Bolivia: Decreto Supremo Nº 28361, 21 de septiembre de 2005

EDUARDO RODRIGUEZ VELTZE
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

CONSIDERANDO:

  • Que el Artículo 8 del Decreto Supremo Nº 27327 de 31 de enero de 2004, dentro el marco de austeridad y racionalización del gasto de las entidades públicas, establece que cualquier incremento en las partidas 25200 “Estudios e investigaciones”, 25800 “Estudios e Investigaciones para Proyectos de Inversión” y 46200 “Estudios y Proyectos para Inversión para Construcciones de Bienes de Dominio Público” deberán ser aprobados mediante Decreto Supremo.
  • Que el Gobierno de Bolivia en fecha 17 de diciembre de 2003, suscribió con el Banco Interamericano de Desarrollo - BID el Contrato de Préstamo 1515/SF-BO para cooperar en la ejecución del Programa de Apoyo Productivo Rural, con destino a inversiones productivas en planes de negocios, que generen empleos e incrementos sostenibles en los ingresos de los pobladores rurales de bajos ingresos.
  • Que por otra parte, el Gobierno de Bolivia en fecha 23 de mayo de 2002 suscribió con el BID el Contrato de Préstamo 1057/SF-BO para cooperar en la ejecución del Programa de Servicios Agropecuarios, que tiene dos componentes: a) SubPrograma de Generación y Transferencia de Tecnología y b) Subprograma de Sanidad Agropecuaria.
  • Que el Ministerio de Asuntos Campesinos y Agropecuarios - MACA ha delegado al Servicio Nacional de Sanidad Agropecuaria e Inociudad Alimentaria - SENASAG, la ejecución del Subprograma de Sanidad Agropecuaria, del mencionado Contrato de Préstamo.
  • Que con la finalidad de dar continuidad al Programa de Servicios Agropecuarios que es ejecutado por el SENASAG, se requiere incrementar la Partida 46200 “Estudios y Proyectos para Inversión para Construcciones de Bienes de Dominio Público”, por un monto de Bs.438.439.13.- (CUATROCIENTOS TREINTA Y OCHO mil CUATROCIENTOS TREINTA Y NUEVE 13/100 BOLIVIANOS), de los recursos del Crédito Externo del BID, mediante un traspaso intrainstitucional del Programa de Apoyo Productivo Rural.
  • Que tomando en cuenta lo anteriormente citado, es necesario dictar la presente norma, la misma que en el marco del Capítulo IX del Decreto Supremo Nº 27230 de 31 de octubre de 2003, fue aprobada por el Consejo Nacional de Política Económica - CONAPE en fecha 20 de septiembre de 2005.

EN CONSEJO DE GABINETE,

DECRETA:

Artículo Único.- Se aprueba y autoriza la Modificación Presupuestaria Intrainstitucional con destino a la Partida 46200 “Estudios y Proyectos para Inversión para Construcciones de Bienes de Dominio Público”, por un monto de Bs.438.439.13.- (CUATROCIENTOS TREINTA Y OCHO mil CUATROCIENTOS TREINTA Y NUEVE 13/100 BOLIVIANOS), proveniente del Programa de Apoyo Productivo Rural, a favor del presupuesto del Servicio Nacional de Sanidad Agropecuaria e Inociudad Alimentaria - SENASAG, de acuerdo al Anexo adjunto al presente Decreto Supremo.


El Señor Ministro de Estado en el Despacho de Hacienda queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la Ciudad de La Paz, a los veintiún días del mes de septiembre del año dos mil cinco.
Fdo. EDUARDO RODRIGUEZ VELTZE, Armando Loayza Mariaca, Iván Avilés Mantilla, Gustavo Avila Bustamante, Gonzalo Méndez Gutierrez, Waldo Gutierrez Iriarte, Martha Bozo Espinoza, Gonzalo Molina Sardán Ministro Interino de Desarrollo Económico, Mario Moreno Viruéz, Jaime Eduardo Dunn Castellanos, Maria Cristina Mejía Barragán, Alvaro Muñoz Reyes Navarro, Carlos Antonio Laguna Navarro, Guillermo Ribera Cuellar, Waldo Medrano Vallejo Ministro Interino de Minería y Metalurgia, Naya Ponce Fortún, Pedro Ticona Cruz.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Decreto Supremo Nº 28361, 21 de septiembre de 2005
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoDS
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioSe aprueba y autoriza la Modificación Presupuestaria Intrainstitucional con destino a la Partida 46200 “Estudios y Proyectos para Inversión para Construcciones de Bienes de Dominio Público”, por Bs. 438.439.13 , a favor del presupuesto del SENASAG.
KeywordsGaceta 2794, 2005-09-23, Decreto Supremo, septiembre/2005
Origenhttp://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/25866
Referencias2005.lexml
CreadorFdo. EDUARDO RODRIGUEZ VELTZE, Armando Loayza Mariaca, Iván Avilés Mantilla, Gustavo Avila Bustamante, Gonzalo Méndez Gutierrez, Waldo Gutierrez Iriarte, Martha Bozo Espinoza, Gonzalo Molina Sardán Ministro Interino de Desarrollo Económico, Mario Moreno Viruéz, Jaime Eduardo Dunn Castellanos, Maria Cristina Mejía Barragán, Alvaro Muñoz Reyes Navarro, Carlos Antonio Laguna Navarro, Guillermo Ribera Cuellar, Waldo Medrano Vallejo Ministro Interino de Minería y Metalurgia, Naya Ponce Fortún, Pedro Ticona Cruz.
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PublicadorDeveNet.net

Enlaces con otros documentos

Véase también

[BO-DS-27230] Bolivia: Adecuaciones y complementaciones a la estructura del Poder Ejecutivo, DS Nº 27230, 31 de octubre de 2003
ADECUACIONES Y COMPLEMENTACIONES A LA ESTRUCTURA DEL PODER EJECUTIVO.
[BO-DS-27327] Bolivia: Decreto Supremo Nº 27327, 31 de enero de 2004
Marco de austeridad racionalizando el gasto de las entidades públicas, exceptuando los Gobiernos Municipales y Universidades.

Referencias a esta norma

[BO-DS-N3268] Bolivia: Decreto Supremo Nº 3268, 2 de agosto de 2017
02 DE AGOSTO DE 2017.- Reconoce los trabajos análogos realizados en tres (3) áreas de la Empresa Minera Huanuni, como insalubres.

Derogada por

[BO-DS-28938] Bolivia: Decreto Supremo Nº 28938, 22 de noviembre de 2006
Créase el Servicio Nacional de Desarrollo Productivo, cuya sigla es SENADEPRO, como entidad desconcentrada, dependiente del Ministerio de Producción y Microempresa.

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