías por Producto para el cumplimiento de los objetivos institucionales de esta Cartera de Estado.
[BO-DS-N3990] Bolivia: Decreto Supremo Nº 3990, 25 de julio de 2019
Autoriza al Centro de Abastecimiento y Suministros – CEASS, el incremento en la gestión 2019 de la subpartida de Consultores Individuales de Línea.
[BO-DS-N3998] Bolivia: Decreto Supremo Nº 3998, 31 de julio de 2019
Autoriza al Instituto Nacional de Innovación Agropecuaria y Forestal – INIAF el incremento de las subpartidas de Consultorías Individuales de Línea y por Producto, para la ejecución del Proyecto “Construcción y Equipamiento de un Centro de Innovación en Café, en el Municipio de Caranavi del departamento de La Paz”.
[BO-DS-N3994] Bolivia: Decreto Supremo Nº 3994, 31 de julio de 2019
Aprueba el incremento salarial para la gestión 2019 a favor de las Empresas Públicas y las empresas en las cuales el Estado tenga mayoría y participación accionaria.
[BO-DS-N3995] Bolivia: Decreto Supremo Nº 3995, 31 de julio de 2019
Autoriza a los Ministerios de Deportes; y de Desarrollo Rural y Tierras en la gestión 2019, el incremento de la subpartida de Auditorías Externas, para realizar auditorías a los proyectos ejecutados con la Unidad de Proyectos Especiales – UPRE, en el marco del Programa “Bolivia Cambia”.
[BO-DS-N3999] Bolivia: Decreto Supremo Nº 3999, 31 de julio de 2019
(DOS MILLONES QUINIENTOS MIL 00/100 BOLIVIANOS), para la ejecución de las tareas de los actos conmemorativos al CXCIV Aniversario de las FF.AA. del Estado y Gran Parada Militar.
[BO-DS-N3996] Bolivia: Decreto Supremo Nº 3996, 31 de julio de 2019
Autoriza a la Administración de Aeropuertos y Servicios Auxiliares a la Navegación Aérea – AASANA el incremento de la subpartida de Consultores Individuales de Línea para fortalecer y dar continuidad a la prestación de servicios aeronáuticos y administración de aeropuertos, en cumplimiento a normativa aeronáutica nacional e internacional.
[BO-DS-N4003] Bolivia: Decreto Supremo Nº 4003, 7 de agosto de 2019
Autoriza a la Autoridad de Fiscalización y Control Social de Bosques y Tierra – ABT el incremento de la subpartida de Consultores Individuales de Línea.
[BO-L-N1206] Bolivia: Ley Nº 1206, 7 de agosto de 2019
LEY DE MODIFICACIONES AL PRESUPUESTO GENERAL DEL ESTADO – GESTIÓN 2019.
[BO-DS-N4004] Bolivia: Decreto Supremo Nº 4004, 7 de agosto de 2019
Autoriza, en la gestión 2019, el incremento de la subpartida de Consultorías por Producto a favor del Ministerio de Hidrocarburos.
[BO-DS-N4013] Bolivia: Decreto Supremo Nº 4013, 15 de agosto de 2019
Autoriza la asignación presupuestaria de recursos adicionales a favor del Ministerio de Planificación del Desarrollo.
[BO-DS-N4015] Bolivia: Decreto Supremo Nº 4015, 21 de agosto de 2019
Autoriza la asignación presupuestaria de recursos adicionales a favor del Tribunal Constitucional Plurinacional.
[BO-DS-N4026] Bolivia: Decreto Supremo Nº 4026, 28 de agosto de 2019
Autoriza al Ministerio de Desarrollo Rural y Tierras a través de la Institución Pública Desconcentrada “SOBERANÍA ALIMENTARIA”, el incremento de la subpartida de Auditorías Externas.
[BO-DS-N4025] Bolivia: Decreto Supremo Nº 4025, 28 de agosto de 2019
Autoriza al Ministerio de Culturas y Turismo el incremento de la subpartida de Auditorías Externas para que se efectúe la auditoría al proyecto “Fortalecimiento del Ministerio de Culturas del Estado Plurinacional de Bolivia”.
[BO-DS-N4036] Bolivia: Decreto Supremo Nº 4036, 11 de septiembre de 2019
Autoriza la asignación presupuestaria de recursos adicionales y el incremento de la subpartida de Consultores Individuales de Línea, a favor del Instituto Nacional de Estadística – INE.
