CONSIDERANDO:
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
Artículo 1°.- Dispónese la vigencia administrativa del TRATADO DE LIBRE COMERCIO suscrito en la ciudad de Río de Janeiro, el 10 de septiembre de 1994, por los excelentísimos señores presidentes de la República de Bolivia y de los Estados Unidos Mexicanos, depositado y registrado en la Secretaría General de la Asociación Latinoamericana de Integración ALADI, institución que lo publicó oficialmente con el número ACE 31 en 10 de septiembre de 1994, acuerdo que forma parte del presente decreto supremo como anexo.
Artículo 2°.- Los compromisos contenidos en los veintiún capítulos del tratado y las concesiones arancelarias consignadas en su anexo 1, que contiene la lista de Bolivia para el programa de desgravación, regirán a partir del 1 de enero de 1995.
Los productos incluidos en el anexo 1 del tratado, se beneficiarán de la reducción del gravamen aduanero consolidado (GAC) de conformidad con el programa de desgravación establecido en el capítulo III, artículo 3-03 y el anexo al artículo 3-03 del tratado, siempre y cuando cumplan con las normas de origen consignadas en los capítulos V y VI y otras disposiciones del tratado.
Artículo 3°.- Se abroga los decretos supremos Nº 21038 de 1 de agosto de 1985 y Nº 23312 de 22 de octubre de 1992.
Artículo 4°.- No se aplicará, para el programa de desgravación contenido en el artículo 3-03 y en el anexo a este artículo del tratado, lo dispuesto en el artículo único del Decreto Supremo Nº 14582 de 16 de mayo de 1977 y la consiguiente disposición de la resolución ministerial 639/77 de 15 de julio de 1977, así como toda otra disposición legal contraria a este decreto supremo.
Norma | Bolivia: Decreto Supremo Nº 23933, 23 de diciembre de 1994 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | DS |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Dispónese la vigencia administrativa del TRATADO DE LIBRE COMERCIO suscrito en la ciudad de Río de Janeiro, el 10 /09/ 1994. | ||||
Keywords | Gaceta 1867, 1995-01-23, Decreto Supremo, diciembre/1994 | ||||
Origen | http://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/17807 | ||||
Referencias | 1990b.lexml | ||||
Creador | Fdo. GONZALO SANCHEZ DE LOZADA, Antonio Araníbar Quiroga, Carlos Sánchez Berzain MIN. INTERINO DE GOBIERNO, Raúl Tovar Piérola, Carlos A. Miranda Gumucio MIN. SUPLENTE DE JUSTICIA, Gaby Candia de Mercado MIN. SUPLENTE DE HACIENDA, Alberto Bailey Gutiérrez, MIN. SUPLENTE DE DESARROLLO HUMANO, Carlos Hugo Molina MIN. SUPLENTE DE DESARROLLO SOSTENIBLE Y MEDIO AMBIENTE, Reynaldo Peters Arzabe, Ernesto Machicao Argiró, Alfonso Revollo Thenier, Jaime Villalobos Sanjinés. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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