Bolivia: Decreto Supremo Nº 26917, 14 de enero de 2003

CARLOS D. MESA GISBERT
PRESIDENTE INTERINO DE LA REPUBLICA

CONSIDERANDO:

  • Que mediante Decreto Supremo Nº 24914 de 5 de diciembre de 1997 y sus modificaciones posteriores, fue aprobado el Reglamento sobre el Régimen de Precios de los Productos del Petróleo
  • Que la Ley Nº 2152 de 23 de noviembre de 2000, establece las alícuotas del Impuesto Especial a los Hidrocarburos y sus Derivados - IEHD para el diesel oil Importado equivalente a Bs/Litro 0.70, que podrá ser modificado mediante Decreto Supremo en un margen máximo de 0.68 bolivianos, tanto hacia arriba como hacia abajo.
  • Que en los últimos días, los precios internacionales del diesel oil se han incrementado considerablemente.
  • Que mediante Decreto Supremo Nº 26783 de 7 de septiembre de 2002, se fijó en 0.46 Bs/Litro la tasa específica del Impuesto Especial a los Hidrocarburos y sus Derivados - IEHD para el Diesel Oíl Importado.
  • Que es necesario establecer un mecanismo de ajuste automático del IEHD para el Diesel Oíl Importado, que permita incrementar o disminuir automáticamente su valor en función a variables relacionadas.

EN CONSEJO DE MINISTROS,

DECRETA:

Artículo 1°.- (Objeto) El presente Decreto Supremo tiene por objeto introducir un mecanismo de fijación de la tasa específica del Impuesto Especial a los Hidrocarburos y sus Derivados - IEHD, para el Diesel Oíl importado.

Artículo 2°.- (Mecanismo de fijacion de la tasa del IEHD) Se introduce el siguiente mecanismo de fijación de la tasa específica del Impuesto Especial a los Hidrocarburos y sus Derivados - IEHD para el Diesel Oíl importado:
IEHD_1=IEHD_0+\frac{(PP_0-PP_1)}{158.98}\cdot{TC}
Donde:

IEHD1Factor de conversión de barriles a litros.
IEHD0Tipo de cambio del día anterior al que se detectó la variación.
PP0Precio Platts del día en que se detectó la variación de +/- 7 con relación al precio efectivo.
PP1Precio efectivo correspondiente al día de la ultima variación del IEHD.
TCTasa de IEHD vigente.
158.98Nueva tasa del IEHD del Diesel Oíl Importado.

Los Precios PP0 y PP1 se refieren al promedio del máximo y el mínimo de los precios del LSN 2 registrado en los Precios Efectivos Golf Coast publicados en el Platt's Oilgram Price Report .
La tasa del IEHD deberá variar toda vez que la diferencia entre el precio del diesel oil publicado diariamente por el Platt's supere en +/- 7% al Precio Platt's del día de la ultima variación (PP0).
Para el primer cálculo, se tomará el valor de 32.25 $us/Bbl para el (PP0).

Artículo 3°.- (Calculo de ajuste de la tasa del IEHD) La Superintendencia de Hidrocarburos queda encargada de realizar el cálculo para el ajuste de las tasas del Impuesto Especial a los Hidrocarburos - IEHD para el diesel oil importado.

Artículo 4°.- (Autorizacion) Se autoriza a Yacimientos Petrolíferos Bolivianos - YPFB, realizar la importación de diesel oil en los volúmenes que considere necesarios.

Artículo 5°.- (Vigencia de normas) Se abroga el Decreto Supremo Nº 26783 de 7 de septiembre de 2002.


Los Señores Ministros de Estado en los Despachos de Hacienda y Responsable de Hidrocarburos y Energía, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los catorce días del mes de enero del año dos mil tres.
Fdo. CARLOS D. MESA GISBERT PRESIDENTE INTERINO DE LA REPUBLICA, Victor Rico Frontaura Ministro Interino de RR. EE. y Culto, Carlos Sánchez Berzain, Alberto Gasser Vargas, Freddy Teodovich Ortíz, Gina Luz Méndez Hurtado, José G. Justiniano Sandoval, Javier Comboni Salinas, Oscar Farfán Mealla, Arturo Liebers Baldivieso, Juan Carlos Virreira Méndez , Carlos Morales Landivar, Isaac Maidana Quisbert, Javier Torres Goitia Caballero, Jaime Navarro Tardio, Fernando Illanes de la Riva, Hernán Paredes Muñoz, Javier Suárez Ramírez, Silvia Amparo Velarde Olmos.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Decreto Supremo Nº 26917, 14 de enero de 2003
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoDS
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioMecanismo de fijación de la tasa específica del IEHD para el Diesel Oíl importado.
KeywordsGaceta 2456, 2003-01-14, Decreto Supremo, enero/2003
Origenhttp://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/24472
Referencias2003.lexml
CreadorFdo. CARLOS D. MESA GISBERT PRESIDENTE INTERINO DE LA REPUBLICA, Victor Rico Frontaura Ministro Interino de RR. EE. y Culto, Carlos Sánchez Berzain, Alberto Gasser Vargas, Freddy Teodovich Ortíz, Gina Luz Méndez Hurtado, José G. Justiniano Sandoval, Javier Comboni Salinas, Oscar Farfán Mealla, Arturo Liebers Baldivieso, Juan Carlos Virreira Méndez , Carlos Morales Landivar, Isaac Maidana Quisbert, Javier Torres Goitia Caballero, Jaime Navarro Tardio, Fernando Illanes de la Riva, Hernán Paredes Muñoz, Javier Suárez Ramírez, Silvia Amparo Velarde Olmos.
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Enlaces con otros documentos

Abroga a

[BO-DS-26783] Bolivia: Decreto Supremo Nº 26783, 7 de septiembre de 2002
Se fija tasa específica del IEHD en 0.46 Bs/Litro para el Diesel Oil importado.