[BO-DS-N4038] Bolivia: Decreto Supremo Nº 4038, 11 de septiembre de 2019
Autoriza en la gestión 2019, el incremento de la subpartida de Consultorías por Producto a favor del Ministerio de Medio Ambiente y Agua.
[BO-DS-N4040] Bolivia: Decreto Supremo Nº 4040, 11 de septiembre de 2019
Establece los mecanismos y autorizaciones para:La suscripción de un Memorándum de Entendimiento referido al Proyecto “Diseño, Construcción, Operación, Mantenimiento y Financiamiento del Aeropuerto Internacional Viru Viru”;b) El proceso de negociación, estructuración y suscripción del Contrato de Alianza Estratégica de Inversión Conjunta para el Proyecto “Diseño, Construcción, Operación, Mantenimiento y Financiamiento del Aeropuerto Internacional Viru Viru”.
[BO-DS-N4042] Bolivia: Decreto Supremo Nº 4042, 18 de septiembre de 2019
Autoriza a la Zona Franca Comercial e Industrial de Cobija – ZOFRACOBIJA el incremento de la subpartida de Consultores Individuales de Línea.
[BO-DS-N4045] Bolivia: Decreto Supremo Nº 4045, 18 de septiembre de 2019
Autoriza la asignación presupuestaria de recursos adicionales a favor de la Agencia de Infraestructura en Salud y Equipamiento Médico – AISEM.
[BO-DS-N4047] Bolivia: Decreto Supremo Nº 4047, 25 de septiembre de 2019
Tiene por objeto autorizar:a) Al Ministerio de Gobierno el incremento de la subpartida de consultorías por producto;b) A la Empresa Estatal de Transporte por Cable “Mi Teleférico”, otorgar un predio en comodato en favor de la Policía Boliviana.
[BO-DS-N4051] Bolivia: Decreto Supremo Nº 4051, 2 de octubre de 2019
Autoriza al Ministerio de Desarrollo Rural y Tierras, al Instituto Nacional de Innovación Agropecuaria y Forestal – INIAF y al Instituto del Seguro Agrario – INSA, incrementar las subpartidas de consultorías para la ejecución del Programa Multisectorial de Fomento a la Producción de Trigo.
[BO-DS-N4056] Bolivia: Decreto Supremo Nº 4056, 9 de octubre de 2019
Autoriza el incremento de la subpartida de Consultores Individuales de Línea, a favor del Instituto Nacional de Estadística.
[BO-DS-N4060] Bolivia: Decreto Supremo Nº 4060, 16 de octubre de 2019
Autoriza al Ministerio de Hidrocarburos el incremento de la subpartida de Auditorías Externas para la auditoría a su Estado de Ejecución Presupuestaria de la gestión 2018.
[BO-DS-N4082] Bolivia: Decreto Supremo Nº 4082, 15 de noviembre de 2019
Autoriza la asignación presupuestaria de recursos adicionales a favor del Ministerio de Defensa para las Fuerzas Armadas.
[BO-DS-N4105] Bolivia: Decreto Supremo Nº 4105, 6 de diciembre de 2019
Incrementa en un cuatro por ciento (4%) el haber básico de la escala salarial vigente de la Empresa Minera Corocoro.
[BO-DS-N4103] Bolivia: Decreto Supremo Nº 4103, 6 de diciembre de 2019
Incrementa en un cuatro por ciento (4%) el haber básico de la escala salarial vigente de la Administración Central de la Corporación Minera de Bolivia – COMIBOL, aplicable de forma lineal.
[BO-DS-N4104] Bolivia: Decreto Supremo Nº 4104, 6 de diciembre de 2019
Modifica el Decreto Supremo Nº 2129, de 24 de septiembre de 2014, que autoriza la asignación de recursos a la Empresa Metalúrgica Vinto, provenientes del “Fondo para la Revolución Industrial Productiva” – FINPRO, para la adquisición de Concentrados de Estaño e Insumos considerado
[BO-DS-N4121] Bolivia: Decreto Supremo Nº 4121, 20 de diciembre de 2019
Autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, a través del Liquidador de los ex Entes Gestores de la Seguridad Social, transferir a título oneroso a favor del Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social, bienes inmuebles.
[BO-L-N1267] Bolivia: Ley del Presupuesto General del Estado Gestión 2020, 20 de diciembre de 2019
LEY DEL PRESUPUESTO GENERAL DEL ESTADO GESTIÓN 2020.
