CONSIDERANDO:
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
Artículo 1°.- (Objeto) El presente Decreto Supremo, tiene por objeto establecer los mecanismos para la implementación de la Portabilidad Numérica para los servicios de telecomunicaciones.
Artículo 2°.- (Implementación de la portabilidad numérica) La implementación de la Portabilidad Numérica en los servicios de telecomunicaciones, es de cumplimiento obligatorio de todos los operadores, los cuales deberán acatar lo establecido en los Reglamentos Técnicos de Portabilidad Numérica que se aprueben para este fin.
Artículo 3°.- (Portabilidad numérica en el servicio móvil) La implementación de la Portabilidad Numérica será establecida mediante Reglamento Técnico de Portabilidad Numérica del Servicio Móvil, elaborado y aprobado por la Autoridad de Regulación y Fiscalización de Telecomunicaciones y Transportes - ATT, dicho Reglamento se basará en lo siguiente:
Artículo 4°.- (Portabilidad numérica en los demás servicios) Los operadores de otros servicios de telecomunicaciones que hagan uso del recurso de numeración, implementarán la Portabilidad Numérica de acuerdo a lo establecido en los Reglamentos Técnicos de Portabilidad Numérica correspondientes, elaborados y aprobados por la ATT, dichos Reglamentos se basarán en lo siguiente:
Artículo 5°.- (Planes técnicos fundamentales) En caso que la implementación de la Portabilidad Numérica requiera de la actualización de los Planes Técnicos Fundamentales, éstos serán elaborados por la ATT y presentados al Ministerio de Obras Públicas, Servicios y Vivienda, para su aprobación a través de Resoluciones Ministeriales.
Artículo transitorio 1°.- La ATT en un plazo máximo de tres (3) meses a partir de la publicación del presente Decreto Supremo, aprobará el Reglamento Técnico de Portabilidad Numérica del Servicio Móvil.
Artículo transitorio 2°.-
Norma | Bolivia: Decreto Supremo Nº 2498, 26 de agosto de 2015 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | DS |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | 26 DE AGOSTO DE 2015.- Establece los mecanismos para la implementación de la Portabilidad Numérica para los servicios de telecomunicaciones. | ||||
Keywords | Gaceta 787NEC, Decreto Supremo, agosto/2015 | ||||
Origen | http://gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/descargar/153293 | ||||
Referencias | Gaceta Oficial de Bolivia 787NEC, 201509a.lexml | ||||
Creador | Fdo. EVO MORALES AYMA, David Choquehuanca Céspedes, Juan Ramón Quintana Taborga, Carlos Gustavo Romero Bonifaz, Reymi Luis Ferreira Justiniano, Rene Gonzalo Orellana Halkyer, Luis Alberto Arce Catacora, Luis Alberto Sanchez Fernandez, Ana Veronica Ramos Morales, Milton Claros Hinojosa, Félix Cesar Navarro Miranda, Virginia Velasco Condori, José Gonzalo Trigoso Agudo, Ariana Campero Nava, María Alexandra Moreira Lopez, Roberto Iván Aguilar Gómez, Nemesia Achacollo Tola, Hugo José Siles Nuñez del Prado, Lenny Tatiana Valdivia Bautista, Marko Marcelo Machicao Bankovic, Marianela Paco Duran, Tito Rolando Montaño Rivera. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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