Bolivia: Decreto Supremo Nº 29223, 8 de agosto de 2007

EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

CONSIDERANDO:

  • Que el Artículo 42 del Decreto Supremo Nº 26973 de 27 de marzo de 2003, que aprobó el Reglamento a la Ley Nº 2446 de 19 de marzo de 2003, de Organización del Poder Ejecutivo, establecía que el Ministerio de Defensa Nacional tenía bajo su tuición o dependencia, entre otras, a la Corporación Gestora del Proyecto Abapo-Izozog - CORGEPAI y al Complejo Agroindustrial “Buena Vista”.
  • Que la Ley Nº 3351 de 21 de febrero de 2006, de Organización del Poder Ejecutivo, establece el número y atribuciones de los Ministros de Estado.
  • Que la Disposición Final Primera del Decreto Supremo Nº 28631 de 8 de marzo de 2006, Reglamento a la Ley de Organización del Poder Ejecutivo, suprime y elimina todas aquellas entidades que no están contempladas en dicho Decreto Supremo, entre las que se encuentran la CORGEPAI y el Complejo Agroindustrial “Buena Vista”.
  • Que como consecuencia de la supresión de dichas entidades, las mismas no han podido desarrollar con normalidad sus operaciones, en especial aquellas actividades de conservación ecológica y apoyo al desarrollo integral del país, lo cual ha impedido dar continuidad a los trámites y procesos administrativos de su competencia.
  • Que el Párrafo Tercero de la Disposición Final Primera del Decreto Supremo Nº 28631, faculta la tramitación de un Decreto Supremo, para la restitución de alguna instancia suprimida.
  • Que es necesario dar cumplimiento al Párrafo tercero de la Disposición Final Primera del Decreto Supremo Nº 28631 y proceder a la restitución de la Corporación Gestora del Proyecto Abapo-Izozog - CORGEPAI y del Complejo Agroindustrial “Buena Vista”, como entidades bajo tuición o dependencia del Ministerio de Defensa Nacional.
  • Que en reunión del Consejo Nacional de Política Económica y Social - CONAPES, de 30 de julio de 2007, se determinó aprobar el presente Decreto Supremo, a solicitud del Ministerio de Defensa Nacional.

EN CONSEJO DE MINISTROS,

DECRETA:

Artículo 1°.- (Objeto) El presente Decreto Supremo tiene por objeto restituir la Corporación Gestora del Proyecto Abapo-Izozog - CORGEPAI y el Complejo Agroindustrial “Buena Vista”, como entidades bajo tuición del Ministerio de Defensa Nacional, como Institución Pública Descentralizada y Empresa Pública, respectivamente.

Artículo 2°.- (Adecuación) El Ministerio de Defensa Nacional evaluará y adecuará estas empresas, en el marco de los lineamientos del Plan Nacional de Desarrollo, en la presente gestión.


El Señor Ministro de Estado, en el Despacho de Defensa Nacional, queda encargado del cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los ocho días del mes de agosto del año dos mil siete.
Fdo. EVO MORALES AYMA, David Choquehuanca Céspedes, Juan Ramón Quintana Taborga, Alfredo Octavio Rada Vélez, Walker San Miguel Rodríguez, Gabriel Loza Tellería, Luis Alberto Arce Catacora, Abel Mamani Marca, Celinda Sosa Lunda, Jerges Mercado Suárez, Susana Rivero Guzmán, Carlos Villegas Quiroga, Luis Alberto Echazú Alvarado, Walter Delgadillo Terceros MINISTRO DE TRABAJO É INTERINO DE JUSTICIA, María Magdalena Cajías de la Vega, Nila Heredia Miranda.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Decreto Supremo Nº 29223, 8 de agosto de 2007
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoDS
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioRestituye la Corporación Gestora del Proyecto Abapo-Izozog - CORGEPAI y el Complejo Agroindustrial “Buena Vista”, como entidades bajo tuición del Ministerio de Defensa Nacional, como Institución Pública Descentralizada y Empresa Pública, respectivamente.
KeywordsGaceta 3016, 2007-08-08, Decreto Supremo, agosto/2007
Origenhttp://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/26733
Referencias2007.lexml
CreadorFdo. EVO MORALES AYMA, David Choquehuanca Céspedes, Juan Ramón Quintana Taborga, Alfredo Octavio Rada Vélez, Walker San Miguel Rodríguez, Gabriel Loza Tellería, Luis Alberto Arce Catacora, Abel Mamani Marca, Celinda Sosa Lunda, Jerges Mercado Suárez, Susana Rivero Guzmán, Carlos Villegas Quiroga, Luis Alberto Echazú Alvarado, Walter Delgadillo Terceros MINISTRO DE TRABAJO É INTERINO DE JUSTICIA, María Magdalena Cajías de la Vega, Nila Heredia Miranda.
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Enlaces con otros documentos

Véase también

[BO-L-2446] Bolivia: Ley de Organización del Poder Ejecutivo (LOPE), 19 de marzo de 2003
Ley de Organización del Poder Ejecutivo
[BO-DS-26973] Bolivia: Reglamento a la Ley de Organización del Poder Ejecutivo (LOPE), DS Nº 26973, 27 de marzo de 2003
REGLAMENTO A LA LEY DE ORGANIZACIÓN DEL PODER EJECUTIVO.
[BO-L-3351] Bolivia: Ley de Organización del Poder Ejecutivo (LOPE), 10 de febrero de 2006
Ley de Organización del Poder Ejecutivo. Publicada en Gaceta N° 2863
[BO-DS-28631] Bolivia: Reglamento a la Ley de Organización del Poder Ejecutivo, DS Nº 28631, 8 de marzo de 2006
reglamentar la Ley Nº 3351, de 21 febrero de 2006, de Organización del Poder Ejecutivo, en el marco de la política definida por el Gobierno Nacional

Referencias a esta norma

[BO-DS-29422] Bolivia: Decreto Supremo Nº 29422, 16 de enero de 2008
Adecua la conformación del Directorio de la Corporación Gestora del Proyecto Abapo-Izozog - CORGEPAI, a la actual Estructura del Poder Ejecutivo, señala la forma de aprobación de su Estatuto Orgánico y deroga aquellas atribuciones que no se encuadran en la normativa legal vigente.
[BO-DS-N1625] Bolivia: Decreto Supremo Nº 1625, 26 de junio de 2013
Autoriza a la Corporación Gestora del Proyecto Abapó-Izozog – CORGEPAI, otorgar en comodato tres mil hectáreas (3.000 Has.) de su propiedad, ubicadas en la Provincia Cordillera del Departamento de Santa Cruz, a favor de la Empresa Pública Productiva denominada Empresa Estratégica de Producción de Semillas – EEPS, por el plazo de treinta (30) años, computables a partir de la suscripción del respectivo contrato, pudiendo ser renovado por un plazo similar mediante la suscripción de un contrato modificatorio.
[BO-DS-N3226] Bolivia: Decreto Supremo Nº 3226, 25 de junio de 2017
28 DE JUNIO DE 2017.- Tiene por objeto:a) Regula el cierre y la transferencia de activos y pasivos, obligaciones contractuales, laborales y sociales y otros relacionadas al cierre de la Institución Pública DescentralizadaB) Corporación Gestora del Proyecto Abapó - Izozog – CORGEPAI; y Establece la instancia que realizará las auditorías del cierre de la Institución Pública Descentralizada CORGEPAI.

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