Bolivia: Decreto Supremo Nº 26651, 13 de junio de 2002

PRESIDENTE INTERINO DE LA REPUBLICA

CONSIDERANDO:

  • Que el Magisterio Fiscal Nacional es beneficiado anualmente con el pago de los bonos institucional y prolibro, de acuerdo al convenio suscrito por autoridades del Gobierno, las Confederaciones del Magisterio Fiscal Nacional y la Central Obrera Boliviana en abril de 1992.
  • Que mediante Decreto Supremo Nº 26193 de 24 de mayo de 2001, se incrementó el monto del bono institucional de Bs.695 a Bs.719 para la gestión 2001.
  • Que se acordó incrementar el mencionado bono, en base al porcentaje de inflación registrado por el Instituto Nacional de Estadística - INE al cierre de la gestión 2001.

EN CONSEJO DE MINISTROS,

DECRETA:

Artículo Único.- Se incrementa el monto del bono institucional para el sector activo del Magisterio Fiscal Nacional de Bs.719 a Bs.726 para la gestión 2002.


Los Señores Ministros de Estado en las Carteras de Educación, Cultura y Deportes y Hacienda, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz a los trece días del mes de junio del año dos mil dos.
Fdo. ENRIQUE TORO TEJADA, PRESIDENTE INTERINO DELA REPUBLICA, Alberto Zelada Castedo MINISTRO INTERINO DE RR. EE. Y CULTO, Alberto Leytón Avilés, José Luis Lupo Flores, Oscar Guilarte Luján, Jacques Trigo Loubiere, Carlos Alberto Goitia Caballero , Carlos Kempff Bruno, Ivan Tavel Torres MINISTRO INTERINO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTES, Enrique Paz Argandoña , Mario Galindo Soza MINISTRO INTERINO DE TRABAJO Y MICROEMPRESA, Alan Bojanic Helbingen MINISTRO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y DESARROLLO RURAL, Ramiro Cavero Uriona, Claudio Mansilla Peña , Xavier Nogales Iturri, Hernán Terrazas Ergueta, Tomasa Yarhui Jacome.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Decreto Supremo Nº 26651, 13 de junio de 2002
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoDS
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioBono institucional para el sector activo del Magisterio Fiscal Nacional de Bs. 726 para la gestión 2002.
KeywordsGaceta 2409, 2002-07-02, Decreto Supremo, junio/2002
Origenhttp://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/24206
Referencias2002.lexml
CreadorFdo. ENRIQUE TORO TEJADA, PRESIDENTE INTERINO DELA REPUBLICA, Alberto Zelada Castedo MINISTRO INTERINO DE RR. EE. Y CULTO, Alberto Leytón Avilés, José Luis Lupo Flores, Oscar Guilarte Luján, Jacques Trigo Loubiere, Carlos Alberto Goitia Caballero , Carlos Kempff Bruno, Ivan Tavel Torres MINISTRO INTERINO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTES, Enrique Paz Argandoña , Mario Galindo Soza MINISTRO INTERINO DE TRABAJO Y MICROEMPRESA, Alan Bojanic Helbingen MINISTRO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y DESARROLLO RURAL, Ramiro Cavero Uriona, Claudio Mansilla Peña , Xavier Nogales Iturri, Hernán Terrazas Ergueta, Tomasa Yarhui Jacome.
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

Enlaces con otros documentos

Véase también

[BO-DS-26193] Bolivia: Decreto Supremo Nº 26193, 24 de mayo de 2001
Incrementar el monto del Bono Institucional para el sector activo del Magisterio Fiscal Nacional a Bs.719 para la gestión 2001.

Referencias a esta norma

[BO-DS-27168] Bolivia: Decreto Supremo Nº 27168, 15 de septiembre de 2003
Reajustar el monto del pago del Bono Institucional para el sector activo del Magisterio Fiscal Nacional, gestión 2003 (Bs,744 ).
[BO-DS-28866] Bolivia: Decreto Supremo Nº 28866, 25 de septiembre de 2006
Modificar el mes de pago del Bono Económico al Magisterio Fiscal, estableciéndose el pago de este beneficio a partir de la presente gestión 2006, en el mes /09/ cada año.

Nota importante

Lexivox ofrece esta publicación de normas como una ayuda para facilitar su identificación en la búsqueda conceptual vía WEB.

El presente documento, de ninguna manera puede ser utilizado como una referencia legal, ya que dicha atribución corresponde a la Gaceta Oficial de Bolivia.

Lexivox procura mantener el texto original de la norma; sin embargo, si encuentra modificaciones o alteraciones con respecto al texto original, sírvase comunicarnos para corregirlas y lograr una mayor perfección en nuestras publicaciones.

Toda sugerencia para mejorar el contenido de la norma, en cuanto a fidelidad con el original, etiquetas, metainformación, gráficos o prestaciones del sistema, estamos interesados en conocerla e implementarla.

La progresiva mejora en la calidad de Lexivox, es un asunto de la comunidad. Los resultados, son de uso y beneficio de la comunidad.

LexiVox es un Sistema Web de Información desarrollado utilizando herramientas y aplicaciones de software libre, por Devenet SRL en el Estado Plurinacional de Bolivia.