Bolivia: Ley Nº 2904, 18 de noviembre de 2004

CARLOS D. MESA GISBERT
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
El HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
DECRETA:

Artículo 1°.- Se declara de prioridad nacional el desarrollo integral de los Ayllus Pacificados que comprende a los Ayllus Laime, Puraka y Jukumani del Municipio de Uncia Provincia Bustillo Distrito Indigena Q'ampaya del Ayllu Pocoata del Municipio de Pocoata de la Provincia Chayanta del Departamento de Potosí, Qaqachaka Norte Condo, K'ulla del Municipio de Challapata y Ayllus de Challapata de la Provincia Avaroa del Departamento de Oruro, constituidos en Distritos Indigenas de los Ayllus en Paz.

Artículo 2°.- Se autoriza al Poder Ejecutivo a través de las instancias competentes conjuntamente las Prefecturas Departamentales de Potosí y Oruro y los Muncipios involucrados gestionar el financiamiento interno y externo para la ejecución del Plan Integral de Desarrollo de los Ayllus en Paz.

Artículo 3°.- El Poder Ejecutivo, a partir de la promulgación de la presente Ley, en un plazo de 60 días elaborará la reglamentación correspondiente.


Remítase al Poder Ejecutivo para fines constitucionales
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional a los diecisiete días del mes de noviembre de dos mil cuatro años.
Dr. Hormando Vaca Diez Vaca Diez
PRESIDENTE
HONORABLE CONGRESO NACIONAL
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los dieciocho días del mes de noviembre de dos mil cuatro años.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Ley Nº 2904, 18 de noviembre de 2004
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoL
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioDeclárese de prioridad nacional el desarrollo integral de los ayllus pacificados del norte de Potosí y Oruro
KeywordsLey, noviembre/2004
Origenhttp://www.vicepresidencia.gob.bo/Inicio/tabid/36/ctl/wsqverbusqueda/mid/435/Default.aspx?id_base=2&id_busca=2904
Referencias0001-4031.lexml
Creador
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

Enlaces con otros documentos

Referencias a esta norma

[BO-DS-28093] Bolivia: Decreto Supremo Nº 28093, 22 de abril de 2005
Reglamentar la Ley Nº 2904 del 18 /11/ 2004, que declara de prioridad nacional el desarrollo integral de los Ayllus Pacificados de los Departamentos de Oruro y Potosí.
[BO-DS-28976] Bolivia: Decreto Supremo Nº 28976, 20 de diciembre de 2006
Se modifica el Artículo 7 del Decreto Supremo Nº 28093 de 22 /04/ 2005 (Plan Estratégico Integral de Desarrollo de los Ayllus en Paz)
[BO-DS-N602] Bolivia: Decreto Supremo Nº 602, 18 de agosto de 2010
Modifica el Decreto Supremo N° 28093, de 22 de abril de 2005.
[BO-L-N99] Bolivia: Ley Nº 99, 31 de marzo de 2011
Modifica la Ley N° 2904 de 18 de noviembre de 2004 en sus artículos 1, 2 y 3.

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