Bolivia: Decreto Supremo Nº 8395, 26 de junio de 1968

Decreto Supremo Nº 08395
GRAL. RENE BARRIENTOS ORTUÑO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

  • Que por Decreto Supremo Nº 07454 de 22 de Diciembre de 1965, la H. Junta Militar de Gobierno velando por el Desarrollo cultural y Educativo de la Nación, ha dispuesto el establecimiento del Servicio de Televisión en el país que correrá a cargo del Estado, mediante un proceso gradual y sistemático que posibilite dicha implantación en las mejores condiciones de eficiencia técnica, jerarquía ejecutiva y de capacidad económica;
  • Que, por Decreto Supremo Nº 08262 de 20 de febrero de 1968, el Supremo Gobierno de la Nación, adjudicó a la Empresa Industrias Electrónicas y Electromecánicas de España “INELEC S. A.” la provisión e instalación de una Red de Televisión en el país;

CONSIDERANDO:

  • Que, es necesario crear el organismo adecuado que administre los Servicios de Televisión, en cumplimiento a lo estipulado en el contrato suscrito con “INELEC”, encargado de impulsar y orientar su funcionamiento para el debido desarrollo cultural, educativo y técnico y proporcionar índices recreativos de alta moral social.

EN CONSEJO DE MINISTROS,

DECRETA:

Artículo 1°.- Créase la Empresa de Radio y Televisión Boliviana (RTB) como entidad autárquica de derecho público y personería jurídica propia, con plena facultad de ejercer todos los actos jurídicos y técnicos de acuerdo con el presente Decreto Supremo, el Estatuto Orgánico y su Reglamento. Su duración será por tiempo indefinido.

Artículo 2°.- La Empresa de Radio y Televisión Boliviana (RTB) dependerá directamente de la Presidencia de la República.

Artículo 3°.- La Empresa de Radio y Televisión Boliviana estará regida por un Directorio compuesto por un Presidente designado directamente por el Presidente Constitucional de la República, y cinco vocales representantes de los Ministerios de Obras Públicas y Comunicaciones, de Cultura, Información y Turismo, de Hacienda, de Educación y de Defensa Nacional, que también serán nombrados por el Presidente Constitucional de una terna propuesta por cada Ministerio.

Artículo 4°.- El Presidente Constitucional designará a su vez al Gerente General, de la terna propuesta por el Directorio.

Artículo 5°.- La Radio y Televisión Boliviana (RTB), estará bajo la regulación, fiscalización y control del Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones, al que compete todos los Servicios de Radio y Televisión.

Artículo 6°.- El Ministerio de Cultura, Información y Turismo, estará encargado de Formular los programas y aprobar los planes que presente la Gerencia General con relación al desarrollo económico, social y cultural del país,

Artículo 7°.- Radio y Televisión Boliviana (RTB), presentará, en el plazo de 60 días a partir de la fecha, para consideración y aprobación del Supremo Gobierno, el proyecto de Estatuto Orgánico.


Los Ministros de Obras Públicas y Comunicaciones, de Cultura, Información y Turismo, de Hacienda y de Educación, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los 19 días del mes de junio de mil novecientos sesenta y ocho años.
FDO. GRAL. RENE BARRIENTOS ORTUÑO, Tomás Guillermo Elío, Antonio Arguedas M., José Romero Loza, Enrique Gallardo B., Hugo Carmona M., Mario Estenssoro V., Gustavo Méndez T., Miguel Bonifaz P., Alberto Larrea H., Jesús Lijerón R., Juan Asbún Z., Jorge Solíz R., Marcelo Galindo de U., Rolando Pardo R.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Decreto Supremo Nº 8395, 26 de junio de 1968
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoDS
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioCrea la Empresa de Radio y Televisión Boliviana RTB como entidad autárquica y con personería jurídica.
KeywordsGaceta 406, Decreto Supremo, junio/1968
Origenhttp://gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/descargar/3046
ReferenciasGaceta Oficial de Bolivia 406, 202106f.lexml
CreadorFDO. GRAL. RENE BARRIENTOS ORTUÑO, Tomás Guillermo Elío, Antonio Arguedas M., José Romero Loza, Enrique Gallardo B., Hugo Carmona M., Mario Estenssoro V., Gustavo Méndez T., Miguel Bonifaz P., Alberto Larrea H., Jesús Lijerón R., Juan Asbún Z., Jorge Solíz R., Marcelo Galindo de U., Rolando Pardo R.
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Enlaces con otros documentos

Véase también

[BO-DS-8395] Bolivia: Decreto Supremo Nº 8395, 26 de junio de 1968
Crea la Empresa de Radio y Televisión Boliviana RTB como entidad autárquica y con personería jurídica.

Referencias a esta norma

[BO-DS-8565] Bolivia: Decreto Supremo Nº 8565, 27 de noviembre de 1968
Desígnase Presidente Interino del Directorio Nacional de Televisión Boliviana (ENTBOL) al señor Mario Estensoro, de conformidad a lo dispuesto por el Decreto Supremo N° 08395 de 19 de junio de 1968
[BO-DS-8571] Bolivia: Decreto Supremo Nº 8571, 27 de noviembre de 1968
Modifícanse los artículos 1° 2°, 3°, 4°, 6°, y 7° del Decreto Supremo N° 08395
[BO-DS-8583] Bolivia: Decreto Supremo Nº 8583, 4 de diciembre de 1968
Transfiérase todos los bienes muebles e Inmuebles y equipos del ex-Instituto Cinematográfico Boliviano a la Empresa Nacional de Televisión Boliviana (ENTBOL).
[BO-DS-8603] Bolivia: Decreto Supremo Nº 8603, 7 de enero de 1969
) en sus capítulos de Ingresos y Egresos respectivamente.Fecha de emisión : 1969-01-07- Descargar Anexo
[BO-DS-8684] Bolivia: Decreto Supremo Nº 8684, 5 de marzo de 1969
De conformidad al Art. 5° del Decreto Supremo N° 8571 de 20 de noviembre, modificatorio del Decreto Supremo N° 08395, designase Presidente de la Empresa Nacional de Televisión Boliviana al Cnl. Augusto Valencia Araóz
[BO-DS-N74] Bolivia: Decreto Supremo Nº 74, 15 de abril de 2009
Dispone la Liquidación de la Empresa Nacional de Televisión Boliviana - ENTB y norma el proceso de liquidación.

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