Bolivia: Ley Nº 3085, 23 de junio de 2005

EDUARDO RODRIGUEZ VELTZE
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:
El HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
DECRETA:

Artículo 1°.- Declárase de prioridad y necesidad nacional, el desarrollo agropecuario y agroindustrial para mejorar la producción agrícola intensiva, pecuaria y forestal del Departamento de Chuquisaca.

Artículo 2°.- Encomiéndase al Poder Ejecutivo la elaboración de un Plan de emergencia de Desarrollo Regional agropecuario y agroindustrial, con identificación de Proyectos de Infraestructura y de Producción prioritarios para el Departamento de Chuquisaca.

Artículo 3°.- Se recomienda al Poder Ejecutivo gestionar financiamiento de fuente interna o externa, destinados al desarrollo agropecuario y agroindustrial del Departamento de Chuquisaca.


Remítase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los diecinueve días del mes de mayo de dos mil cinco años.
Sen. Mario Diego Justiniano Aponte Dr. Mario Cossío Cortez
PRESIDENTE EN EJERCICIO PRESIDENTE
HONORABLE SENADO NACIONAL HONORABLE CAMARA DE DIPUTADOS
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintitres días del mes de junio de dos mil cinco años

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Ley Nº 3085, 23 de junio de 2005
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoL
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioDeclárase de prioridad y necesidad nacional, el desarrollo agropecuario y agroindustrial para mejorar la producción agrícola intensiva, pecuaria y forestal del Departamento, de Chuquisaca
KeywordsLey, junio/2005
Origenhttp://www.vicepresidencia.gob.bo/Inicio/tabid/36/ctl/wsqverbusqueda/mid/435/Default.aspx?id_base=2&id_busca=3085
Referencias0001-4031.lexml
Creador
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

Enlaces con otros documentos

Referencias a esta norma

[BO-L-N380] Bolivia: Ley Nº 380, 17 de mayo de 2013
Aprueba el CONTRATO DE SERVICIOS PETROLEROS PARA LA EXPLORACIÓN Y EXPLOTACIÓN DE ÁREAS RESERVADAS, A FAVOR DE YPFB, CORRESPONDIENTE AL ÁREA SANANDITA, ubicado en el Departamento de Tarija, suscrito en fecha 1 de octubre de 2012, entre Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos - YPFB y la empresa EASTERN PETROLEUM & GAS S.A.

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