Bolivia: Decreto Supremo Nº 326, 9 de octubre de 2009

Decreto Supremo Nº 0326
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

CONSIDERANDO:

  • Que el Artículo 16 de la Constitución Política del Estado, establece que el Estado tiene la obligación de garantizar la seguridad alimentaria, a través de una alimentación sana, adecuada y suficiente para toda la población.
  • Que el Plan Nacional de Desarrollo “Bolivia Digna, Soberana, Productiva y Democrática para Vivir Bien” aprobado por Decreto Supremo Nº 29272, de 12 de septiembre de 2007, determina como prioridad del Estado la Seguridad y Soberanía Alimentaria del País.
  • Que el Artículo 39 del Presupuesto General de la Nación - Gestión 2009, aprobado por fuerza de Ley por expresa disposición del Artículo 147 de la Constitución Política del Estado vigente hasta el 6 de febrero de 2009, autoriza al Poder Ejecutivo a aplicar políticas de subvención en caso de emergencias y desabastecimiento de alimentos, a ser reglamentada por Decreto Supremo.
  • Que el Decreto Supremo Nº 0255, de 19 de agosto de 2009, aprueba la política de subvención a la producción y comercialización de productos agropecuarios y sus derivados, a precio justo, a ser implementada a través de la Empresa de Apoyo a la Producción de Alimentos - EMAPA.
  • Que corresponde al Gobierno del Estado Plurinacional de Bolivia, comprometido con el apoyo a la producción boliviana, con el derecho a la alimentación, la seguridad y soberanía alimentaria y con la promoción e incentivo del consumo de la producción nacional de productos perecederos, definir los mecanismos a través de los cuales se aplicará la política de subvención a la producción y comercialización de productos agropecuarios y sus derivados, a precio justo.
  • Que corresponde a EMAPA apoyar a los sectores de la cadena productiva de alimentos, y a la producción agropecuaria y agroindustrial, así como, contribuir a la estabilización del mercadeo interno de productos agropecuarios y agroindustriales, y a la comercialización de la producción del agricultor en el mercado interno y externo.

EN CONSEJO DE MINISTROS,

DECRETA:

Artículo Único.- El presente Decreto Supremo, tiene por objeto modificar el inciso c) del Artículo 4 del Decreto Supremo Nº 0255, de 19 de agosto de 2009, con el siguiente texto:

“c) El precio de comercialización será el resultado de la eliminación de la participación porcentual de las distorsiones del mercado producidas por el proceso de la intermediación especulativa. EMAPA definirá los precios de comercialización, en base a una banda de precios que tiene como límites: el precio de costo de EMAPA y hasta diez por ciento (10%) menos del precio de mercado ponderado por ciudad o centro poblado donde comercialice sus productos. El precio de mercado ponderado será establecido a través de información disponible generada por el Instituto Nacional de Estadística - INE, el Sistema de Información y Seguimiento de los Productos Agropecuarios en los Mercados - SISPAM o por la Empresa de Apoyo a la Producción de Alimentos - EMAPA, de acuerdo a la característica del producto a ser comercializado por EMAPA.”


