Bolivia: Ley Nº 3451, 21 de julio de 2006

SANTOS RAMIREZ VALVERDE
PRESIDENTE INTERINO DE LA REPÚBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
El HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
DECRETA:

Artículo 1°.- Declárase al “Charango”, Patrimonio Cultural de Bolivia, como instrumento de Origen Nacional, que tiene a Potosí como “Cuna del Charango”.

Artículo 2°.- Declárase “Día Nacional del Charango”, el 15 de enero de cada ano, en honor al nacimiento de don Mauro Núñez Cáceres, mentor y maestro del Charango:

Artículo 3°.- Declárase “Día Internacional del Charango” el 6 de abril de cada año, en conmemoración a la fundación de la Sociedad Boliviana del Charango (SBC) en el ano 1973.


Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los veinticinco días del mes de julio de dos mil seis años.
Fdo. Roger Pinto Molina Presidente en Ejercicio H. Senado Nacional, Edmundo Novillo Aguilar, Ricardo Alberto Díaz, Félix Rojas Gutiérrez, Oscar Chirinos Alanoca, Alex Cerrogrande Acarapi.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintisiete días del mes de julio de dos mil seis años.
Fdo. EVO MORALES AYMA, David Choquehuanca Céspedes, Juan Ramón Quintana Taborga.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Ley Nº 3451, 21 de julio de 2006
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoL
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioDeclárase al "Charango", Patrimonio Cultural de Bolivia, como instrumento de Origen Nacional., que tiene a Potosí como Cuna del Charango
KeywordsLey, julio/2006
Origenhttp://www.vicepresidencia.gob.bo/Inicio/tabid/36/ctl/wsqverbusqueda/mid/435/Default.aspx?id_base=2&id_busca=3451
Referencias0001-4031.lexml
CreadorFdo. Roger Pinto Molina Presidente en Ejercicio H. Senado Nacional, Edmundo Novillo Aguilar, Ricardo Alberto Díaz, Félix Rojas Gutiérrez, Oscar Chirinos Alanoca, Alex Cerrogrande Acarapi. Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República. Fdo. EVO MORALES AYMA, David Choquehuanca Céspedes, Juan Ramón Quintana Taborga.
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

Enlaces con otros documentos

Referencias a esta norma

[BO-L-N1301] Bolivia: Ley integral de protección, promoción y difusión del charango patrimonio cultural de Bolivia, 17 de junio de 2020
LEY INTEGRAL DE PROTECCIÓN, PROMOCIÓN Y DIFUSIÓN DEL CHARANGO PATRIMONIO CULTURAL DE BOLIVIA.
[BO-DS-N4858] Bolivia: Decreto Supremo Nº 4858, 11 de enero de 2023
Con la finalidad de generar e implementar mecanismos para la protección, promoción y difusión del Charango o Ch’ajwaku, el presente Decreto Supremo tiene por objeto reglamentar la Ley Nº 1301, de 17 de junio de 2020, Integral de Protección, Promoción y Difusión del Charango Patrimonio Cultural de Bolivia.

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