Bolivia: Decreto Supremo Nº 23305, 19 de octubre de 1992

JAIME PAZ ZAMORA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

  • Que la Ley Nº 1178 de 20 de julio de 1990 (ley SAFCO) ha modificado radicalmente los conceptos de responsabilidad sobre la administración de los recursos en cada institución;
  • Que las direcciones de presupuesto de la administración central y descentralizada del Ministerio de Finanzas certifica la existencia de apropiaciones presupuestarias para pasajes, viáticos y gastos de representación de viajes oficiales de funcionarios estatales al exterior, de conformidad con el artículo 53 del Decreto Supremo Nº 21364 de 13 de agosto de 1986;
  • Que ambas direcciones no tienen participación en la ejecución de los presupuestos institucionales, en aplicación a la ley SAFCO.

EN CONSEJO DE MINISTROS,

DECRETA:

Artículo Único.- Se Modifica el artículo 53 del Decreto Supremo Nº 21364 de 13 de agosto de 1986 en lo correspondiente a la certificación (informe) del Ministerio de Finanzas, sobre la existencia de recursos suficientes en la partida de gastos, para pago de pasajes y viáticos, debiendo ser responsabilidad de cada institución, a partir de la fecha, gestionar el pago de pasajes y viáticos con base en la existencia de disponibilidad de créditos en las partidas correspondientes, según certificado emitido por su director o funcionario administrativo equivalente, visado por el director administrativo del ministerio cabeza de sector.


Los señores Ministros de Estado quedan encargados en sus respectivos despachos de la ejecución y cumplimiento del presente decreto supremo.
Es dado en el Palacio de gobierno de la ciudad de La Paz, a los diecinueve días del mes de octubre de mil novecientos noventa y dos años.
Fdo. JAIME PAZ ZAMORA, Ronald MacLean Abaroa, Carlos A. Saavedra Bruno, Gustavo Fernández Saavedra, Alberto Saenz Klinsky, Jorge Landívar Roca, Samuel Doria Medina Auza, Jorge Quiroga Ramirez, Hedim Céspedes Cossio, Carlos Aponte Pinto, Fernando Campero Prudencio, Oscar Zamora Medinacelli, Carlos Dabduob Arrien, Alvaro Rejas Villarroel, Oswaldo Antezana Vaca Diez, Herbert Muller Costas, Fernando Kieffer Guzmán, Jaime Céspedes Toro.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Decreto Supremo Nº 23305, 19 de octubre de 1992
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoDS
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioSe modifica el artículo 53 del decreto supremo 21364 de 13 de agosto de 1,986.
KeywordsGaceta 1758, 1992-11-06, Decreto Supremo, octubre/1992
Origenhttp://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/10466
Referencias1990a.lexml
CreadorFdo. JAIME PAZ ZAMORA, Ronald MacLean Abaroa, Carlos A. Saavedra Bruno, Gustavo Fernández Saavedra, Alberto Saenz Klinsky, Jorge Landívar Roca, Samuel Doria Medina Auza, Jorge Quiroga Ramirez, Hedim Céspedes Cossio, Carlos Aponte Pinto, Fernando Campero Prudencio, Oscar Zamora Medinacelli, Carlos Dabduob Arrien, Alvaro Rejas Villarroel, Oswaldo Antezana Vaca Diez, Herbert Muller Costas, Fernando Kieffer Guzmán, Jaime Céspedes Toro.
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Enlaces con otros documentos

Véase también

[BO-DS-21364] Bolivia: Reglamento de la Ley Financial, DS Nº 21364, 20 de agosto de 1986
Reglamento de la Ley Financial
[BO-L-1178] Bolivia: Ley de Administración y Control Gubernamentales (SAFCO), 20 de julio de 1990
Ley de Administración y Control Gubernamentales (SAFCO)

Referencias a esta norma

[BO-DS-24035] Bolivia: Decreto Supremo Nº 24035, 20 de junio de 1995
Los viajes oficiales al exterior de los Ministros de Estado serán autorizados mediante Resolución Suprema.
[BO-DS-25488] Bolivia: Decreto Supremo Nº 25488, 13 de agosto de 1999
Se deroga el inciso b) del artículo 3 del Decreto Supremo 19380, reducción del pago de viáticos del 70%.
[BO-DS-26801] Bolivia: Decreto Supremo Nº 26801, 27 de septiembre de 2002
Modificar parcialmente la reglamentación para viajes al exterior, por parte de servidores públicos.

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