Bolivia: Decreto Supremo Nº 29592, 9 de junio de 2008

EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

  • Que el Decreto Supremo Nº 28473 de 2 de diciembre de 2005, ordena en un texto único las disposiciones legales relativas al desarrollo del Polo del Sud Este Boliviano y crea la Empresa Siderúrgica del Mutún, encargada de la dirección y administración de la exploración, explotación, fundición, industrialización, comercialización y transporte de los minerales de los Yacimientos del Mutún y circundantes.
  • Que el Artículo 1 de la Ley Nº 3790 de 24 de noviembre de 2007, refrenda la creación de la Empresa Siderúrgica del Mutún - ESM, efectuada mediante Decreto Supremo Nº 28473, como empresa pública, bajo tuición del Ministerio de Minería y Metalurgia, para desarrollar las funciones descritas en el Párrafo precedente, pudiendo suscribir, en representación del Estado Boliviano, contratos de acuerdo a Ley y diseñar e implementar emprendimientos productivos propios.
  • Que el Artículo 3 de la Ley Nº 3790, establece que la ESM estará dirigida y representada por un Presidente Ejecutivo, designado por el Presidente de la República de la terna elevada por la Honorable Cámara de Diputados y contará con un Directorio compuesto por el Presidente Ejecutivo y siete (7) representantes, de los cuales tres (3) son del Poder Ejecutivo designados por Decreto Supremo.
  • Que mediante nota MM - 1677 - DS - 936/08 de 28 de mayo de 2008, el Ministro de Minería y Metalurgia propuso al Presidente Constitucional de la República la designación de dos (2) representante del Poder Ejecutivo para conformar el Directorio de la ESM.
  • Que en virtud a lo expuesto y en cumplimiento de las disposiciones legales vigentes, corresponde designar a los representantes del Poder Ejecutivo como miembros del Directorio de la ESM, con el propósito de dar continuidad a las labores de la citada Empresa.

EN CONSEJO DE MINISTROS,

DECRETA:

Artículo Único.-

  1. Se designa como miembros del DIRECTORIO DE LA EMPRESA SIDERÚRGICA DEL MUTÚN - ESM, a los ciudadanos:
    - MIRIAM SUÁREZ VARGAS
    - CARLOS DEMIGUEL APONTE
  2. Se abrogan y derogan todas las disposiciones contrarias al presente Decreto Supremo.


El Señor Ministro de Estado, en el Despacho de Minería y Metalurgia, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los nueve días del mes de junio del año dos mil ocho.
Fdo. EVO MORALES AYMA, David Choquehuanca Céspedes, Juan Ramón Quintana Taborga, Walker San Miguel Rodriguez, Alfredo Octavio Rada Vélez, Celima Torrico Rojas, Graciela Toro Ibañez, Luis Alberto Arce Catacora, René Gonzalo Orellana Halkyer, Angel Javier Hurtado Mercado, Oscar Coca Antezana, Susana Rivero Guzmán, Carlos Villegas Quiroga, Luis Alberto Echazú Alvarado, Walter J. Delgadillo Terceros, Maria Magdalena Cajías de la Vega, Walter Selum Rivero, Héctor E. Arce Zaconeta.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Decreto Supremo Nº 29592, 9 de junio de 2008
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoDS
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioDesigna como miembros del DIRECTORIO DE LA EMPRESA SIDERÚRGICA DEL MUTÚN - ESM, a los ciudadanos MIRIAM SUÁREZ VARGAS, CARLOS DEMIGUEL APONTE.
KeywordsGaceta 3096, 2008-06-11, Decreto Supremo, junio/2008
Origenhttp://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/27107
Referencias2008.lexml
CreadorFdo. EVO MORALES AYMA, David Choquehuanca Céspedes, Juan Ramón Quintana Taborga, Walker San Miguel Rodriguez, Alfredo Octavio Rada Vélez, Celima Torrico Rojas, Graciela Toro Ibañez, Luis Alberto Arce Catacora, René Gonzalo Orellana Halkyer, Angel Javier Hurtado Mercado, Oscar Coca Antezana, Susana Rivero Guzmán, Carlos Villegas Quiroga, Luis Alberto Echazú Alvarado, Walter J. Delgadillo Terceros, Maria Magdalena Cajías de la Vega, Walter Selum Rivero, Héctor E. Arce Zaconeta.
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

Enlaces con otros documentos

Véase también

[BO-DS-28473] Bolivia: Decreto Supremo Nº 28473, 2 de diciembre de 2005
Ordenar en un texto único las disposiciones legales relativas al desarrollo del Polo del Sud Este Boliviano y de los yacimientos mineralógicos del Mutún.
[BO-L-3790] Bolivia: Ley Nº 3790, 24 de noviembre de 2007
Empresa Siderúrgica del Mutún, crea la "Empresa Siderúrgica del Mutún" (ESM), efectuada mediante el artículo 2 del Decreto Supremo 28473 de 2 de diciembre de 2005, como empresa pública con patrimonio propio, autonomía de gestión técnica, administrativa, económica, financiera y legal, bajo tuición del Ministerio de Minería y Metalurgia

Referencias a esta norma

[BO-DS-N105] Bolivia: Decreto Supremo Nº 105, 30 de abril de 2009
Designa como miembro del DIRECTORIO DE LA EMPRESA SIDERÚRGICA DEL MUTÚN - ESM, a la ciudadana LILLY GABRIELA MONTAÑO VIAÑA, Representante del Órgano Ejecutivo.

Nota importante

Lexivox ofrece esta publicación de normas como una ayuda para facilitar su identificación en la búsqueda conceptual vía WEB.

El presente documento, de ninguna manera puede ser utilizado como una referencia legal, ya que dicha atribución corresponde a la Gaceta Oficial de Bolivia.

Lexivox procura mantener el texto original de la norma; sin embargo, si encuentra modificaciones o alteraciones con respecto al texto original, sírvase comunicarnos para corregirlas y lograr una mayor perfección en nuestras publicaciones.

Toda sugerencia para mejorar el contenido de la norma, en cuanto a fidelidad con el original, etiquetas, metainformación, gráficos o prestaciones del sistema, estamos interesados en conocerla e implementarla.

La progresiva mejora en la calidad de Lexivox, es un asunto de la comunidad. Los resultados, son de uso y beneficio de la comunidad.

LexiVox es un Sistema Web de Información desarrollado utilizando herramientas y aplicaciones de software libre, por Devenet SRL en el Estado Plurinacional de Bolivia.