Bolivia: Decreto Supremo Nº 24721, 23 de julio de 1997

GONZALO SANCHEZ DE LOZADA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

Considerando:

  • Que en fecha 30 de abril de 1996 se promulgó la Ley de Hidrocarburos Nº 1689
  • Que la citada ley dispone su reglamentación por el Poder Ejecutivo.

EN CONSEJO DE MINISTROS,

DECRETA:

Artículo Único.- Apruébanse los siguientes reglamentos de la Ley de Hidrocarburos Nº 1689 de 30 de abril de 1996, cuyos textos en anexos forman parte del presente Decreto Supremo.
Reglamento para Construcción y Operación de Estaciones de Servicio de Gas Natural Comprimido (GNC), que consta de 15 capítulos, 70 artículos y 10 anexos.
Reglamento para Construcción y Operación de Plantas de Engarrafado de Gas Licuado de Petróleo (GLP). que consta de 15 capítulos, 73 artículos y 14 anexos.
Reglamento para Construcción y Operación de Plantas de Almacenaje de Combustibles Líquidos, que consta de 15 capítulos y 71 artículos.
Reglamento para Construcción y Operación de Plantas de Distribución de Gas Licuado de Petróleo (GLP) en Garrafas, que consta de 16 capítulos, 81 artículos y 8 anexos.
Reglamento para Construcción y Operación de Estaciones de Servicio de Combustibles Líquidos, que consta de 17 capítulos, 76 artículos y 14 anexos.
Reglamento para el Diserto. Construcción. Operación y Abandono de Duelos, que consta de 10 títulos y 70 artículos.


Los Señores Ministros de Estado en los Despachos de Hacienda y sin Cartera Responsable de Desarrollo Económico, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz a los veintitrés días del mes de julio de mil novecientos noventa y siete años.
FDO. GONZALO SANCHEZ DE LOZADA. Antonio Aranibar Quiroga. Victor Hugo Canelas Zannier. Alfonso Erwin Kreidler Guillaux. José Guillermo Justiniano Sandoval, MINISTRO DE LA PRESIDENCIA E INTERINO DE DESARROLLO SOSTENIBLE Y MEDIO AMBIENTE. René Oswaldo Blattmann Bauer, Fernando Candia Castillo, Franklin Anaya Vásquez, Alberto Vargas Covarrubias. Mauricio Antezana Villegas, Alfonso Revollo Thenier, Jaime Villalobos Sanjinés.

Anexo
Al Decreto Supremo Nº 24721

Reglamento para construcción y operación de plantas de engarrafado de Gas Licuado de Petroleo (GLP)

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Decreto Supremo Nº 24721, 23 de julio de 1997
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoDS
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioApruébanse los siguienetes reglamentos de la Ley de Hidrocarburos N° 1689 de 30 de abril de 1996, cuyos textos en anexos forman parte del presente Decreto Supremo.
KeywordsDecreto Supremo, julio/1997
Origenhttp://www.lexivox.org/norms/BO-DS-24721.html
Referencias15257-29635.lexml
CreadorFDO. GONZALO SANCHEZ DE LOZADA. Antonio Aranibar Quiroga. Victor Hugo Canelas Zannier. Alfonso Erwin Kreidler Guillaux. José Guillermo Justiniano Sandoval, MINISTRO DE LA PRESIDENCIA E INTERINO DE DESARROLLO SOSTENIBLE Y MEDIO AMBIENTE. René Oswaldo Blattmann Bauer, Fernando Candia Castillo, Franklin Anaya Vásquez, Alberto Vargas Covarrubias. Mauricio Antezana Villegas, Alfonso Revollo Thenier, Jaime Villalobos Sanjinés.
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Enlaces con otros documentos

Abrogada por

[BO-DS-25048] Bolivia: Decreto Supremo Nº 25048, 22 de mayo de 1998
Abrógase el contenido y alcances del decreto supremo 24721 de 23 /07/ 1,997 (Reglamento para Construcción y Operación de Plantas de Almacenaje de Combustibles Líquidos).

Véase también

[BO-RE-DS24721A] Bolivia: Reglamento para Construcción y Operación de Plantas de Engarrafado de Gas Licuado de Petróleo (GLP), 23 de julio de 1997
Reglamento para Construcción y Operación de Plantas de Engarrafado de Gas Licuado de Petróleo (GLP)

