Bolivia: Ley Nº 3906, 4 de julio de 2008

LEY DE 4 DE JULIO DE 2008
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
DECRETA:

Artículo Único.- De conformidad con lo establecido en el artículo 59, atribución 5ª de la Constitución Política del Estado, apruébase el “Convenio de Crédito Nº 4366 - BO, suscrito entre la República de Bolivia y la Asociación Internacional de Fomento (AIF) - Banco Mundial el 11 de febrero de 2008, por la suma de hasta DEGs 9.800.000 (Nueve Millones novecientos mil Derechos Especiales de Giro), destinados a financiar el “Proyecto Tierras para el Desarrollo Agrícola”.


Remítase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.
Es dado en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los dieciocho días del mes de junio de dos mil ocho años.
Fdo. Oscar Ortiz Antelo, Edmundo Novillo Aguilar, Fernándo Rodríguez Calvo, Fredy Omar Fernández Quiroga, Heriberto Lázaro Barcaya, Raúl Pardo Burgos.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los cuatro días del mes de julio de dos mil ocho años.
Fdo. EVO MORALES AYMA, Juan Ramón Quintana Taborga, Walker San Miguel Rodríguez, Susana Rivero Guzmán.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Ley Nº 3906, 4 de julio de 2008
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoL
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioAprueba el Convenio de Crédito N° 4366 - BO, suscrito entre la República de Bolivia y la Asociación Internacional de Fomento (AIF) - Banco Mundial el 11 de febrero de 2008, por la suma de hasta DEGs 9.800.000, destinados a financiar el "Proyecto Tierras para el Desarrollo Agrícola"
KeywordsLey, julio/2008
Origenhttp://www.vicepresidencia.gob.bo/Inicio/tabid/36/ctl/wsqverbusqueda/mid/435/Default.aspx?id_base=2&id_busca=3906
Referencias0001-4031.lexml
CreadorFdo. Oscar Ortiz Antelo, Edmundo Novillo Aguilar, Fernándo Rodríguez Calvo, Fredy Omar Fernández Quiroga, Heriberto Lázaro Barcaya, Raúl Pardo Burgos. Fdo. EVO MORALES AYMA, Juan Ramón Quintana Taborga, Walker San Miguel Rodríguez, Susana Rivero Guzmán.
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

Enlaces con otros documentos

Véase también

[BO-CPE-20040413] Bolivia: Constitución Política del Estado de 2004, 13 de abril de 2004
Constitución Política del Estado de 2004

Referencias a esta norma

[BO-DS-N795] Bolivia: Decreto Supremo Nº 795, 16 de febrero de 2011
Modifica el Decreto Supremo Nº 28160, a fin de otorgar una mayor atención a las demandas o solicitudes de organizaciones sociales, contribuyendo al acceso a tierras y a la reducción de las desigualdades de acceso a los recursos productivos.

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