Los señores Ministros de Estado, en los Despachos de Planificación del Desarrollo, de Desarrollo Productivo y Economía Plural, y de Desarrollo Rural y Tierras, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los nueve días del mes de octubre del año dos mil nueve.
Fdo. EVO MORALES AYMA, David Choquehuanca Céspedes, Juan Ramón Quintana Taborga, Nardi Suxo Iturry, Carlos Romero Bonifaz, Alfredo Octavio Rada Vélez, Walker Sixto San Miguel Rodríguez, María Cecilia Rocabado Tubert, Luís Alberto Arce Catacora, Oscar Coca Antezana, Patricia Alejandra Ballivián Estenssoro, Walter Juvenal Delgadillo Terceros, MINISTRO DE OO. PP. SERVICIOS Y VIVIENDA E INTERINO DE PLANIFICACION DEL DESARROLLO, Luís Alberto Echazú Alvarado, Celima Torrico Rojas, Calixto Chipana Callisaya, René Gonzalo Orellana Halkyer, Jorge Ramiro Tapia Saenz, Roberto Iván Aguilar Gómez, Julia D. Ramos Sánchez, Pablo Groux Canedo.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Decreto Supremo Nº 326, 9 de octubre de 2009
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoDS
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioModifica el inciso c) del artículo 4 del Decreto Supremo Nº 0225, de 19 de agosto de 2009.
KeywordsGaceta 68NEC, 2009-10-09, Decreto Supremo, octubre/2009
Origenhttp://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/27706
ReferenciasGaceta 68NEC,2009-10-09, ncpe.lexml
CreadorFdo. EVO MORALES AYMA, David Choquehuanca Céspedes, Juan Ramón Quintana Taborga, Nardi Suxo Iturry, Carlos Romero Bonifaz, Alfredo Octavio Rada Vélez, Walker Sixto San Miguel Rodríguez, María Cecilia Rocabado Tubert, Luís Alberto Arce Catacora, Oscar Coca Antezana, Patricia Alejandra Ballivián Estenssoro, Walter Juvenal Delgadillo Terceros, MINISTRO DE OO. PP. SERVICIOS Y VIVIENDA E INTERINO DE PLANIFICACION DEL DESARROLLO, Luís Alberto Echazú Alvarado, Celima Torrico Rojas, Calixto Chipana Callisaya, René Gonzalo Orellana Halkyer, Jorge Ramiro Tapia Saenz, Roberto Iván Aguilar Gómez, Julia D. Ramos Sánchez, Pablo Groux Canedo.
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Enlaces con otros documentos

Véase también

[BO-DS-29272] Bolivia: Decreto Supremo Nº 29272, 12 de septiembre de 2007
Aprobar el Plan General de Desarrollo Económico y Social de la República: “Plan Nacional de Desarrollo: Bolivia Digna, Soberana, Productiva y Democrática para Vivir Bien - Lineamientos Estratégicos”
[BO-CPE-20090207] Bolivia: Constitución Política del Estado de 2009, 7 de febrero de 2009
Constitución Política del Estado de 2009
[BO-DS-N255] Bolivia: Decreto Supremo Nº 255, 19 de agosto de 2009
Aprueba la política de subvención a la producción y comercialización de productos agropecuarios y sus derivados, a precio justo, a ser implementada a través de la Empresa de Apoyo a la Producción de Alimentos - EMAPA.

