Bolivia: Ley Nº 1237, 18 de febrero de 1991

JAIME PAZ ZAMORA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
El HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
DECRETA:

Artículo 1°.- Se declara de necesidad y utilidad pública la construcción del embovedado del río Choqueyapu en el sector sur de la ciudad de La Paz, en el tramo comprendido entre los puentes Gruta de la Virgen (próximo a San Jorge) y de Aranjuez.

Artículo 2°.- Se autoriza al Poder Ejecutivo gestionar financiamiento externo y/o interno para la construcción de la anterior obra.


Pase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del H. Congreso Nacional, a los siete días del mes de febrero de mil novecientos noventa y un años.
Fdo. H. Gonzalo Valda Cárdenas, Presidente H. Senado Nacional - H. Fernando Kieffer Guzmán, Presidente H. Cámara de Diputados - H. José Taboada Calderón de la Barca, Senador Secretario H. Senado Nacional - H. José Luis Carvajal Palma, Senador Secretario H. Senado Nacional - H. Luis Morgan López Baspineiro, Diputado Secretario - H. Armando De la Parra Soria, Diputado Secretario
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los dieciocho días del mes de febrero de mil novecientos noventa y un años.
Fdo. JAIME PAZ ZAMORA, Enrique García Rodríguez, Ministro de Planeamiento y Coordinación - Sra. Elena Velasco de Urresti, Ministro de Asuntos Urbanos

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Ley Nº 1237, 18 de febrero de 1991
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoL
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioSe declara de utilidad pública la construcción del embovedado del río Choqueyapu en el sector sur de la ciudad de La Paz
KeywordsLey, febrero/1991
Origenhttp://www.vicepresidencia.gob.bo/Inicio/tabid/36/ctl/wsqverbusqueda/mid/435/Default.aspx?id_base=2&id_busca=1237
Referencias0001-4031.lexml
CreadorFdo. H. Gonzalo Valda Cárdenas, Presidente H. Senado Nacional - H. Fernando Kieffer Guzmán, Presidente H. Cámara de Diputados - H. José Taboada Calderón de la Barca, Senador Secretario H. Senado Nacional - H. José Luis Carvajal Palma, Senador Secretario H. Senado Nacional - H. Luis Morgan López Baspineiro, Diputado Secretario - H. Armando De la Parra Soria, Diputado Secretario Fdo. JAIME PAZ ZAMORA, Enrique García Rodríguez, Ministro de Planeamiento y Coordinación - Sra. Elena Velasco de Urresti, Ministro de Asuntos Urbanos
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

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Referencias a esta norma

[BO-L-N1237] Bolivia: Ley Nº 1237, 4 de octubre de 2019
Aprueba la transferencia, a título gratuito, de un lote de terreno con una superficie total de 11.370,60 metros cuadrados (m²), de propiedad del Gobierno Autónomo Municipal de Oruro, ubicado en el Distrito Municipal Nº 3, Zona Este, Avenida c11 – Vía Local v3, entre Vía Local v5 y Vía Colectora 3, del Municipio de Oruro, Provincia de Cercado del Departamento de Oruro; a favor de la Caja Nacional de Salud, con destino exclusivo para la ejecución de la infraestructura del “Instituto Nacional de Silicosis Oruro”.

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