Bolivia: Decreto Supremo Nº 29474, 12 de marzo de 2008

EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

  • Que la Ley Nº 3720 de 31 de julio de 2007, habilita a la Corporación Minera de Bolivia - COMIBOL, a participar directamente en toda la cadena productiva, con las funciones de prospección, exploración, explotación, concentración, fundición, refinación y comercialización de minerales y metales.
  • Que el Decreto Supremo Nº 29026 de 7 de febrero de 2007, revierte al dominio del Estado el Complejo Metalúrgico Vinto de manera que el Estado asuma de inmediato el control administrativo, técnico, jurídico y financiero.
  • Que en este sentido, el Gobierno Nacional ha establecido como política la recuperación de los recursos naturales y su industrialización, así como la restitución de la Industria Minero Metalúrgica y Siderúrgica estatal, como uno de los pilares fundamentales para el desarrollo económico y social.
  • Que el Artículo 54 del Decreto Supremo Nº 29190 de 11 de julio de 2007, Normas Básicas del Sistema de Administración de Bienes y Servicios, dispone que las Empresas Públicas Nacionales Estratégicas se encuentran facultadas para realizar la contratación directa de maquinaria y equipo, materias primas e insumos necesarios para su producción en base a su función de producción y generación de excedentes. Asimismo, la mencionada norma señala que la nómina de empresas públicas nacionales estratégicas, será establecida mediante Decreto Supremo.
  • Que por este motivo, se hace necesario otorgar a la COMIBOL y la Empresa Metalúrgica Vinto la condición de empresas públicas nacionales estratégicas, a fin de otorgarles mecanismos ágiles y oportunos para una eficiente gestión.
  • Que en reunión del Consejo Nacional de Política Económica y Social - CONAPES de 10 de marzo de 2008, se determinó aprobar el presente Decreto Supremo, a propuesta del Ministro de Minería y Metalurgia.

EN CONSEJO DE MINISTROS,

DECRETA:

Artículo Único.-

  1. En el marco de lo establecido por el Artículo 54 del Decreto Supremo Nº 29190 de 11 de julio de 2007, Normas Básicas del Sistema de Administración de Bienes y Servicios se califica a la Corporación Minera de Bolivia - COMIBOL y la Empresa Metalúrgica Vinto como empresas públicas nacionales estratégicas.
  2. A partir de la promulgación del presente Decreto Supremo, en el plazo de treinta (30) días la COMIBOL y la Empresa Metalúrgica Vinto deberán elaborar sus reglamentos específicos y compatibilizarlos con el Órgano Rector.


El Señor Ministro de Estado, en el Despacho de Minería y Metalurgia, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los doce días del mes de marzo del año dos mil ocho.
Fdo. EVO MORALES AYMA, David Choquehuanca Céspedes, Juan Ramón Quintana Taborga, Alfredo Rada Vélez, Walker San Miguel Rodríguez, Celima Torrico Rojas, Graciela Toro Ibáñez, Luis Alberto Arce Catacora, Walter Valda Rivera, Angel Javier Hurtado Mercado, Oscar Coca Antezana, Susana Rivero Guzmán, Carlos Villegas Quiroga, Luis Alberto Echazú Alvarado, Walter J. Delgadillo Terceros, Maria Magdalena Cajias de la Vega, Walter Selum Rivero.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Decreto Supremo Nº 29474, 12 de marzo de 2008
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoDS
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioEn el marco de lo establecido por el Artículo 54 del Decreto Supremo Nº 29190 de 11 de julio de 2007, Normas Básicas del Sistema de Administración de Bienes y Servicios se califica a la Corporación Minera de Bolivia - COMIBOL y la Empresa Metalúrgica Vinto como empresas públicas nacionales estratégicas.
KeywordsGaceta 3074, 2008-03-14, Decreto Supremo, marzo/2008
Origenhttp://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/26989
Referencias2008.lexml
CreadorFdo. EVO MORALES AYMA, David Choquehuanca Céspedes, Juan Ramón Quintana Taborga, Alfredo Rada Vélez, Walker San Miguel Rodríguez, Celima Torrico Rojas, Graciela Toro Ibáñez, Luis Alberto Arce Catacora, Walter Valda Rivera, Angel Javier Hurtado Mercado, Oscar Coca Antezana, Susana Rivero Guzmán, Carlos Villegas Quiroga, Luis Alberto Echazú Alvarado, Walter J. Delgadillo Terceros, Maria Magdalena Cajias de la Vega, Walter Selum Rivero.
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