[BO-DS-N4119] Bolivia: Decreto Supremo Nº 4119, 20 de diciembre de 2019
Dispone que los proyectos que se encuentran en ejecución en el marco del Artículo 17 de la Ley N° 1135, de 20 de diciembre de 2018 y de los Decretos Supremos N° 3908, de 22 de mayo de 2019 y N° 4118, de 19 de diciembre de 2019, estarán a cargo del Fondo Nacional de Inversión Productiva y Social – FPS.
[BO-DS-N4118] Bolivia: Decreto Supremo Nº 4118, 20 de diciembre de 2019
Reglamenta el Artículo 3 de la Ley N° 1099, de 17 de septiembre de 2018.
[BO-DS-N4126] Bolivia: Decreto Supremo Nº 4126, 3 de enero de 2020
Reglamenta la aplicación de la Ley N° 1267, de 20 de diciembre de 2019, del Presupuesto General del Estado Gestión 2020
[BO-DS-N4151] Bolivia: Decreto Supremo Nº 4151, 13 de febrero de 2020
Autoriza la asignación presupuestaria de recursos adicionales a favor del Ministerio de Economía y Finanzas Públicas.
[BO-DS-N4207] Bolivia: Decreto Supremo Nº 4207, 1 de abril de 2020
Difiere el pago de las cuotas correspondientes a los créditos otorgados con recursos provenientes del “Fondo para la Revolución Industrial Productiva” – FINPRO, creado mediante Ley N° 232, de 9 de abril de 2012.
[BO-DS-N4269] Bolivia: Decreto Supremo Nº 4269, 15 de junio de 2020
Modifica los Parágrafos I y II del Artículo 2 del Decreto Supremo N° 4207, de 1 de abril de 2020.
[BO-DS-N4284] Bolivia: Decreto Supremo Nº 4284, 15 de julio de 2020
Aprueba los Estados Financieros del Órgano Ejecutivo del Estado Plurinacional de la gestión 2019, que comprenden la agregación de la ejecución presupuestaria, tesorería y contabilidad de los Ministerios de Estado, sus desconcentradas y otras unidades que conforman el Órgano Ejecutivo, lo cual no deslinda la responsabilidad por la administración directa realizada por sus Máximas Autoridades Ejecutivas.
[BO-L-N1356] Bolivia: Ley del Presupuesto General del Estado Gestión 2021, 28 de diciembre de 2020
LEY DEL PRESUPUESTO GENERAL DEL ESTADO GESTIÓN 2021.
[BO-DS-N4434] Bolivia: Decreto Supremo Nº 4434, 30 de diciembre de 2020
Reglamenta la aplicación de la Ley N° 1356, de 28 de diciembre de 2020, del Presupuesto General del Estado Gestión 2021.
[BO-L-N1393] Bolivia: Ley de modificaciones al Presupuesto General del Estado - Gestión 2021, 13 de septiembre de 2021
LEY DE MODIFICACIONES AL PRESUPUESTO GENERAL DEL ESTADO – GESTIÓN 2021.
[BO-L-N1413] Bolivia: Ley Nº 1413, 17 de diciembre de 2021
LEY DEL PRESUPUESTO GENERAL DEL ESTADO GESTIÓN 2022.
[BO-DS-N4646] Bolivia: Decreto Supremo Nº 4646, 29 de diciembre de 2021
Reglamenta la aplicación de la Ley N° 1413, de 17 de diciembre de 2021, del Presupuesto General del Estado Gestión 2022.
[BO-L-N1493] Bolivia: Ley Nº 1493, 17 de diciembre de 2022
Aprueba el Presupuesto General del Estado - PGE del sector público para la Gestión Fiscal 2023, y otras disposiciones específicas para la administración de las finanzas públicas.
[BO-DS-N4848] Bolivia: Decreto Supremo Nº 4848, 29 de diciembre de 2022
Reglamenta la aplicación de la Ley Nº 1493, de 17 de diciembre de 2022, del Presupuesto General del Estado Gestión 2023.

Derogada por

[BO-L-N1462] Bolivia: Ley Nº 1462, 9 de septiembre de 2022
Aprueba las modificaciones al Presupuesto General del Estado - Gestión 2022, para las entidades del sector público, y establece otras disposiciones financieras específicas para su aplicación.

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