Bolivia: Decreto Supremo Nº 24784, 31 de julio de 1997

GONZALO SANCHEZ DE LOZADA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

CONSIDERANDO:

  • Que en 18 de octubre de 1996, mediante Ley de la República 1715 se promulgó la Ley del Servicio Nacional de Reforma Agraria;
  • Que es atribución del Poder Ejecutivo expedir los decretos y órdenes pertinentes para el cumplimiento de las leyes;
  • Que es necesario reglamentar la Ley 1715 del Servicio Nacional de Reforma Agraria.

EN CONSEJO DE MINISTROS

DECRETA:

Artículo 1°.- Apruébase el Reglamento de la Ley del Servicio Nacional de Reforma Agraria 1715 de 18 de octubre de 1996, en sus nueve títulos y trescientos setenta y siete artículos cuyo texto, en anexo, forma parte integrante del presente decreto supremo, con vigencia a partir de la fecha de su publicación, aplicable a los procedimientos en curso, salvando resoluciones y actos cumplidos.

Artículo 2°.- Abrógase los decretos supremos 19274 y 19378 de 5 de noviembre de 1982 y 10 de enero de 1983, respectivamente

Artículo 3°.- Derógase y abrógase toda disposición contraria al reglamento de la citada ley, aprobado por el presente decreto supremo.


El señor Ministro de Estado en el Despacho de Desarrollo Sostenible y Medio Ambiente queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente decreto supremo
Es dado en Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los treinta y un días del mes de julio de mil novecientos noventa y siete años.
FDO. GONZALO SANCHEZ DE LOZADA, Antonio Aranibar Quiroga, Victor Hugo Canelas Zannier, Alfonso Erwin Kreidler Guillaux, José Guillermo Justiniano Sandoval, MINISTRO DE LA PRESIDENCIA E INTERINO DE DESARROLLO SOSTENIBLE Y MEDIO AMBIENTE, René Oswaldo Blattman Bauer, Fernando Candia Castillo, Franklin Anaya Vásquez, Alberto Vargas Covarrubias, Mauricio Antezana Villegas, Edgar Saravia Durnick, MINISTRO SUPLENTE SIN CARTERA RESPONSABLE DE CAPITALIZACION, Jaime Villalobos Sanjinés.

Anexo
Decreto Supremo 24784

Reglamento de la Ley del Servicio Nacional de Reforma Agraria

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Decreto Supremo Nº 24784, 31 de julio de 1997
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoDS
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioPUBLICADO EN EDICION ESPECIA Reglamento del Servicio naconal de Reforma Agraria.
KeywordsGaceta 2024, 1997-07-24, Decreto Supremo, julio/1997
Origenhttp://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/16339
Referencias1990b.lexml
CreadorFDO. GONZALO SANCHEZ DE LOZADA, Antonio Aranibar Quiroga, Victor Hugo Canelas Zannier, Alfonso Erwin Kreidler Guillaux, José Guillermo Justiniano Sandoval, MINISTRO DE LA PRESIDENCIA E INTERINO DE DESARROLLO SOSTENIBLE Y MEDIO AMBIENTE, René Oswaldo Blattman Bauer, Fernando Candia Castillo, Franklin Anaya Vásquez, Alberto Vargas Covarrubias, Mauricio Antezana Villegas, Edgar Saravia Durnick, MINISTRO SUPLENTE SIN CARTERA RESPONSABLE DE CAPITALIZACION, Jaime Villalobos Sanjinés.
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PublicadorDeveNet.net

Enlaces con otros documentos

Véase también

[BO-RE-DS24784] Bolivia: Reglamento de la Ley del Servicio Nacional de Reforma Agraria, 31 de julio de 1997
Reglamentol de la ley del servicio nacional de reforma agraria

Referencias a esta norma

[BO-DS-25323] Bolivia: Decreto Supremo Nº 25323, 8 de marzo de 1999
Modifícase los plazos y términos contenidos en el Reglamento de la Ley del Servicio Nacional de Reforma Agraria aprobado mediante Decreto Supremo Nº 24784 de 31 /07/ 1997.

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