Bolivia: Ley Nº 2362, 7 de mayo de 2002

JORGE QUIROGA RAMIREZ
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
DECRETA:

Artículo Único.- De conformidad con la atribución conferida por el Artículo 59º, numeral 12º, de la Constitución Política del Estado, se aprueban las “Actas de la Unión Postal Universal” (UPU), suscritas el 15 de septiembre de 1999, en el XXII Congreso de Beijing.


Remítase al Poder Ejecutivo para fines constitucionales.
Es dado en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los veinticinco días del mes de abril de dos mil dos años.
Fdo. Enrique Toro Tejada, Luis Angel Vásquez Villamor, Wilson Lora Espada, Félix Alanoca Gonzáles, Fernando Rodríguez Calvo, Juan Huanca Colque.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los siete días del mes de mayo de dos mil dos años.
FDO. JORGE QUIROGA RAMIREZ, Gustavo Fernández Saavedra,. Alberto Leytón Avilés, Carlos Kempff Bruno.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Ley Nº 2362, 7 de mayo de 2002
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoL
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioSe aprueban las "Actas de la Unión Postal Universal" (UPU)
KeywordsLey, mayo/2002
Origenhttp://www.vicepresidencia.gob.bo/Inicio/tabid/36/ctl/wsqverbusqueda/mid/435/Default.aspx?id_base=2&id_busca=2362
Referencias0001-4031.lexml
CreadorFdo. Enrique Toro Tejada, Luis Angel Vásquez Villamor, Wilson Lora Espada, Félix Alanoca Gonzáles, Fernando Rodríguez Calvo, Juan Huanca Colque. FDO. JORGE QUIROGA RAMIREZ, Gustavo Fernández Saavedra,. Alberto Leytón Avilés, Carlos Kempff Bruno.
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

Enlaces con otros documentos

Véase también

[BO-CPE-19940812] Bolivia: Constitución política de 1994, 12 de agosto de 1994
Constitución política de 1967 con reformas de 1994

Referencias a esta norma

[BO-DS-29799] Bolivia: Decreto Supremo Nº 29799, 19 de noviembre de 2008
Reglamenta las normas para el funcionamiento de las empresas de servicio expreso, mensajería y transporte de envíos de correspondencia, en el marco del Decreto Supremo Nº 22616 de 8 de octubre de 1990, elevado a rango de Ley Nº 1424 de 29 de enero de 1993; a través de las instituciones facultadas por Ley.

Nota importante

Lexivox ofrece esta publicación de normas como una ayuda para facilitar su identificación en la búsqueda conceptual vía WEB.

El presente documento, de ninguna manera puede ser utilizado como una referencia legal, ya que dicha atribución corresponde a la Gaceta Oficial de Bolivia.

Lexivox procura mantener el texto original de la norma; sin embargo, si encuentra modificaciones o alteraciones con respecto al texto original, sírvase comunicarnos para corregirlas y lograr una mayor perfección en nuestras publicaciones.

Toda sugerencia para mejorar el contenido de la norma, en cuanto a fidelidad con el original, etiquetas, metainformación, gráficos o prestaciones del sistema, estamos interesados en conocerla e implementarla.

La progresiva mejora en la calidad de Lexivox, es un asunto de la comunidad. Los resultados, son de uso y beneficio de la comunidad.

LexiVox es un Sistema Web de Información desarrollado utilizando herramientas y aplicaciones de software libre, por Devenet SRL en el Estado Plurinacional de Bolivia.