Bolivia: Ley Nº 2711, 28 de mayo de 2004

HORMANDO VACA DIEZ VACA DIEZ
PRESIDENTE INTERINO DE LA REPÚBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
El HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
DECRETA:

Artículo 1°.- De conformidad con el Artículo 59°, atribución 5a, de la Constitución Política del Estado, apruébase el Convenio Marco sobre el Crédito Preferencial que China otorga a Bolivia, suscrito entre la República de Bolivia y el Gobierno de la República Popular China, el 26 de febrero de 2004, en la ciudad de La Paz, por la suma no superior a DOSCIENTOS CINCUENTA MILLONES DE YUANES DE R.M.B., (250.000.000.- Yuanes), destinados a financiar la adquisición de equipos y maquinarias desde China.


Remítase al Poder Ejecutivo, para fines Constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los doce días del mes de mayo de dos mil cuatro años.
Fdo. Hormando Vaca Diez Vaca Diez, Oscar Arrien Sandoval, Enrique Urquidi Hodgkinson, Marcelo Aramayo P., Roberto Fernández Orosco, Fernando Rodríguez Calvo.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintiocho días del mes de mayo de dos mil cuatro años.
Fdo. HORMANDO VACA DIEZ VACA DIEZ PRESIDENTE INTERINO DE LA REPÚBLICA, José Antonio Galindo Neder, Javier Gonzalo Cuevas Argote.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Ley Nº 2711, 28 de mayo de 2004
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoL
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioApruébase el Convenio Marco sobre el Crédito Preferencial, suscrito con el Gobierno de la República Popular China, por 250.000.000.- Yuanes, destinados a financiar la adquisición de equipos y maquinarias desde China
KeywordsLey, mayo/2004
Origenhttp://www.vicepresidencia.gob.bo/Inicio/tabid/36/ctl/wsqverbusqueda/mid/435/Default.aspx?id_base=2&id_busca=2711
Referencias0001-4031.lexml
CreadorFdo. Hormando Vaca Diez Vaca Diez, Oscar Arrien Sandoval, Enrique Urquidi Hodgkinson, Marcelo Aramayo P., Roberto Fernández Orosco, Fernando Rodríguez Calvo. Fdo. HORMANDO VACA DIEZ VACA DIEZ PRESIDENTE INTERINO DE LA REPÚBLICA, José Antonio Galindo Neder, Javier Gonzalo Cuevas Argote.
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Enlaces con otros documentos

Véase también

[BO-CPE-20040413] Bolivia: Constitución Política del Estado de 2004, 13 de abril de 2004
Constitución Política del Estado de 2004

Referencias a esta norma

[BO-DS-28098] Bolivia: Decreto Supremo Nº 28098, 22 de abril de 2005
Autorizar al TGN, la constitución de un fideicomiso en el FONDESIF, con recursos del Crédito Concesional suscrito con el EXIMBANK de la República Popular de China, por un importe de 44.000.000 de Yuanes RMB (Programa crediticio de compra de tractores).
[BO-DS-28449] Bolivia: Decreto Supremo Nº 28449, 24 de noviembre de 2005
Instruir al FONDESIF, por imposibilidad sobreviniente, resolver los Contratos de Fideicomisos suscritos entre el FONDESIF y la Cooperativa de Trabajadores Petroleros del Oriente - TRAPETROL Ltda.
[BO-DS-28560] Bolivia: Decreto Supremo Nº 28560, 22 de diciembre de 2005
Reglamentar el Artículo 60 de la Ley de Hidrocarburos en lo referente a la importación definitiva de bienes, materiales de construcción de ductos y tuberías para establecer instalaciones de Gas Domiciliario, y del parque automotor GNC para uso vehicular.
[BO-DS-28537] Bolivia: Decreto Supremo Nº 28537, 22 de diciembre de 2005
Realizar ampliaciones, modificaciones y reglamentar el Programa Crediticio para la Mecanización del Agro - PCMA, en cada uno de los nueve departamentos de Bolivia.

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