CONSIDERANDO:
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
Artículo 1°.- (Objeto) Autorizar al Ministerio de Planificación del Desarrollo, la reasignación de recursos provenientes de las recuperaciones de los créditos BID 733/SF-BO y BID 480/SF-BO (Ex INALPRE), por un monto de hasta $us9.000.000.- (NUEVE MILLONES 00/100 DÓLARES ESTADOUNIDENSES) con el propósito de financiar estudios de preinversión en calidad de transferencia no reembolsable en el marco del Plan Nacional de Desarrollo.
Artículo 2°.- (Entidad ejecutora) La entidad ejecutora será el Ministerio de Planificación del Desarrollo a través del Viceministerio de Inversión Pública y Financiamiento Externo. A este efecto, se autoriza al Banco Central de Bolivia - BCB el desembolso de los recursos para el cumplimiento del Artículo 1 a solicitud de la entidad ejecutora.
Artículo 3°.- (Del destino de los recursos) Los recursos a los que hace mención en el Artículo 1 estarán destinados a financiar estudios de preinversión del sector público del nivel nacional en el marco del Plan Nacional de Desarrollo, en calidad de transferencia no reembolsable.
Artículo 4°.- (De la suscripción de convenios de financiamiento) El Ministerio de Planificación del Desarrollo, suscribirá convenios de financiamiento con las entidades del sector público del nivel nacional, previa evaluación y aprobación, en el marco de las prioridades nacionales.
Artículo 5°.- (De la reglamentación) El Viceministerio de Inversión Pública y Financiamiento Externo deberá elaborar el reglamento para operativizar la transferencia de los recursos, el mismo que será aprobado mediante Resolución Ministerial del Ministerio de Planificación del Desarrollo en un plazo no mayor a quince (15) días calendario posteriores a la publicación del presente Decreto Supremo.
Artículo 6°.- (Del registro en el Presupuesto General de la Nación - PGN) Se autoriza el incremento de las partidas de gasto 46210 “Consultoría por Producto para Construcciones de Bienes Públicos de Dominio Público” y 25810 “Consultorías por Producto” de los presupuestos institucionales de las entidades del sector público para efectos del presente Decreto Supremo, instruyéndose a los Ministerios de Economía y Finanzas Públicas y de Planificación del Desarrollo, a efectuar el registro correspondiente en el PGN, de acuerdo a los procedimientos establecidos en el Decreto Supremo de modificaciones presupuestarias.
Norma | Bolivia: Decreto Supremo Nº 210, 15 de julio de 2009 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | DS |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Autoriza al Ministerio de Planificación del Desarrollo, la reasignación de recursos provenientes de las recuperaciones de los créditos BID 733/SF-BO y BID 480/SF-BO (Ex INALPRE), por un monto de hasta $us9.000.000, con el propósito de financiar estudios de preinversión en calidad de transferencia no reembolsable en el marco del Plan Nacional de Desarrollo. | ||||
Keywords | Gaceta 44NEC, 2009-07-15, Decreto Supremo, julio/2009 | ||||
Origen | http://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/27609 | ||||
Referencias | Gaceta 44NEC,2009-07-15, ncpe.lexml | ||||
Creador | Fdo. EVO MORALES AYMA, David Choquehuanca Céspedes, Juan Ramón Quintana Taborga, Nardy Suxo Iturry, Carlos Romero Bonifaz, Alfredo Octavio Rada Vélez, Walker Sixto San Miguel Rodríguez, Héctor E. Arce Zaconeta, Noel Ricardo Aguirre Ledezma, Luís Alberto Arce Catacora, Oscar Coca Antezana, Patricia Alejandra Ballivián Estenssoro, Walter Juvenal Delgadillo Terceros, Luís Alberto Echazú Alvarado, Celima Torrico Rojas, Calixto Chipana Callizaya, René Gonzalo Orellana Halkyer, Roberto Iván Aguilar Gómez MINISTRO DE EDUCACION E INTERINO DE SALUD Y DEPORTES, Julia D. Ramos Sánchez, Pablo Groux Canedo. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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