CONSIDERANDO:
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
Artículo 1°.- (Objeto) El presente Decreto Supremo tiene por objeto crear instrumentos para el financiamiento temporal de pago de aranceles, por el período de un (1) año a partir del 1 de enero de 2007, para las empresas legalmente establecidas en el territorio nacional, que realizaron exportaciones a los EE. UU. cobijadas por el Sistema General de Preferencias - SGP o la Ley de Promoción Comercial Andina y Erradicación de la Droga - ATPDEA, durante la gestión 2006.
Artículo 2°.- (Fideicomiso)
Artículo 3°.- (Cuentas en el extranjero) El Ministerio de Hacienda, a través del Banco Central de Bolivia - BCB, autorizará al administrador del fideicomiso abrir cuentas en el extranjero en dólares de los Estados Unidos de Norteamérica, para el pago de aranceles y el abono de devoluciones arancelarias.
Artículo 4°.- (Financiamiento) El Tesoro General de la Nación - TGN, proveerá recursos para el Fideicomiso por un monto de hasta $us 12.000.000.- (DOCE MILLONES 00/100 DOLARES ESTADOUNIDENSES) desde el mes de diciembre de 2006, para que el fideicomiso opere desde el primer día del mes de enero de 2007.
Artículo 5°.- (Mecanismos y garantias) Las empresas exportadoras legalmente establecidas en el país para acceder a los préstamos destinados al pago de aranceles, otorgarán un poder irrevocable al administrador del Fideicomiso para el trámite y recepción de la devolución de aranceles cuando corresponda. Asimismo, garantizarán o darán seguridad de la devolución de los préstamos recibidos a través de uno de los siguientes mecanismos, los que deberán ser previamente aceptados por el fiduciario:
Mediante el otorgamiento de un poder especial, bastante y suficiente de carácter irrevocable autorizando al Fiduciario la tramitación, recojo y cobro de Certificados de Devolución Impositiva - CEDEIMs pendientes de emisión, correspondientes a exportaciones que se han beneficiado por el SGP o el ATPDEA. La existencia de CEDEIMs deberá acreditarse mediante la presentación de la respectiva certificación del Servicio de Impuestos Nacionales - SIN.
Mediante la entrega al Fiduciario de solicitudes irrevocables de emisión de CEDEIMs presentadas al Servicio de Impuestos Nacionales - SIN, con base en el registro de ventas por concepto de exportaciones que se han beneficiado por el SGP o el ATPDEA. Dichas solicitudes deberán acompañarse de la respectiva certificación del Servicio de Impuestos Nacionales - SIN.
Mediante el otorgamiento expreso de garantía quirografaria, es decir con todos sus bienes habidos y por haber.
Artículo 6°.- (Condiciones)
Plazo | Hasta 10 años o hasta que el monto sea reembolsado en la cuenta administrada por el Fiduciario como devolución arancelaria o pagado en su totalidad. |
Tasa | Será la utilizada por la Aduana de los Estados Unidos de Norteamérica para las devoluciones retroactivas. |
Moneda | Dólares Estadounidenses. |
Desembolso | Se realizarán a través de abono directo a la Aduana de los Estados Unidos de Norteamérica. |
Artículo 7°.- (Vigencia de normas)
Norma | Bolivia: Decreto Supremo Nº 28958, 1 de diciembre de 2006 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | DS |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Crear instrumentos para el financiamiento temporal de pago de aranceles, por el período de un (1) año a partir del 1 /01/ 2007, para las exportaciones a los EE.UU. cobijadas en el Sistema SGP y el ATPDEA durante la gestión 2006. | ||||
Keywords | Gaceta 2949, 2006-12-08, Decreto Supremo, diciembre/2006 | ||||
Origen | http://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/26463 | ||||
Referencias | 2006.lexml | ||||
Creador | Fdo. ALVARO MARCELO GARCIA LINERA PRESIDENTE INTERINO DE LA REPUBLICA, David Choquehuanca Céspedes, Alicia Muñoz Alá, Walker San Miguel Rodríguez Ministro de Defensa Nacional e Interino de la Presidencia, Casimira Rodríguez Romero, Hernando Larrazabal Córdova, Luis Alberto Arce Catacora Ministro de Hacienda e Interino de Producción y Microempresa, Abel Mamani Marca, Salvador Ric Riera Ministro de Obras Públicas, Servicios y Vivienda e Interino de Hidrocarburos y Energía, Hugo Salvatierra Gutiérrez, José Guillermo Dalence Salinas, Santiago Alex Gálvez Mamani, Félix Patzi Paco, Nila Heredia Miranda. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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