Enlaces con otros documentos

Véase también

[BO-DS-29026] Bolivia: Decreto Supremo Nº 29026, 7 de febrero de 2007
Revierte al dominio del Estado boliviano el Complejo Metalúrgico Vinto, con todos sus activos actuales, disponiendo que la Empresa Metalúrgica Vinto asuma de inmediato el control administrativo, técnico, jurídico y financiero de acuerdo al Artículo 77 del Decreto Supremo No. 28631 de 8 de marzo de 2006 - Reglamento a la Ley de Organización del Poder Ejecutivo.
[BO-L-3720] Bolivia: Ley Nº 3720, 31 de julio de 2007
La Corporación Minera de Bolivia participará directamente en la cadena productiva con las siguientes funciones: Prospección y exploración; Explotación; Concentración; Fundición y refinación; Comercialización de minerales y metales; Administrar las áreas fiscales

Referencias a esta norma

[BO-DP-29496] Bolivia: Decreto Presidencial Nº 29496, 1 de abril de 2008
Declara de prioridad nacional la industrialización del Salar de Uyuni para el desarrollo productivo, económico y social del Departamento de Potosí.
[BO-DS-N63] Bolivia: Decreto Supremo Nº 63, 1 de abril de 2009
Autoriza al Ministerio de Minería y Metalurgia a constituir un fideicomiso, en calidad de fideicomitente, por la suma equivalente de Bs35.350.000, en el Banco Unión S.A. como fiduciario a fin de financiar la compra de concentrados de estaño por parte de la Empresa Metalúrgica Vinto, como beneficiario.
[BO-DS-N117] Bolivia: Decreto Supremo Nº 117, 6 de mayo de 2009
Autoriza a la Corporación Minera de Bolivia - COMIBOL, la compra de un (1) bien inmueble para el funcionamiento de la Gerencia Regional en la ciudad de Potosí, en el marco de las disposiciones y normas vigentes del Sistema de Administración de Bienes y Servicios.
[BO-DS-N145] Bolivia: Decreto Supremo Nº 145, 28 de mayo de 2009
Establece la conformación de un Directorio transitorio y provisional para la Empresa Metalúrgica Vinto y la Empresa Minera Huanuni.
[BO-DS-N381] Bolivia: Decreto Supremo Nº 381, 16 de diciembre de 2009
Establece la retroactividad del incremento salarial en favor de los obreros, empleados y personal técnico de la Corporación Minera de Bolivia - COMIBOL, y establecer la responsabilidad de su aplicación.
[BO-DS-N382] Bolivia: Decreto Supremo Nº 382, 16 de diciembre de 2009
Establece la retroactividad del incremento salarial en favor de los trabajadores de la Empresa Metalúrgica Vinto, y establecer la responsabilidad de su aplicación.
[BO-DS-N499] Bolivia: Decreto Supremo Nº 499, 1 de mayo de 2010
Revierte al dominio del Estado Plurinacional de Bolivia la Planta de Vinto Antimonio, con todos sus activos actuales, disponiendo que la Empresa Metalúrgica Vinto asuma de inmediato su control administrativo, técnico, jurídico y financiero.
[BO-DS-N565] Bolivia: Decreto Supremo Nº 565, 30 de junio de 2010
Autoriza al Ministerio de Minería y Metalurgia para que en su condición de fideicomitente, suscriba un contrato de fideicomiso con recursos del Tesoro General de la Nación - TGN, a ser administrado por el Banco Unión S.A. en calidad de fiduciario mediante la transmisión temporal y no definitiva de recursos monetarios al fiduciario, por un monto de hasta Bs73.618.610,57.
[BO-DS-N699] Bolivia: Decreto Supremo Nº 699, 17 de noviembre de 2010
Aprueba la escala salarial para el personal jerárquico, especializado y de altas funciones gerenciales y técnicas, de la Empresa Metalúrgica Vinto.
[BO-DS-N701] Bolivia: Decreto Supremo Nº 701, 17 de noviembre de 2010
Establece el incremento salarial del tres punto seis por ciento (3.6%) a la masa salarial de la Empresa Metalúrgica Vinto, cuya aplicación se efectuará en porcentajes inversamente proporcionales, el incremento salarial es de carácter retroactivo con vigencia al 1 de enero de la presente gestión.
[BO-DS-N949] Bolivia: Decreto Supremo Nº 949, 5 de agosto de 2011
Aprueba el incremento salarial del diez por ciento (10%) para los trabajadores y del cinco punto cuarenta y ocho por ciento (5.48%) para los profesionales y ejecutivos de la Empresa Metalúrgica Vinto.
[BO-DS-N1038] Bolivia: Decreto Supremo Nº 1038, 9 de noviembre de 2011