Referencias a esta norma

[BO-DS-25048] Bolivia: Decreto Supremo Nº 25048, 22 de mayo de 1998
Abrógase el contenido y alcances del decreto supremo 24721 de 23 /07/ 1,997 (Reglamento para Construcción y Operación de Plantas de Almacenaje de Combustibles Líquidos).
[BO-DS-25178] Bolivia: Decreto Supremo Nº 25178, 28 de septiembre de 1998
Modificase el artículo 57 del Reglamento para Construcción y Operación de Plantas de Engarrafado de Gas Licuado de Petróleo (GLP) aprobado mediante decreto supremo 24721 de 23/07/1997.
[BO-DS-25487] Bolivia: Decreto Supremo Nº 25487, 13 de agosto de 1999
Autorízase a la Superintendencia de Hidrocarburos a exceptuar requisitos de superficie mínima exigido en el artículo 12 del Reglamento para la Construcción y Operación de Estaciones de Servicio de Combustibles Líquidos, aprobado mediante Decreto Supremo 24721 de 23 /07/ 1997.
[BO-DS-25486] Bolivia: Decreto Supremo Nº 25486, 13 de agosto de 1999
Sustitúyese el artículo 57 del Reglamento para Construcción y Operación de Plantas de Engarrafado de Gas Licuado de Petróleo (GLP), aprobado mediante Decreto Supremo 24721 de 23 /07/ 1997.
[BO-DS-25640] Bolivia: Decreto Supremo Nº 25640, 7 de enero de 2000
Reemplazase el artículo Nº 70 del Reglamento para la Construcción y Operación de Plantas de almacenaje de Carburantes Líquidos
[BO-DS-25639] Bolivia: Decreto Supremo Nº 25639, 7 de enero de 2000
Autorízase a la Superintendencia de Hidrocarburos, otorgar Concesiones Administrativas necesarias para el transporte de hidrocarburos por poliductos.
[BO-DS-25636] Bolivia: Decreto Supremo Nº 25636, 7 de enero de 2000
Reemplazase el artículo Nº 73 del Reglamento para la Construcción y Operación de Plantas de Engarrafado de Gas Licuado de Petróleo (GLP).
[BO-DS-25883] Bolivia: Decreto Supremo Nº 25883, 25 de agosto de 2000
Abrógase el decreto supremo 25639 de 7 de enero de 2000.
[BO-DS-26477] Bolivia: Decreto Supremo Nº 26477, 28 de diciembre de 2001
Se modifica el "Reglamento para la Construcción y Operación de Plantas de Engarrafado de Gas Licuado de Petróleo" aprobado por el Decreto Supremo N° 24721 en fecha 23 /07/ 1997.
[BO-DS-26741] Bolivia: Decreto Supremo Nº 26741, 4 de agosto de 2002
Modificase el Reglamento para Construcción y Operación de Plantas de Distribución de Gas Licuado de Petróleo (GLP) en garrafas.
[BO-DS-26821] Bolivia: Decreto Supremo Nº 26821, 25 de octubre de 2002
Modificar el Reglamento para Construcción y Operación de Estaciones de Servicio de Combustibles Líquidos.
[BO-DS-27835] Bolivia: Decreto Supremo Nº 27835, 12 de noviembre de 2004
Se modifica el Anexo 1 del Reglamento para Construcción y Operación de Plantas de Distribución de Gas Licuado de Petróleo - GLP en garrafas.
[BO-DS-28118] Bolivia: Decreto Supremo Nº 28118, 16 de mayo de 2005
Establecer mecanismos de control social e institucional sobre la venta de Diesel Oil en el País.
[BO-DS-28380] Bolivia: Decreto Supremo Nº 28380, 5 de octubre de 2005
Establecer mecanismos que impidan el uso del Gas Licuado de Petróleo - GLP como combustible en vehículos, así como, su transporte y comercialización indebida en garrafas.
[BO-DS-28511] Bolivia: Decreto Supremo Nº 28511, 16 de diciembre de 2005
Modificar el Artículo 8 del Decreto Supremo Nº 28118 de 16 /05/ 2005 y complementar la regulación a la venta de diesel oil y/o gasolina especial a personas naturales individuales y colectivas.
[BO-DS-28865] Bolivia: Decreto Supremo Nº 28865, 20 de septiembre de 2006
Regular y controlar la distribución, transporte y comercialización de diesel oil y gasolinas, en localidades y zonas fronterizas del país.
[BO-DS-29066] Bolivia: Decreto Supremo Nº 29066, 21 de marzo de 2007
Establece un plazo adicional para el proceso de recalificación de garrafas, así como establecer la causa de revocatoria de la autorización para la recalificación de garrafas.
[BO-RM-125-2018] Bolivia: Resolución Ministerial de 7 de noviembre de 2018
07 DE NOVIEMBRE DE 2018.- La presente Resolución Ministerial tiene por objeto reglamentar los aspectos legales, técnicos y de seguridad para la comercialización de Combustibles Líquidos con mezcla de Aditivos de Origen Vegetal en las Estaciones de Servicio, bajo el marco de lo establecido en la Disposición Transitoria Primera de la Ley Nº 1098, de 15 de septiembre del 2018.
[BO-RE-RM-129-2018] Bolivia: Reglamento para el transporte por cisternas y almacenaje de aditivos de origen vegetal, y gasolinas base, 21 de noviembre de 2018
21 DE NOVIEMBRE DE 2018.- Reglamento para el transporte por cisternas y almacenaje de Aditivos de Origen Vegetal y gasolinas base
[BO-RM-60-2019] Bolivia: Resolución Ministerial Nº 60-2019, 12 de junio de 2019
Complementar la Resolución Ministerial Nª 160-12 de fecha 20 de junio de 2012, modificada por la Resolución Ministerial N° 068-13 de 15 de marzo de 2013.

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