CONSIDERANDO:
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
Artículo 1°.- (Objeto) El presente Decreto Supremo tiene por objeto:
Artículo 2°.- (Transferencia)
Artículo 3°.- (Autorización) Se autoriza al Ministerio de Desarrollo Productivo y Economía Plural, incrementar la subpartida 25230 “Auditorías Externas”, por un monto de hasta Bs150.000.- (CIENTO CINCUENTA mil 00/100 BOLIVIANOS), para la contratación de una empresa especializada que realice la auditoría externa a INSUMOS - BOLIVIA, de los recursos mencionados en el Parágrafo I del Artículo 2 del presente Decreto Supremo, a efecto de establecer el monto subvencionado, cantidad de producto adquirido, saldo en almacenes, conciliación de cuentas y otros, a través de un traspaso interinstitucional del Ministerio de Economía y Finanzas Públicas con recursos del TGN.
Artículo adicional Único.- Las existencias de mercancías adquiridas con recursos asignados mediante Decretos Supremos N° 0677, N° 0736, N° 0787, N° 0810 y N° 0881, que se encuentren en almacenes de INSUMOS - BOLIVIA, deben ser monetizadas en la presente gestión, para su posterior transferencia al TGN.
Artículo transitorio Único.- Se autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, transferir de manera excepcional y por única vez, recursos del TGN de acuerdo a disponibilidad financiera a favor de INSUMOS - BOLIVIA, en la presente gestión.
Norma | Bolivia: Decreto Supremo Nº 1530, 15 de marzo de 2013 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | DS |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Autoriza a INSUMOS - BOLIVIA, transferir al Tesoro General de la Nación – TGN los recursos asignados para el Fondo Rotatorio para la Seguridad Alimentaria. Asimismo, autoriza al Ministerio de Desarrollo Productivo y Economía Plural el incremento de la subpartida 25230 “Auditorías Externas”, para la contratación de una empresa especializada que realice la auditoría externa a los recursos asignados a INSUMOS - BOLIVIA para el Fondo Rotatorio para la Seguridad Alimentaria. | ||||
Keywords | Gaceta 497NEC, Decreto Supremo, marzo/2013 | ||||
Origen | http://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/141698 | ||||
Referencias | Gaceta Oficial de Bolivia 497NEC, 201303c.lexml | ||||
Creador | Fdo. ÁLVARO MARCELO GARCÍA LINERA, David Choquehuanca Céspedes MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES E INTERINO DE PLANIFICACIÓN DEL DESARROLLO, Juan Ramón Quintana Taborga, Rubén Aldo Saavedra Soto, Luis Alberto Arce Catacora, Juan José Hernando Sosa Soruco, Ana Teresa Morales Olivera MINISTRA DE DESARROLLO PRODUCTIVO Y ECONOMÍA PLURAL E INTERINA DE GOBIERNO, Arturo Vladimir Sánchez Escobar, Mario Virreira Iporre, Cecilia Luisa Ayllon Quinteros, Daniel Santalla Torrez, Juan Carlos Calvimontes Camargo, José Antonio Zamora Gutiérrez MINISTRO DE MEDIO AMBIENTE Y AGUA E INTERINO DE DES. RURAL Y TIERRAS, Roberto Iván Aguilar Gómez MINISTRO DE EDUCACIÓN E INTERINO DE TRANSPARENCIA INSTITUCIONAL Y LUCHA CONTRA LA CORRUPCIÓN, Claudia Stacy Peña Claros, Amanda Dávila Torres MINISTRA DE COMUNICACIÓN E INTERINA DE CULTURAS Y TURISMO. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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