Dispone la vigencia administrativa del Vigésimo Séptimo Protocolo Adicional al Acuerdo de Complementación Económica Nº 36 – ACE Nº 36, suscrito el 16 de agosto de 2011 en la ciudad de Montevideo, el cual modifica el Artículo 19 del ACE Nº 36.
[BO-DS-N1090] Bolivia: Decreto Supremo Nº 1090, 30 de noviembre de 2011
Aprueba la escala salarial para el personal jerárquico, especializado y de altas funciones gerenciales, administrativas y técnicas, de la Empresa Metalúrgica Vinto.
[BO-DS-N1269] Bolivia: Decreto Supremo Nº 1269, 24 de junio de 2012
Crea la Empresa Minera Corocoro como una empresa productiva y dependiente de la Corporación Minera de Bolivia – COMIBOL, con la finalidad que cumpla las actividades mineras de prospección, exploración, explotación, beneficio, fundición, refinación, comercialización e industrialización de minerales de cobre y otros.
[BO-DS-N1336] Bolivia: Decreto Supremo Nº 1336, 31 de agosto de 2012
Aprueba el incremento salarial del ocho por ciento (8%) para el personal y trabajadores de la Empresa Metalúrgica Vinto.
[BO-DS-N1369] Bolivia: Decreto Supremo Nº 1369, 3 de octubre de 2012
- Declara de uso exclusivo a favor de la Corporación Minera de Bolivia – COMIBOL, a veintiséis (26) áreas mineras;- Levanta parcialmente la Reserva Fiscal Minera;- Continuidad de trámites de contrato en áreas de la COMIBOL.
[BO-DS-N1387] Bolivia: Decreto Supremo Nº 1387, 24 de octubre de 2012
“Rehabilitación Complejo Metalúrgico Karachipampa”: El presente Decreto Supremo tiene por objeto autorizar al Ministerio de Minería y Metalurgia para que en su condición de fideicomitente, suscriba un contrato de fideicomiso con recursos del Tesoro General de la Nación – TGN, a ser administrado por el Banco Unión S.A. en calidad de fiduciario mediante la transferencia temporal y no definitiva de recursos monetarios al fiduciario, por un monto de hasta Bs348.000.000.- (TRESCIENTOS CUARENTA Y OCHO MILLONES 00/100 BOLIVIANOS).
[BO-DS-N1396] Bolivia: Decreto Supremo Nº 1396, 31 de octubre de 2012
“Construcción Planta de Fundición Ausmelt Vinto”: Autoriza al Ministerio de Minería y Metalurgia para que en su condición de fideicomitente, suscriba un contrato de fideicomiso con recursos del Tesoro General de la Nación – TGN, a ser administrado por el Banco Unión S.A. en calidad de fiduciario mediante la transmisión temporal y no definitiva de recursos monetarios al fiduciario, por un monto de hasta Bs89.218.413,38.
[BO-DS-N1451] Bolivia: Decreto Supremo Nº 1451, 4 de enero de 2013
Crea la Empresa Metalúrgica Karachipampa dependiente de la Corporación Minera de Bolivia – COMIBOL, con la finalidad de cumplir las actividades de fundición, refinación y comercialización de minerales de plomo, plata, zinc, bismuto, cobre, oro y otros, presidida por un Directorio transitorio compuesto de cinco (5) miembros.
[BO-DS-N1820] Bolivia: Decreto Supremo Nº 1820, 11 de diciembre de 2013
Aprueba el incremento salarial del dos por ciento (2%) para los trabajadores técnicos y profesionales de la Empresa Metalúrgica Vinto.

Nota importante

Lexivox ofrece esta publicación de normas como una ayuda para facilitar su identificación en la búsqueda conceptual vía WEB.

El presente documento, de ninguna manera puede ser utilizado como una referencia legal, ya que dicha atribución corresponde a la Gaceta Oficial de Bolivia.

Lexivox procura mantener el texto original de la norma; sin embargo, si encuentra modificaciones o alteraciones con respecto al texto original, sírvase comunicarnos para corregirlas y lograr una mayor perfección en nuestras publicaciones.

Toda sugerencia para mejorar el contenido de la norma, en cuanto a fidelidad con el original, etiquetas, metainformación, gráficos o prestaciones del sistema, estamos interesados en conocerla e implementarla.

La progresiva mejora en la calidad de Lexivox, es un asunto de la comunidad. Los resultados, son de uso y beneficio de la comunidad.

LexiVox es un Sistema Web de Información desarrollado utilizando herramientas y aplicaciones de software libre, por Devenet SRL en el Estado Plurinacional de Bolivia.