Bolivia: Ley Nº 3074, 20 de junio de 2005

EDUARDO RODRIGUEZ VELTZE
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:
El HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
DECRETA:

Artículo Único.- De conformidad con el Artículo 59, atribución 5º, de la Constitución Política del Estado, apruébase el Contrato de Préstamo suscrito entre la República de Bolivia y la Corporación Andina de Fomento, por la suma de hasta TREINTA Y DOS MILLONES DOSCIENTOS MIL 00/100 DOLARES AMERICANOS ($us. 32.200.000.-), destinado a financiar el Proyecto de Línea de Transmisión Eléctrica Caranavi - Trinidad.


Remítase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los dieciséis días del mes de junio de dos mil cinco años.
Dr. Hormando Vaca Díez Vaca Díez Dr. Mario Cossío Cortez
PRESIDENTE PRESIDENTE
HONORABLE SENADO NACIONAL HONORABLE CAMARA DE DIPUTADOS
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veinte días del mes de junio de dos mil cinco años

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Ley Nº 3074, 20 de junio de 2005
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoL
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioApruébase el Contrato de Préstamo suscrito con la CAF, por Sus. 32.200.000.- (Proyecto de Línea de Transmisión Eléctrica Caranavi - Trinidad)
KeywordsLey, junio/2005
Origenhttp://www.vicepresidencia.gob.bo/Inicio/tabid/36/ctl/wsqverbusqueda/mid/435/Default.aspx?id_base=2&id_busca=3074
Referencias0001-4031.lexml
Creador
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

Enlaces con otros documentos

Véase también

[BO-CPE-20040413] Bolivia: Constitución Política del Estado de 2004, 13 de abril de 2004
Constitución Política del Estado de 2004

Referencias a esta norma

[BO-DS-28391] Bolivia: Decreto Supremo Nº 28391, 6 de octubre de 2005
Se autoriza a la Empresa Nacional de Electricidad - ENDE iniciar la convocatoria pública nacional e internacional del proyecto “Línea de Transmisión Eléctrica Caranavi - Trinidad”.
[BO-DS-28687] Bolivia: Decreto Supremo Nº 28687, 24 de abril de 2006
Establecer el procedimiento para llevar adelante el Proyecto de la Línea de Transmisión Eléctrica Caranavi - Trinidad.
[BO-DS-28902] Bolivia: Decreto Supremo Nº 28902, 1 de noviembre de 2006
Modificar y ampliar el Decreto Supremo Nº 28687 de 24 /04/ 2006, a fin de proceder a la ejecución inmediata del Proyecto de Línea de Transmisión Eléctrica Caranavi - Trinidad.
[BO-DS-29457] Bolivia: Decreto Supremo Nº 29457, 27 de febrero de 2008
Autoriza al Ministerio de Hidrocarburos y Energía, incrementar la subpartida 25220 “Consultoría en Línea” en el presupuesto del Viceministerio de Electricidad y Energías Alternativas, por Bs186.000.- (CIENTO OCHENTA Y SEIS MIL 00/100 BOLIVIANOS) a través de la inscripción de recursos externos provenientes del Contrato de Préstamo CFA - 3177, suscrito entre la República de Bolivia y la Corporación Andina de Fomento, refrendado por Ley Nº 3074 de 20 de junio de 2005, para financiar consultorías de línea del Proyecto de Línea Transmisión Eléctrica Caranavi - Trinidad.
[BO-DS-N36] Bolivia: Decreto Supremo Nº 36, 11 de marzo de 2009
Autoriza al Ministro de Planificación del Desarrollo e indistintamente al Embajador de Bolivia en la República de Austria, a suscribir con The Opec Fund for International Development - OFID, en nombre y representación del Gobierno de Bolivia, el Contrato de Préstamo por un monto de hasta $us.15.000.000, destinados ha apoyar el financiamiento de las obras de complementación para la distribución eléctrica del Proyecto de Línea de Transmisión Eléctrica Caranavi - Trinidad.
[BO-DS-N488] Bolivia: Decreto Supremo Nº 488, 28 de abril de 2010
Establece los mecanismos para la incorporación al Sistema Troncal de Interconexión - STI de las líneas Kenko-Chuquiaguillo, Chuquiaguillo-Caranavi y Caranavi-Trinidad.

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