Bolivia: Ley Nº 3479, 22 de septiembre de 2006

EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
El HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
DECRETA:

Artículo 1°.- Declárase “Monumento Arqueológico Nacional” a los sitios arqueológicos incaicos de Cotapachi Central, Kharalaus Pampa, Jahuintiri, ubicados en el Municipio de Quillacollo; Kenamari en el Municipio de Colcapirhua; e Incarracay en el Municipio de Sipe Sipe de la Provincia Quillacollo del Departamento de Cochabamba.

Artículo 2°.- El Poder Ejecutivo, a través de los Viceministerios de Desarrollo de Culturas y Turismo, la Prefectura de Cochabamba y los Gobiernos Municipales respectivos, en coordinación con el Instituto de Investigaciones Antropológicas y el Museo de la Universidad Mayor de San Simón, quedan encargados de la protección y conservación de los sitios arqueológicos incaicos.

Artículo 3°.- Se constituye el Comité impulsor para la elaboración y ejecución del “Proyecto Integral Arqueológico Ecológico y Turístico Subregional del Valle Bajo de Cochabamba”, integrado por: - Un representante del Viceministerio de Desarrollo de Culturas y de Turismo. - Un representante de la Prefectura de Cochabamba. - Un representante de los Gobiernos Municipales respectivos. - Un representante del Instituto Antropológico y Museo de la Universidad Mayor de San Simón. - Un representante de la Sociedad de Geografia, Historia y Arqueología de Quillacollo. Un representante del Colegio de Arquitectos de Quillacollo. - Un representante de las Centrales Campesinas de cada Municipio. - Un representante de la Iglesia Católica, y - Un representante de la Séptima División, con sus unidades acantonadas en Cotapachi Quillacollo.


Remítase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los siete días del mes de septiembre de dos mil seis años.
Fdo. Roger Pinto Molina Presidente en Ejercicio H. Senado Nacional, Edmundo Novillo Aguilar, Jorge Aguilera Bejarano, Félix Rojas Gutiérrez, Oscar Chirinos Alanoca, Alex Cerrogrande Acarapi.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintidós días del mes de septiembre de dos mil seis años.
Fdo. EVO MORALES AYMA, Juan Ramón Quintana Taborga, Celinda Sosa Lunda, Félix Patzi Paco.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Ley Nº 3479, 22 de septiembre de 2006
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoL
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioDeclárase "Monumento Arqueológico Nacional" a los sitios arqueológicos incaicos de Cotapachi Central, Kharalaus Pampa, Jahuintiri, ubicados en el Municipio de Quillacollo; Kenamari en el Municipio de Colcapirhua; e Incarracay en el Municipio de Sipe Sipe de la Provincia Quillácollo del Departamento, de Cochabamba
KeywordsLey, septiembre/2006
Origenhttp://www.vicepresidencia.gob.bo/Inicio/tabid/36/ctl/wsqverbusqueda/mid/435/Default.aspx?id_base=2&id_busca=3479
Referencias0001-4031.lexml
CreadorFdo. Roger Pinto Molina Presidente en Ejercicio H. Senado Nacional, Edmundo Novillo Aguilar, Jorge Aguilera Bejarano, Félix Rojas Gutiérrez, Oscar Chirinos Alanoca, Alex Cerrogrande Acarapi. Fdo. EVO MORALES AYMA, Juan Ramón Quintana Taborga, Celinda Sosa Lunda, Félix Patzi Paco.
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

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Referencias a esta norma

[BO-L-N295] Bolivia: Ley Nº 295, 5 de octubre de 2012
Declara Patrimonio Histórico y Cultural del Estado Plurinacional de Bolivia a las Ruinas de Inka Raqay, declaradas Monumento Arqueológico Nacional por Ley N° 3479 de 22 de septiembre del 2006, y al conjunto arqueológico de las ruinas de Inka Raqay, pertenecientes a la Cultura Quechua, ubicadas en la Comunidad Sindicato Agrario Linku, del Municipio de Sipe Sipe del Departamento de Cochabamba.

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