Véase también

[BO-DS-24914] Bolivia: Reglamento Sobre el Régimen de Precios de los Productos del Petróleo, DS Nº 24914, 5 de diciembre de 1997
Ratifícase el Reglamento sobre el Régimen de Precios de los Productos del Petróleo, aprobado mediante el Decreto Supremo 24804 de 4/08/1997, con las complementaciones y actualizaciones contenidas en el texto adjunto, vigente a partir del 6/12/1997.
[BO-L-2152] Bolivia: Ley complementaria y modificatoria a la Ley de Reactivación Económica, 23 de noviembre de 2000
Ley complementaria y modificatoria a la Ley de Reactivación Económica
[BO-DS-26783] Bolivia: Decreto Supremo Nº 26783, 7 de septiembre de 2002
Se fija tasa específica del IEHD en 0.46 Bs/Litro para el Diesel Oil importado.

Referencias a esta norma

[BO-DS-26933] Bolivia: Decreto Supremo Nº 26933, 11 de febrero de 2003
Autorizar la compra e importación de Diesel Oil, mediante procedimiento abreviado a YPFB.
[BO-DS-26946] Bolivia: Decreto Supremo Nº 26946, 28 de febrero de 2003
Establece los mecanismos de compensación para las Empresas Importadoras de Diesel Oíl.
[BO-DS-26972] Bolivia: Decreto Supremo Nº 26972, 25 de marzo de 2003
Establecer modificaciones al mecanismo automático de cálculo para el IEHD del Diesel Oíl importado.
[BO-DS-27440] Bolivia: Decreto Supremo Nº 27440, 7 de abril de 2004
Establecer modificaciones a la metodología de compensación mediante la emisión de Notas de Crédito Fiscal Negociables (NOCRES), en favor de todas aquellas empresas importadoras de Diesel Oil incluida YPFB.
[BO-DS-27696] Bolivia: Decreto Supremo Nº 27696, 23 de agosto de 2004
Modificar la metodología de cálculo del IEHD del Diesel Oil Importado y el Incentivo a la Producción de Diesel Oil - IPD.
[BO-DS-27715] Bolivia: Decreto Supremo Nº 27715, 7 de septiembre de 2004
Metodología de cálculo del IEHD del Diesel Oil Importado y el incentivo a la producción de Diesel Oil - IPD.
[BO-DS-27832] Bolivia: Decreto Supremo Nº 27832, 12 de noviembre de 2004
Se modifica la definición de PP0 establecida en el Artículo Unico del Decreto Supremo N° 27715 de 7 /09/ 2004.
[BO-DS-27964] Bolivia: Decreto Supremo Nº 27964, 4 de enero de 2005
Modificar temporalmente las definiciones del mecanismo de ajuste de tasa del IEHD.
[BO-DS-28000] Bolivia: Decreto Supremo Nº 28000, 3 de febrero de 2005
Se amplía el plazo establecido en el Parágrafo III del Articulo Unico del Decreto Supremo N° 27964 de 4 /01/ 2005 por noventa (90) días adicionales.
[BO-DS-28046] Bolivia: Decreto Supremo Nº 28046, 22 de marzo de 2005
Modificar las definiciones del mecanismo de ajuste de la tasa del Impuesto Especial a los Hidrocarburos y sus Derivados - IEHD, establecido mediante Decreto Supremo N° 26917 de 14 /01/ 2003.
[BO-DS-28059] Bolivia: Decreto Supremo Nº 28059, 1 de abril de 2005
Modificar la formula del mecanismo de ajuste de la tasa del IEHD, establecido en el Decreto Supremo N° 26917 de 14 /01/ 2003 y sus posteriores modificaciones, introduciendo un factor que contemple el costo adicional de importar Diesel Oil proveniente de la Republica Argentina.
[BO-DS-28078] Bolivia: Decreto Supremo Nº 28078, 12 de abril de 2005
Asegurar el abastecimiento de Diesel Oil en la ciudad de Cobija ( Zona Franca).
[BO-DS-28416] Bolivia: Decreto Supremo Nº 28416, 21 de octubre de 2005
Modificar las definiciones del mecanismo de ajuste de la tasa del IEHD, establecido en el Decreto Supremo N° 26917.
[BO-DS-N1905] Bolivia: Decreto Supremo Nº 1905, 26 de febrero de 2014
Modifica la definición de la variable PP1 del Artículo 2 del Decreto Supremo Nº 26917, de 14 de enero de 2003 y sus posteriores modificaciones. Asimismo, modifica el Parágrafo II del Artículo 4 del Decreto Supremo Nº 29814, de 26 de noviembre de 2008.

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