Referencias a esta norma

[BO-DS-N396] Bolivia: Decreto Supremo Nº 396, 13 de enero de 2010
La Política de Fomento a la producción y comercialización de productos agropecuarios y sus derivados a precio justo, será implementada a través de la Empresa de Apoyo a la Producción de Alimentos - EMAPA, en la presente gestión, con un monto de hasta Bs200.000.000, en el marco del Presupuesto General del Estado - Gestión 2010.
[BO-DS-N671] Bolivia: Decreto Supremo Nº 671, 13 de octubre de 2010
Establece un régimen temporal y excepcional para la exportación e importación de azúcar, que procure el normal abastecimiento de este producto, en el marco de las políticas de seguridad alimentaria.
[BO-DS-N749] Bolivia: Decreto Supremo Nº 749, 26 de diciembre de 2010
La Política de Fomento a la producción y comercialización de productos agropecuarios y sus derivados a precio justo, será implementada a través de la Empresa de Apoyo a la Producción de Alimentos - EMAPA, para la gestión 2011, con un monto de hasta Bs270.000.000, en el marco de la Ley Nº 062, de 28 de noviembre de 2010, del Presupuesto General del Estado - Gestión 2011.
[BO-DS-N1116] Bolivia: Decreto Supremo Nº 1116, 27 de diciembre de 2011
Autoriza a la Empresa de Apoyo a la Producción de Alimentos – EMAPA, la provisión por la gestión 2012, al sector panificador en todo el país, de harina-000, en los volúmenes y precios acordados en el marco del Convenio de fecha 6 de enero de 2011, suscrito entre el Gobierno del Estado Plurinacional y la Confederación Nacional de Panificadores.
[BO-DS-N1120] Bolivia: Decreto Supremo Nº 1120, 11 de enero de 2012
Aprueba la subvención, a la producción y comercialización de productos agropecuarios y sus derivados a precio justo, que será implementada a través de la Empresa de Apoyo a la Producción de Alimentos – EMAPA, para la gestión 2012, en el marco de la Ley Nº 211, de 23 de diciembre de 2011, del Presupuesto General del Estado - Gestión 2012.
[BO-DS-N1444] Bolivia: Decreto Supremo Nº 1444, 19 de diciembre de 2012
Aprueba la subvención a la producción y comercialización de productos agropecuarios y sus derivados a precio justo, que será implementada a través de la Empresa de Apoyo a la Producción de Alimentos – EMAPA para la gestión 2013, en el marco de la Ley Nº 317, de 11 de diciembre de 2012, del Presupuesto General del Estado – Gestión 2013.
[BO-DS-N1450] Bolivia: Decreto Supremo Nº 1450, 31 de diciembre de 2012
Autoriza a la Empresa de Apoyo a la Producción de Alimentos – EMAPA, la provisión al sector panificador en todo el país, de harina-000, en los volúmenes y precios acordados en el marco del Convenio de fecha 28 de diciembre de 2012, suscrito entre el Gobierno del Estado Plurinacional y la Confederación Nacional de Panificadores.
[BO-DS-N1849] Bolivia: Decreto Supremo Nº 1849, 24 de diciembre de 2013
Aprueba la subvención a la producción y comercialización de productos agropecuarios y sus derivados a precio justo en el mercado interno, que será implementada a través de la Empresa de Apoyo a la Producción de Alimentos – EMAPA, para la gestión 2014, en el marco de la Ley N° 455, de 11 de diciembre de 2013, del Presupuesto General del Estado - Gestión 2014.
[BO-DS-N2237] Bolivia: Decreto Supremo Nº 2237, 31 de diciembre de 2014
31 DE DICIEMBRE DE 2014.- Aprueba la subvención, a la producción y comercialización de productos agropecuarios y sus derivados a precio justo en el mercado interno, que será implementada a través de la Empresa de Apoyo a la Producción de Alimentos – EMAPA, para la gestión 2015, en el marco de la Ley Nº 614, de 13 de diciembre de 2014, del Presupuesto General del Estado – Gestión 2015.
[BO-DS-N2641] Bolivia: Decreto Supremo Nº 2641, 30 de diciembre de 2015
30 DE DICIEMBRE DE 2015.- Aprueba la subvención, a la producción y comercialización de productos agropecuarios y sus derivados a precio justo en el mercado interno, que será implementada a través de la Empresa de Apoyo a la Producción de Alimentos – EMAPA, para la gestión 2016, en el marco de la Ley Nº 769, del Presupuesto General del Estado Gestión 2016.
[BO-DS-N4150] Bolivia: Decreto Supremo Nº 4150, 13 de febrero de 2020
Aprueba la subvención a la producción y comercialización de productos agropecuarios y sus derivados, en el mercado interno, que será implementada a través de la Empresa de Apoyo a la Producción de Alimentos – EMAPA, para la Gestión 2020, en el marco de la Ley Nº 1267, de 20 de diciembre de 2019, del Presupuesto General del Estado Gestión 2020.
[BO-DS-N4441] Bolivia: Decreto Supremo Nº 4441, 6 de enero de 2021
Aprueba la Subvención a la Producción y Comercialización de Productos Agropecuarios y sus derivados a precio justo en el mercado interno, que será implementada a través de la Empresa de Apoyo a la Producción de Alimentos – EMAPA, para la Gestión 2021, en el marco de la Ley Nº 1356, de 28 de diciembre de 2020, del Presupuesto General del Estado Gestión 2021.
[BO-DS-N4649] Bolivia: Decreto Supremo Nº 4649, 5 de enero de 2022
Aprueba la subvención a la producción y comercialización de productos agropecuarios y sus derivados a precio justo en el mercado interno, que será implementada a través de la Empresa de Apoyo a la Producción de Alimentos – EMAPA, para la Gestión 2022, en el marco del Artículo 43 del Presupuesto General del Estado – Gestión 2010, vigente por el inciso b) de la Disposición Final Segunda de la Ley N° 1413, de 17 de diciembre de 2021, del Presupuesto General del Estado Gestión 2022.

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